domingo, 4 de octubre de 2009

* Las Visitas Pastorales en el Arzobispado de Sevilla.





.-I. Introducción.




La visita es un deber ligado al ministerio pastoral del obispo por medio del cual, haciendo efectiva su presencia, inspecciona y gobierna en las parroquias de su jurisdicción. Puede y suele delegar en un ministro o Visitador eclesiástico, comisionado que estará obligado a una oficiosa solicitud, prudencia y vigilante celo en el cumplimiento de su misión, encaminada a"desarraigar vicios, plantar y enseñar sana y cathólica doctrina, defender, fomentar y aiudar la virtud para que cresca más y más, para onra y gloria del Señor, bien y aprovechamiento de las almas, obrando en todo con mucha prudenzia y vigilante celo..."[1]. Además, como indica Trento, habrá de ir “con el menor gasto y aparato que fuere posible”, aunque el boato será algo inherente a la Visita Pastoral desde el mismo momento de su publicación que se hará con repique de campanas, edictos y convocatoria pública. Con todo ello, la Iglesia deja sentir su presencia orgánica, los visitadores informaran a la cabeza rectora, como si de sus ojos y lengua propios se tratase, de todo lo que pueda afectar al cumplimiento de “la Ley Divina”. El Concilio de Trento reconoce la necesidad de realizar con frecuencia estas inspecciones y la visita pastoral, se restablece con fuerza para terminar con el estado de abandono y el clima de crisis, ignorancia y corrupción que la envolvía; en España habría de realizarse cada cuatro años[2] y solo el año de la toma de posesión de la silla episcopal, sería obligatoriamente realizada por el obispo, quien a partir de entonces podrá delegar en la figura del Visitador eclesiástico. Trento establece otra obligación, a partir de ahora los obispos tendrán obligación de residir en su sede episcopal y gobernar personalmente los asuntos de su diócesis, que en ocasiones hubieron de ser resueltos por el vicario capitular; con ello, la documentación generada al hilo de este personal-gobierno-pastoral-episcopal quedará desde este momento retenida en el archivo de la casa del prelado, en el Archivo Arzobispal.




.-II. La Visita: visitador, ceremonial, objetivos y metodología.




Pasado Trento, la práctica de la visita quedó regulada en las Constituciones Sinodales de 1604 aunque posteriormente aparecerán nuevas disposiciones[3]. Además de las Sinodales y el Concilio de Trento[4], el visitador habría de llevar el título o despacho; título de notario y de contador; itinerarios de visita; edicto de pecados públicos; los mandatos de la visita anterior; los títulos de nombramientos; un libro de actas de todas las actuaciones y declaraciones. Y sobre todo, se esmeraría en poner “especial cuidado en la guarda y custodia de los papeles...” para que “con más eficacia y estimazión se cumpla con el empleo”.

El ceremonial de la visita comienza convocando al pueblo y clérigos, se predica y explica la finalidad de la visita, procurando captar atención y colaboración. El edicto monitorio general suele requerir que los eclesiásticos, en sus sacrificios, oraciones y ejercicios espirituales, pidan a Dios el acierto en tan magno negocio[5]. Para dar solemnidad la visita se publica con repique de campanas; el visitador es recibido a las puertas de la iglesia con la mayor solemnidad, entonando cantos y responsorios; el párroco le entrega el aspersorio del agua bendita y se adora la cruz, preparada previamente en el altar, que guiará la procesión hasta el presbiterio, con el vicario bajo palio acompañado por las antífonas, sacerdox y pontifex que entona el clero; seguidamente ocupa la presidencia en el presbiterio y, desde el púlpito, se lee el edicto de visita y comienza misa solemne. El ceremonial nos habla de los objetivos: se anuncia, se informa, se intenta captar atención y colaboración, seguidamente se procede con la inspección material y espiritual. Se visita el templo, y tras la lectura del edicto de pecados públicos,se hace la procesión de ánimas; se administran los sacramentos, y se interrogaba de forma pública y privada, tomandose declaración jurada a algunos sujetos que actúan como testigos y que habrían de responder a cuestionarios mediante los que se investigaba la vida de clérigos y laicos, moralidad y cumplimiento de deberes. Claramente vemos diferenciarse dos partes dentro de la Visita,[6]la"Visitatio rerum" y la"Visitatio Hominum", la primera se ocupa de la iglesia y sus dependencias, edificio, decoración, muebles, archivo[7], osario, baptisterio, economía, fundaciones y obras pías, conventos, hospitales, hospicios. La segunda, incide sobre las conductas humanas. Se inspecciona la economía parroquial y se toman cuentas de hermandades, fundaciones y obras pías. Y, además de la parroquial, se visitan las demás iglesias, ermitas, conventos, hospitales, hospicios, colegios, universidades. Tras la inspección el visitador debía aconsejar, corregir o castigar las transgresiones a la ley de Dios y a la moral coleciva por medio de los "mandatos", instrumentos de control y dirección de la diócesis para mejorar la vida parroquial y la atención pastoral a los fieles; para ellos en ocasiones serán necesarias la instrucción y reforma del clero. Todo se examina y nada escapa a los ojos e inteligencia del prelado y del visitador que obtendrán un conocimiento directo, material y espiritual de la diócesis.



