viernes, 1 de enero de 2010

Regla de la Cofradía de la Preciosa Sangre. Sevilla.






Introducción.-



Estamos ante la regla de una hermandad que tenía su sede en el Convento de San Francisco de Paula y que se conserva hoy en el legajo 1-A de Hermandades en el Archivo General del Arzobispado de Sevilla.

La foliación es nuestra, no está foliado en la época, ni posteriormente por la mano de ningún archivero. Se conserva en muy mal estado de conservación. La acidez de la tinta rompe en alguna ocasión el soporte, y cuando no, traspasa los folios dejándose ver en el vuelto del folio. La humedad ha aclarado mucho la tinta, corriéndola en grandes manchas ocres que cubren la mayor parte de las hojas.

Como soporte papel de trapo verjurado en el que difícilmente se aprecia alguna marca de pautado con mina de carbón. La caja de renglón en toda la Regla viene a ser de 16mm., y cada página tiene capacidad para 20 renglones.

Comienza la Regla "En el no...": las dos e tienen un módulo de 50mm., el resto de las letras 35mm.; seguidamente el módulo de las letras desciende considerablemente y en el resto del documento va a tener 4mm., excepto en los epígrafes de los capítulos que oscila entre 5-6mm. y los 16mm. de las mayúsculas.

Algún capítulo aparece terminado con letra cursiva, como el XXXIII "de como se an de enterrar los pobres", es la misma que añade el capítulo XXXIIII, nunca firma, así que no podemos saber quien es su autor; la conformidad del ordinario parece ser de todas todas autógrafa del mismo obispo auxiliar......, aunque el mal estado de conservación del documento difuculta su lectura, es en este punto donde se nos descubre la fecha real del documento, que no dudamos en asegur se trata de 1580; en letra humanística muy descuidada aparece una la aclaración al final 1540-1604, localizando la Hermandad desde 1480, y en el folio siguiente aparece "año de 1480", con numeración arábiga, dando pie a posible confusión y a que algún autor la haya considerado como la fecha de aprobación canónica.


Regla

1r. y 1v. están en blanco. Seguidamente en el folio

2r. En el año de 1681 en Sevilla, Juan d'Escasena Buendía, él ixo esta rregla y la puso, del qual éste quedará ésta, por estar toda desgovernada y cada oja por su parte, y según algunas ojas de dicha rregla del prençipio que por estar mui mal tratadas, no se podían leer bien, y por estarlo tanto y no aber en ellas cosas tocantes a los capítulos que se an de guardar, no las puso. Deçían aber tenido su fundación esta santa cofradía en el Ospital del señor San Antonio de Padua año de mil i quatrocientos y quarenta y un años. Después pasó a San Juan de Acre, i de allí al Colegio de San Francisco de Paula, donde oi está. Juan d'Escasena Buendía. Rúbrica .

2v. Aparece una superposición de piezas. Un grabado sobre dos hojas pegadas. En la de abajo, pintada a acuarela, una Cruz de la Vida en tono azul celeste con cuatro potencias y tres clavos que sangran indicando el lugar de las llagas, sobre una pila, componiendo todo el dibujo una gran fuente. Sobre la cruz INRI. La fuente está acompañada a sus pies de dos cruces de la Orden de Malta encerradas en dos círculos. Sobre la Cruz de Malta de la derecha aparece escrito a mano el número: 215.634. La fuente, las potencias, las cruces, los clavos y la sangre van en tinta o acuarela ocre.

En la hoja de encima, el grabado. Se trata de una especie de retablo con tres cuerpos: el banco del retablo está roto, aunque no parece ser más que una base arquitectónica. El primer cuerpo, también imcompleto, tiene tres calles, la central es un vano que nos permite ver la Fuente de la Vida. A la izquierda nuestra, derecha si seguimos las leyes heráldicas, dos escudos puestos en palo, el primero de plata y el segundo de oro con la leyenda "Charitas" en letras de sable. A la derecha de los escudos, una figura femenina sujetando una columna de capitel corintio dirige su mirada hacia el milagro de la Cruz; y ya fuera del retablo, el donante arrodillado sobre una especie de pedestal en el ángulo inferior izquierdo del folio, que luciendo un cuello de hidalgo dirige su vista hacia la Cruz en actidud de sometimiento ante la grandeza de Dios.