.-III. La Documentación.




De todo queda constancia en los Libros y Resultas de Visitas Pastorales, que son fuentes para estudios de toda índole, aunque están condicionados por el carácter y la subjetividad del visitador, a pesar de la siempre recomendada objetividad de las instrucciones[8]. Cierta "indiscrección"reseña nombres, apellidos, apodos y características físicas que identifican a los sujetos en cuestión[9], y generalmente no suele encontrarse en un libro toda la documentación generada con motivo de la Visita, además, ciertos casos llegan al obispo por la via reservada del pliego secreto.

La documentación del Archivo General del Arzobispado relativa a Visitas Pastorales va del siglo XVI al XIX, la serie está constituída por algunos legajos que contienen autos y expedientes de visitas, incorporados durante mis gestiones como archivera en la Casa y 79 Libros de Visitas Pastorales encuadernados en pergamino que esencialmente incluyen informes, resultas de visitas, escrutinio de eclesiásticos y mandatos en papel verjurado, a veces muy afectado por la acidez de las tintas y por la humedad; y en otras ocasiones la conservación del papel es perfecta.

Los Libros incluyen todas las parroquias de la antígua archidiócesis hispalense, documentación que evidentemente no ha sido transferida con la creación de nuevos obispados, ya que las distintas visitas se encuentran juntas encuadernadas en pergamino. La letra empleada en estos documentos es la humanística o itálica, más o menos redonda o cursiva, cuidada y clara en las cartas informes dirigidos a su eminencia, por la solemnidad de los despachos entre un ministro eclesiástico, el Visitador, y el Arzobispo[10]. La serie quedó inventariada e indizada por la que suscribe y hoy el Archivo dispone de un completo fichero. Para no extendernos más nos remitiremos al citado Congreso de Salamanca.


IV.-La Parroquia. Visitatio Hominum.

Los Libros de Visitas informan sobre jurisdicción, señorío, cosechas y propietarios. Se pasa revista a las autoridades, gente relevante y pueblo llano, examinándose conductas y cumplimiento de preceptos[11]. Mención especial merecen los escándalos y pecados públicos, donde se reflejan vivencias, conductas, vicios y faltas de la comunidad, aunque los asuntos escabrosos y comprometidos se traten con el prelado por vía secreta. El visitador interroga al clero sobre observancia de mandamientos, sacramentos, santificación de fiestas y moralidad de la comunidad donde ofrecen especial cuidado las mujeres escandalosas, usureros y gitanos. El ministro visita tambien las cárceles velando por el remedio de injusticias y abusos; y tambien cuidará, para que no se ofenda al Creador, que no se hagan concursos de cruces y santos, y se prohíba la fiesta del toro que se suele hacer por San Marcos[12].




Las Visitas nos hablan del nivel moral y cultural del clero parroquial, encargado de dar ejemplo a la comunidad, hay que asegurarse de sus aptitudes y actitudes, extender bien el brazo de la disciplina y de la sumisión al prelado y a los cánones de Trento; y se han de combatir las posiciones acomodaticias que buscan las ventajas económicas de que goza la condición eclasiástica; sobre este particular nos habla la visión de un muy numeroso clero frente a la escasez de sacerdotes con cura animarum. El tipo modelo, el ideal De Vita et Honestitate Clericorum quedará definido en las Constituciones sinodales de 1604, la práctica nos la comunican los visitadores que adjetivan y opinan sobre el comportamiento de los clérigos en sus informes. En este sentido las declaraciones de los testigos son fundamentales, sumando a todos los requisitos exigidos, el peso de la opinión pública, garante de un buen o un mal quehacer del clero parroquial.




IV.- La Parroquia. Visitatio Rerum.




Se visita la iglesia y sus dependencias. Los Libros de Visitas controlan y aparecen como verdaderos inventarios del patrimonio mueble e inmueble, y sus mandatos contienen reformas orientadas a mejorar el aspecto, para que infunda respeto y devoción; la seguridad y la funcionalidad. Tambien está prevista la inspección de registros sacramentales y archivo, es en este punto donde podemos decir que aparecen las primeras normativas archivísticas sobre ordenación, conservación, custodia de los fondos y su ubicación en lugar seguro a salvo de los roedores y la humedad[13]. Tambien encontraremos referencias al personal de la parroquia: organistas, sacristanes, sochantres y mayordomos. Se inspeccionan las cuentas de fábrica, expresando renta y obligaciones. Se inspeccionan tambien ermitas, conventos, hospicios y hospitales, indicándose advocación, ubicación, materiales, planta, puertas, altares, breves descripciones de imágenes, noticias sobre su renta, ermitaño y administrador, estado de conservación, a cargo de quien están. Si se trata de hospitales, si su función es sanitaria, hospitalaria, o ambas a la vez.

Sobre Beneficencia, fundaciones y devoción, podemos remitirnos de nuevo al citado trabajo expuesto en el Congreso de Salamanca y al II Congreso de Historia de Estepa, celebrado allí en Marzo de 1996. La beneficencia y la religión son inseparables[14]; la Iglesia, sus instituciones y la caridad de los fieles atienden con frecuencia los graves problemas que las autoridades civiles no solucionan, esto se hará bien en forma de limosna, bien por medio de instituciones sujetas a reglas y dotadas de ingresos. Existe otra fórmula, la limosna obligatoria del clero, todo lo que excediera de un decoroso sustento del alto clero, obispo y cargas propias de su función, pertenecía de derecho a los pobres. Junto a esto desempeñan una labor fundamental las limosnas de monasterios, conventos, cofradías y otras instituciones de caridad.


Las Resultas de Visitas tambien informan sobre las capellanías y memorias fundadas en la Villa[15], sobre sus rentas, colecturía de testamentos y abintestatos; sobre sus fundadores, capellanes y la gestión de sus administradores. Las Hermandades serán otra manifestación más de la devoción popular; las instrucciones recomiendan comprobar si tienen reglas las cofradías, y en caso contrario deberá asignárseles un plazo de presentación ante el provisor del arzobispado. Se informa quien es el hermano mayor, rentas y limosnas anuales, cómo se distribuyen, número de misas... En cuanto a toma de cuentas, no se admitirán por descargo los gastos supérfluos, ni los pagos por corridas de toros, ni por representación de comedias. Podremos entrever las devociones que predominan según las distintas zonas, cómo es el culto y la participación de los hermanos y de los fieles en general.

El Arzobispo hispalense en el territorio exento de la Vicaría General de Estepa.-

Pero las funciones pastorales del arzobispo hispalense no se circunscriben a los límites de la Archidiócesis hispalense, es juez delegado junto con el obispo de Córdoba y el de Granada en Visitas Pastorales o Apostólicas al territorio exento de la Vicaría General de Estepa.

.-la visita en la Vicaría General de Estepa: Visitas de los maestres de la Orden de Santiago/ Visita Pastoral/Visita Económica.