Sigue un friso con paño y carátula que rememora la época clásica. El tímpano, semicircular, se divide tambien en tres calles. Al centro la muerte triunfadora simbolizada en una calavera laureada de oro; surmontado escudo de sable, cruz de Malta de oro, cargado de tres cascos de rejillas con sus cimeras y lambrequines de plumas que rematan el tímpano; 1º y 3º cascos terciados como correspondería a condes, vizcondes y barones, el 1º siniestrado , y el 3º adiestrado ; con cimeras de alas de águilas; 2º de frente como correspondería a duques y marqueses, está cargado de corona de marqués y de la misma sale una alta cornamenta que se pretendió ocultar añadiendo, pegada al conjunto, una pieza posterior que hoy se conserva incompleta. Se trata de una gran corona que timbra todo el conjunto reposando sobre los tres yelmos, y estando a su vez surmontada por el mundo y la cruz. A diestra y siniestra del escudo descansan sobre el tímpano dos armaduras vacías apoyadas sobre tres balas de cañón, evocando de nuevo la brevedad de la vida terrena, paso hacia la verdadera y eterna.

La imágen que tenemos ante nosotros puede entenderse establece un paralelismo entre lo terreno y lo espiritual. Lo terreno simbolizado en un marco arquitectónico cargado de elementos evocadores del tránsito hacia la vida eterna y del triunfo de la muerte en forma de calavera laureada.

El plano espiritual es el dibujo en el folio inferior que se asoma por el gran vano central del folio superior. Una mayor simplicidad y sencillez parece indicarnos que la austeridad de una buena vida orientada a Dios, es lo que ha de seguirse como camino de perfección.

En la base de la fuente, dos cruces de Malta, nos hablan del camino que estos hermanos han elegido seguir para lograr su salvación. Las órdenes militares unen con una mística especial las armas y el amor a Dios, esta relación es la clave de su re-ligión.

En el ángulo superior derecho e izquierdo aparece una cifra romana "XII", número mágico, doce los apóstoles, doce los mandamientos, doce los hermanos que componen la Hermandad?

El folio 3r. aparece un dibujo a acuarela; los folios 3v. y 4r. aparecen pegados, unidos por apliques metálicos en forma de trevol de lo que queda huellas en forma de tres agujeritos en el ángulo superior derecho y en el medio derecho, aunque el papel está roto podemos asegurar existiese otro aplique en el ángulo inferior derecho. Los folios 4v. y 5r. contienen restos de pegamento, hongos, humedad, con seguridad estuvieron tambien pegados, quizá para dar mayor consistencia al soporte de papel verjurado sobre el que se pintó la acuarela que representa a Cristo crucificado sobre una Cruz verde , calvado al madero con tres clavos de plata; de sus heridas manan tres chorros de los que nace la Fuente de la Vida, de la que se disponen a beben en cálices de oro, siguiendo nuestra dirección, a la izquierda el obispo............; a la derecha, Santiago; al fondo sobre la derecha, el Papa; y al fondo sobre la izquierda, otro obispo PORQUE TAMBIEN TIENE TIARA EPISCOPAL, TAMBIEN PUDIERAN SER SAN LEANDRO Y SAN ISIDORO, QUE LE PARECE?

El paño de pureza de Cristo se despliega tras la imágen divina y en él aparece la siguiente una divisa en latín, ilegible dado el mal estado de conservación de la obra. Estamos ante un dibujo muy ingénuo, presenta una perspectiva que da profundidad al marco, presentándonos el plano más terrenal en tonos verdes, es el suelo que pisan el primer obispo y EL MAESTRE DE LA ORDEN?, APOSTOL SANTIAGO ? ; el segundo plano es el que sirve de fondo a una jerarquía superior, entre los fieles y el cielo, en color celeste quedan destacados el papa y el segundo obispo; el tercer plano es un rompimiento de gloria, en blanco, solo alcanzado por Cristo, que presenta del torso hacia el crucero en la Gloria, mientras que las piernas quedan en el segundo plano azul; su nonexión con el plano primero es la sangre derramada que da la luz y la vida a los fieles, representados por las dos figuras que pisan el tono verde del suelo.