La Vicaría General de Estepa es un territorio exento de la jurisdicción de cualquier prelado vecino, incluso del arzobispo hispalense, pero tambien aquí tiene éste sus funciones. Los papas siempre favorecieron a las órdenes militares honrándolas con privilegios que premiaban la defensa y protección de la fe cristiana, la defensa del trono y la lucha contra el infiel; y los monarcas, por su parte, las enriquecen premiándolas con tierras que, a petición de los mismos reyes, Roma exime de la jurisdicción ordinaria. Así, en los territorios de las órdenes militares, la jurisdicción eclesiástica estará encarnada por priostes o vicarios revestidos de dignidad episcopal, sometidos en lo civil a los maestres y en lo eclesiástico dependientes de Roma directamente. La Vicaría de Estepa y anejos “vere nullius”participarán de esta condición hasta que en 1851 cesan las jurisdicciones privilegiadas exentas y surge una nueva demarcación que suma los territorios que habían pertenecido a las órdenes militares, a las diócesis inmediatas a ellos, Estepa quedará incluida dentro de los límites de la jurisdicción de la archidiócesis hispalense y el prelado podrá ejercer tambien en este territorio sus facultades ordinarias y extraordinarias como en los demás lugares incluidos en sus dominios apostólicos.

.-funciones del arzobispo de Sevilla
.-comisión de la visita a un ministro visitador.-funciones del visitador en la Vicaría
[1] Archivo General del Arzobispado de Sevilla (AGAS), Visitas 2923. "Instrucciones a los Visitadores deste Arzobispado".
[2] El Sínodo diocesano del Arzobispado de Toledo de 1804, recomendará la visita " una vez cada año, y todas las demás que fuere necesario...".
[3] "Instrucción para los Visitadores del Arzobispado", 1705.
[4] .-AGAS, Visitas 2923. "Instrucciones a los Visitadores deste Arzobispado".-pg.563 de "La Visita Pastoral"dentro de la"Sevilla de las Luces" por Manuel Martín Riego, en el volumen Historia de la Iglesia de Sevilla.
[5] Calderón Berrocal, Mªdel Carmen.”La Visita Pastoral en el territorio vere nullius de la Vicaría General de Estepa”.II Jornadas Historia de Estepa.
[6] Cárcel Ortiz, Mª Milagros."las Visitas Pastorales",en el Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura.
[7] En las disposiciones sobre visita a los registros sacramentales y al archivo aparecen las primeras normativas sobre su clasificación, ordenación, conservación, custodia de fondos, ubicación en lugar seguro a salvo de fauna y flora archivófaga y de la humedad excesiva.
[8] Constituciones Sinodales de 1604 e instrucciones para los visitadores de 1705.
[9] Calderón Berrocal, Mª del Carmen. "Cantillana en los Libros de Visitas del Arzobispado de Sevilla. Siglo XVII". Cantillana Cuadernos de Historia Local.
[10] Para no extenderme aquí, ver mi trabajo publicado en las actas del Congreso de Salamanca y Actas II Jornadas Historia de Estepa, 1997.
[11] Opus cit.
[12] AGAS, Visitas 2923. "Instrucciones a los Visitadores deste Arzobispado".
AGAS, Visitas 2923 "Instrucciones a los visitadores deste Arzobispado".
[14] Sánchez Herrero, J.El Clero de Sevilla en la Epoca del Barroco, "Historia de la Iglesia de Sevilla".
[15] La capellanía era una fundación con el respaldo del patrimonio del fundador, un ejercicio de piedad y una dotación económica que daba derecho a percibir ciertos frutos a cambio de cumplir con ciertas cargas espirituales sinónimas de culto divino, remisión de pecados, sufragios por los difuntos y otras obras pías. En cuanto a patronatos, sus obras pías seran sobre todo dotes a parientas del fudador, dotes a doncellas huérfanas, pan a pobres, redención de cautivos, o pagar al preceptor de gramática, décima y derechos de visitas.

· Artículo: “ La Parroquia en los Libros de Visitas Pastorales del Archivo General del Arzobispado de Sevilla”. VIII Congreso de Archiveros Eclesiásticos. Septiembre 1994. Actas vol. VIII Memoria Ecclesiae: Instituciones Eclesiásticas IV: Parroquia y Arciprestazgo en los Archivos de la Iglesia. Oviedo-Salamanca 1996.