El folio 5r.es una página en blanco; el 6r. está cortado, podemos suponer contuviese otro dibujo, conserva restos de acuarela roja; suponemos que el 6v. de nuevo es una página en blanco; y en el 7r., ya por fín empieza la Regla encabezada en cursiva "Regla de San Juan Bautista"(rúbrica sin nombre).+. "En el Nombre de ...". Todda en tinta sepia, en muy mal estado de conservación, afectada por hongos, humedad, con frecuencia aparece la tinta desvaída y corrida en manchas de tinta y agua.


Regla.-

7r./En el nobre de la Sanctíssima Trinidad, Padre y Hijo, y Espíritu Sancto, que biue y reyna por siempre sin fin am[], porque como dize el Apostol, todos los cristianos conuiene que seamos hermanos en Jesucristo, Nuestro Saluador, y que le ayamos por padre en el cielo y en la tierra, y que los siruamos con limpias voluntades e rectos coraçones. Por ende, creyendo firmemente en nuestro Saluador Jesucristo, el qual recibió muerte y passión por librarnos del enemigo mortal, creyendo firmemente en la Sancta y no partida Trinidad Padre y Hijo, y Espíritu Sancto, vn Dios Todopoderoso, Criador de todas las cosas, a honrra y seruicio de su Preçiosísima Sangre, a quien nos tenemos por Abogada nuestra en todos nuestros hechos a honrra y reuerencia de su Preciosíssima Sangre. Nos, los hermanos y cofrades de la Preciossa Sangre de Jesucristo, desseando según nuestra flaqueza y poca posibilidad, y pequeñas fuerças [cen]trar en algo el desseo y voluntad que tenemos, dese[amos] [...] a Dios Nuestro Señor Jesucristo i a su Preci[osísimo Hijo][...] supremo bien y soberano benefi[cio][...] en elegirnos para guarda [y][...]//7v./de su Presiossa Sangre, todos los fieles cristianos deuen ser hermanos de Jesucristo, por ende, estableçemos y hordenamos a honrra de la preçiossíssima Sangre de Jesucristo, para prouecho y consuelo, y amor de nuestras ánimas, cuyo título y devoción queremos tener a honrra y gloria de la Preciosa Sangre de Cristo . Que vos dezis que estareis toda vuestra vida en la Cofradía y Hermandad de la Preciossa Sangre de Nuestro Señor Jesucristo, la qual tomais por seruicio y honrra suya, cuya abocación tenemos en el ospital de Santo Antonio de Padua, o donde los cofrades de la dicha Cofradía fueren ayuntados a hazer sus f[iestas] y hordenar sus cabildos y devociones, y de guar[...] y honrra de la dicha Hermandad y cofrades[...] devieredes su pío selo allegareis y [...] uiente se lo apartareis, y qu[e]// 8r./[o]bidientes a todos los capítulos que en esta Regla tenemos, y a los que hordenaremos en ella en adelante todos los cofrsdes, o la mayor parte dellos, so las penas hordenadas en esta Regla y capítulos de ella en que sereis obidientes a todas que nuestros hermanos mayordomos y alcaldes, y escriuano os mandaren tocantes a el seruicio de la Preciossa Sangre, y de tener secreto de todo lo que en ella passare y hiziéremos.

Capítulo primero. Como se an de recebir dos maneras de cofrades.

Primeramente hordenamos y mandadmos que aya dos maneras de cofrades que se llamen de luz que no an de ser obligados a la disciplina sino para las hachas y para lo demás que fuere menester en la proceción y seruicio de los diciplinantes, y en todo lo que por el mayordomo, alcaldes y escriuano les fue[re] mandado, o por el munidor re[...][pa]//8v./guen de entrada lo que por nos fuere acordado, y que no sean recebidos por cofrades hasta que paguen la entrada; y desta manera de cofrades no se puedan recebir más de la mitad del número que fuere de sangre, y destos que recibieren el mayordomo se informe de su bibienda, y constándole que son personas honrradas y de buena vida y fama, sean recebidos contato que no sean moriscos ni mulatos, ni negros, ni judíos, ni indios.

Capítulo II De Los cofrades de sangre.

Iten hordenamos y mandadmos que aya otra manera de cofrades de sangre, los quales an de ser obligados a hazer general disciplina a la hora que saliere la proceción el jueues Sancto en la noche del ospital de Sancto Antonio de Padua, o de otra qualquier iglesia o ospital donde esta Sancta Cofradía tuuiere su sancta abocación[...]dexar de hazer hasta hedad de quarenta y cinco[...][s]aluo p[or] causa ligítima que para ello tenga//9r./y estos cofrades den por su entradalo que por nos fuere acordado, y que no sea tenido por cofrade hasta que pague la entrada ni se le tome juramento, y en los que recibieren se guarde la horden y forma contenida en el capítulo primero desta nuesta Regla. Y que

Capítulo III. De la cera que a de tener la arca de la Cofradía.

Yten hordenamos y mandamos que para celebrar las fiestas que tenemos y celebramos, y enterramientos, se tenga la cera que en nuestro cabildo fuere acordado, que es por presente po rla necessidad que ay seis hachas, y que aviendo posibilidad se crescan a discreción del cabildo, e más toda cera mayor o menor que a nuestra voluntad sea que la cera sea blanca con vn escudo que tenga vn calix, y en el calix vna cruz que destile sangre, la qual esté en poder de nuestro mayordomo, y el insignia de nuestro estandarte sea colorado con nuestra insinia en medio estampada.//9v./

Capítulo IIII. De la Fiesta General que se a de hazer el domingo adelante de Nuestra Señora de Agosto.

Yten hordenamos y mandamos que para celebrar nuestra fiesta general, que es el domingo adelante del día de Nuestra Señora de Agosto, sean ayuntados nuestros hermanos a las bísperas y misa de la dicha fiesta, y que vayan en proceción desde el dicho ospital de Sancto Antonio de Padua, hasta la iglesia de Onium Sanctorum, o donde con más comodidad la dicha cofradía hallare o el cabildo ordenare ,lleuando todos sus candelas encendidas, las quales tengan en las bísperas y otro día en la misa desde el Evangelio hasta aver consumido; y que a esta fiesta ninguno falte, so pena que el que faltare a las bísperas pague vna quarta de cera, y el que faltare a la misa, media libra de cera.

Capítulo V. De como se an de elegir mayordomo y officiales.

Yten hordenamos y mandamos que luego otro domingo siguiente, después del día de la celebreción desta nuestra fiesta general, se elixan officiales, y que los viejos elixan a los nuevos con quatro acompañados que el cabildo les de, y que elegidos, todo el cabildo sea muy contento//10r./y que no se pueda rebocar; y el que no quisiere estar por ello, pague de pena vna libra de cera, y que no valga su dicho; y os que fueren elegidos sean por fuerça, y si no lo quisieren ser, les sea lleuado vn ducado de pena, y todavía sean obligados a seruir.

Capítulo VI. De como an de tomar quenta.

Iten hordenamos y mandamos que luego otro domingo siguiente tomen quenta los officiales nuevos a los viejos, la qual reciban justamente; y que si algunas devdas ovieren, que el mayordomo viejo se lo pague a el nuevo sobre tabla, o que de prendas; y que si no quisiere dar la dicha quenta como dicho es, pague de pena vn ducado, y que al tomar de la dicha quenta no se gaste en comer ni en beuer dineros ningunos de el arca de la Cofradía, y que los alcaldes y diputados le apremien a que de la dicha quenta//10v./

Capítulo VII. De los officiales que se an de elegir.

Yten hordenamos y mandamos que en esta Sancta HErmandad aya vn mayordomo el qual tenga en su poder el arca de la Cofradía con toda la cera y con todo lo demás tocante y perteneciente a nustra Hermandad; y que aia dos alcaldes, los quales rijan y gouiernen y executen las penas; y más aya vn escriuano para que de y haya fe de todos los negocios y cabildos que en nuestra Hermandad oviere; y más quatro diputados puedan hazer cabildos de algunas cosas necessarias que pueden ocurrir a nuestra Hermandad, y que todo lo que hizieren y hordenaren sea válido y firme, y que todos seamos tenidos y obligados a lo cumplir por quanto todo el cabildo les da todo su poder cumplido para lo hazer, porque será gran trabajo para cada cosa hazer cabildo general. Y quando se elixan officiales queden vno de los alcaldes y dos diputados de los viejos para otro año, para que muestren y administren, y digan lo que an de hazer alcalde nuevo y dos diputados que entraren de nueuo, y que esta horden queremos de conformidad que se guarde para siempre jamás.//11r./

Capítulo VIII. De la Fiesta y Sacrificio que se a de hazer por los cofrades difuntos.

Yten hordenamos y tenemos por bien que los nuestros cofrades sean obligados a celebrar la fiesta y sacrificio de los finados que es el domingo adelante de la fiesta de Todos los Santos, hagamos dezir bísperas el sábado antes y que el domingo siguiente se diga vna misa de requiem cantada con sus ministros, la qual se haga la más solenemente que se pudiere hazer, la qual fiesta y rremenbrança se haga donde por nos fuere acordado, la qual se haga por nuestros hermanos difuntos que ovieren fallecido, para lo qual tengan especial cuidado nuestros hermanos alcaldes y diputados y mayordomo de mandar hazer vn túmbulo y a la rredonda del dicho túmbulo se pongan nuestras hachas de nuestra Cofradía, y que en el dicho túmbulo se ponga vna Cruz alta y junto con la Cruz el estandarte de nuestra Cofradía, y el que faltare a esta fiesta pague de pena lo que se contiene en el capítulo quarto.

Capítulo IX. Del Arte que se a de hazer la disciplina.

Yten hordenamos y tenemos por bien que desde agora pa//11v./ra siempre jamás se haga general diciplina el jueues en la noche de la Semana Sancta, la qual se a de començar desde las tres de la tarde para la qual se an obligados todos los hermanos a venir desde las doze del día hasta las tres horas después del mediodía, y que vengan cada vno confesados y comulgados, o con propósito de lo hazer, y más sean obligados a traer cada vno el recaudo que para semejante acto es menester, conuiene a saber con vna túnica de angeo o de presilla, y no de otro lienço más desgado largas hasta el suelo con capirotes altos, con su cinta de cuero negro, angosta, y un escapulario de anascote colorado, en el qual escapulario lleuen vn escudo en el qual vaya figurada la insinia que está dicha en el tercero capítulo; los quales vayan descalsos y los que no pudieren vayan todos con alpargates, y la disciplina sea de manojos o como cada qual se acostumbra deceplinar.

Capítulo X. De los cofrades que no tuuieren aparejo para la disciplina.

Yten hordenamos y mandamos que por que algunos cofrades no dexen de hazer su diciplina por dezir que no tienen túnica ni lo necessarioque la arca de nuestra Cofradía tenga siempre media dozena de túnicas con lo de//12r./más necessario y al tal cofrade que no la tuuiere se le de, y por ello de limosna lo que por el cabildo fuere acordado por que no puedan dexar de hazer su diciplina.

Capítulo XI. Del cabildo que se a de hazer el domingo de Lázaro.

Iten hordenamos y mandamos que porque la dicha procesión se a de hazer el Jueues Sancto en la noche, y se haga con más acuerdo y horden en reuerencia de la Pasión de Nuestro Redemptor Jesucristo y de su Precciossíssima Sangre que el domingo de Lázaro se haga cabildo general para el qual no falte ningún cofrade sino fuere por causa ligitima que para ello tenga, y en él se vea el aparejo de todos, y se le requiera si están confesados y ke hagan pedir perdón vnos a otros aviéndo necessidad y el cofrade que no quisiere perdonar a su hermano en Jesucristo le sea lleuado de pena dos libras de cera blanca, y se ponga en la mesa vna bacina o plato grande, y que todos sean obligados a echar vna limosna en ella, lo que cada vno quisiere para ayudar a los gastos desta//12v./
 
21r CAPITULO XXXIII De cómo se an de enterrar los pobres.

Iten, hordenamos y tenemos por bien que si acaesciere fallecer algún pobre natural o estragero que sea natural que, siendo pobre, seamos obligados a lo enterrar con dos hachas y doze candelas, y esto se entienda auerse encomendado el propio a la dicha cofradía y hermandad.

21v CAPITULO XXXIIII. De como se an de conseruar los alcandes (sic) que el cabildo nombrare y eligere.

Item, ordenamos y mandamos que para que Nuestro Señor sea más seruido y esta hermandad sea conseruada en toda quietud y sosiego y los alcaldes nonbrados y elegidos por ella anden con todo zelo de retitud y gouierno, atento que muchas vezes los dichos alcaldes con alguna passión andan disconformes en la administraçion y gouierdo (sic) de la dicha cofradía, tenemos por bien que los diputados nombrados por los alcaldes nonbrese entrellos vm hermano mayor que asista entre los dos alcaldes y este sea el clérigo más antiguo y más zeloso que en la cofradía uiere, y si por ventura no vuiere clérigo sea el mas antiguo hermano y mas zeloso que en la cofradia vuiere y sea el tal nombramiento hallandose presente nuestro mayordomo y escriuano para que de la fee, y esta tal eleçión sea en parte secreta y que no estén al tal nonbramiento y eleçión ninguno de los alcaldes ni otro ningúm hermano, y este tal hermano mayor tenga espeçial cuidado que antes de la fiesta de Nuestra Señora de Agosto o de la Circunçision de Cristo Nuestro Redenpctor que son dos fiestas más prinçipales ocho días en cabildo general les exorte y anime a que vengan confessados para que en la iglesia que asistiere las dicha confradía reçiban con toda devoçión antes que salga la proçiçión el Cuerpo verdadero de Nuestro Salvador Jessuchristo y el que no lo hiziere y en esto no obedeçiere como hermano mayor auiendo estado pressente en el dicho cabildo que por él fue dicho auissado pague dos reales de pena y el nuestro fiscal le mande que //22r que no se halle candela encendida en la dicha procesión ni tanpoco en el cabildo hasta el cabildo siguiente i ante todo el cabildo auiendo metido vna petiçión y con parecer de los alcaldes y del dicho cabildo dando vna limosna conviniente a la escusa que diere obidiençia truxere sea admitido por aquella vez y si por ventura reencidiere en el siguiente año, auiendo hecha nuestro fiscal la informaçión sea desterrado anto (sic) todo el cabildo por vm año y esta informaçión la guarde nuestro escriuano para que si el señor prouisor quisiere ver su caussa nuestro fiscal la lleue a su audiençia, para que el como perlado nuestro haga justiçia.

E visto esta regla y pareceme está bien ordenada. En el capitulo 27 dize que qu[ando] se sacare prenda por no pagar el cofadre, dize que la pren da se venda e[ntre] los cofrades y que no se pueda vender en más de lo que montare la pena que debe [y] pareçe injusticia si la prenda vale más por qué se a de sacar por menos de lo que va[le] y rematarse solamente entre los cofrades. En lo demás no ay que advertir. E asi firmé de mi nombre. F. G. episcopus Medauriensis . Rúbrica.

Yo el prouisor de Seuilla por la presente aprueva e confirmo los capítulos desta regla contenidos de la hermandad y cofradía de la Preçiosisima Sangre de Jesucristo desta ciudad de Seuilla en cuanto no repug[ne] ni conttdizen al derecho canónico e constituçiones deste arzobispado, biene a sauer con los aditamentos siguientes:

Primeramente, que puedan poner y añadir más capítulos de los contenidos al presente en ella se conprehenden ni usar dellos en manera [alguna] fasta que proveyese vistos e aprouados por mi o por los señores provisores deste arzobispado.

Iten, que no puedan pedir, jurar ni juzgar

/22v señas pecuniarias los deste capitulo contenidas por las quales pueda ser executados como por contrato .

Yten, que sean obligados a admitir y admitan a los señores visitadores deste arzobispado a la visita segun e correctamente de los capítulos desta regla e que que asi mmesmo de los bienes de la dicha cofradía y en que e como los gastan por que mejor sea administrada la dicha cofradía.

Yten, que en las procesiones de diçiplina que hizieren no consientan ir ni vayan cofradas disciplinandose ni en otra manera saluo tras la proseçión cons sus rostros descubiertos y sus lumbres por manera que sean conosçidas.

Yten, que no puedan pedir limosna para los gastos de la dicha coffradía asyn ny expresamente saluo entrellos. [.......] En Seuilla a veinte y dos de henero de mill quinientos ochenta y un años.

[çia] primera fundacion esta dicha cofradía [sita] en el hospital de San Antonio de Paula año de 1480 [....] es el año 1540 fue paçada [.....] de Acre y el de 1604 aprobada [esta] regla. REGLA DE LA

Calderón Berrocal, María del Carmen. "Regla de la Cofradía de la Preciosa Sangre" en CXIX reglas de hermandades y cofradías andaluzas : siglos XIV, XV y XVI. Calderón Berrocal, María del Carmen y otros, dirección: SANCHEZ HERRERO,JOSE ; UNIVERSIDAD DE HUELVA, 224 páginas, Idioma: Español, ISBN: 8495699346 ISBN-13: 9788495699343, 1ª edición (08/2003)