domingo, 17 de octubre de 2010

LA MINERÍA DE LA CORONA ESPAÑOLA EN INDIAS DESDE CARLOS I A FELIPE IV. DESCUBRIMIENTO Y LABOR DE MINAS




C.E.P. Biblioteca Universitaria Una apuesta por el desarrollo local sostenible / Emilio Romero Macías (coord.). --- Huelva : Universidad de Huelva, 2010 1000 p.; 30 cm. . – (Collectanea (Universidad de Huelva ; 152) “Se recogen las actas del XI Congreso Internacional sobre Patrimonio Geológico y Minero, XV Sesión Científica de la SEDPGYM”. ISBN 978-84-92944-22-4 1. Desarrollo sostenible – Congresos. 2 Conservación de los recursos naturales – Congresos. 3. Geología - Congresos. I. Pérez Macías, Emilio, coord. II. Universidad de Huelva. III. Título. IV. Serie. 55(063) 553.04(063)



LA MINERÍA DE LA CORONA ESPAÑOLA EN INDIAS DESDE CARLOS I A FELIPE IV. DESCUBRIMIENTO Y LABOR DE MINAS

THE MINING OF THE SPANISH CROWN IN INDIANS FROM CARLOS
I TO FELIPE IV. DISCOVERY AND WORK OF MINES

M.C. Calderón Berrocal. G. I. Hum-340 UHU. C/ Fray Luis de Granada, 11 41009 Sevilla.
macalber-88@hotmail.es

RESUMEN

Carlos I permite descubrir y beneficiar las minas a todos los españoles e indios vasallos del Rey; y que los descubridores de minas juren el asiento de minas y declarar el oro que extraigan, lo mismo para los hostiales de perlas, precediendo siempre licencia. Se potencia el descubrimiento y beneficio de minas pero bajo el proteccionismo y las regalías regias, no exento todo ello de cierta liberalidad para premiar el trabajo minero que redunda en el beneficio y riqueza de España y su Imperio. Se ha de tratar por todos los medios la rentabilidad máxima de las explotaciones, y se recurre a instituciones como las encomiendas, repartimientos, mitas de indios para servicio personal, doméstico y especialmente el trabajo en minas. Se incide en el cumplimiento de ordenanzas y sobre aplicación de las leyes castellanas a los terrenos de Indias; así como se legisla sobre el trato igualitario que se debe tener en materia minera con españoles e indígenas.

PALABRAS CLAVE

Historia de la Minería, Mita, Repartimientos, Encomiendas, Minería indígena.

ABSTRACT


Carlos I to discover and mine benefit all Spanish and Indian vassals of the king, and the discoverers of mines seat swear and declare the gold mines that extract, the same for hostiales pearls, always preceding license. It enhances the benefit of discovery and mines but under the royal protectionism and royalties, not without all this liberality to reward certain mining work is in the benefit and wealth of Spain and its empire. It must try by all means the maximum profitability of farms, and use institutions such as parcels, allotments, mitas Indians for personal service, domestic and especially working in mines. It affects the enforcement of ordinances and applying the laws of Spain to the lands of the Indies, as well as legislation on equal treatment to be taken in mining with Spanish and indigenous.

KEY WORDS

Mining History, Mita, Repartimientos, parcels, Indian Mining.

DESCUBRIMIENTO Y BENEFICIO DE MINAS

Carlos I de España y V de Alemania, se pronuncia en documento de 1568-12-9, Granada Que permite descubrir y beneficiar las minas a todos los españoles e indios vasallos del Rey. Todas las personas independientemente de su estado, condición, preeminencia o dignidad, ya fuesen españoles o indios, siempre que fueran vasallos de la Corona de España, podrían extraer oro, plata, azogue y demás metales, por medio de sí mismos o mediante criados o esclavos en todas las minas que encontrasen, donde quisiesen y estimasen conveniente; pudiendo tomar y explotar estos recursos naturales sin impedimento, habiendo dado cuenta previamente al gobernador y oficiales reales. Se declaran de este modo las minas de oro, plata y demás metales comunes a todos, siendo así en todas partes y términos, sin que ello supusiese perjuicio para los indios, ni a ningún tercero, vasallo de la Corona. Este permiso no se hacía extensivo a ministros, gobernadores, corregidores, alcaldes mayores y sus tenientes, letrados, alcaldes y escribanos de minas; ni a los que expresamente les estuviese prohibido. Sería lícito tomar, cercar, señalar, guardando las leyes y ordenanzas de cada provincia que estuviesen previamente confirmadas por el rey[1]. En otro documento de Carlos I, con data 1525-11-14, Toledo: Que los descubridores de minas juren de manifestar el oro y para descubrirlas, y hostiales de perlas, preceda licencia; y Felipe IV 1629-6-19, Madrid; la Corona ordena que los mineros y quienes cogiesen oro en minas, ríos, quebradas o cualquier otro lugar, comparezcan ante el gobernador y oficiales reales y juren compromiso de declararlo a la fundición personalmente; y en lo que se refiere a descubrimiento de minas y hostiales de perlas, deberán tener licencia del gobernador, que habrá de hacer junta particular sobre el tema con los oficiales reales, donde se acuerde lo conveniente con respecto al cobro para la Real Hacienda[2].








Fig.1 Recopilación de Leyes de los reinos de las Indias, mandadas imprimir y publicar por la magestad católica del rey Don Carlos II nuestro señor, Libro IV, Título XIX Del descubrimiento y labor de minas.



SOBRE ENCOMIENDAS DE INDIOS

Sobre repartimiento de indios tenemos una R.C. de Carlos I en la que se ve claramente en qué consistía tal práctica y es la Real Cédula de Carlos I sobre el repartimiento de los indios en la Nueva España de 14 de abril de 1546 que se transcribe seguidamente.

El Rey. D. Antonio de Mendoza, Virrey de la Nueva España. Sabed que los provinciales de las Ordenes de Santo Domingo y Agustinos, y Gonzalo López, Procurador de esa Nueva España, vinieron a nos, y nos hicieron relación, que aunque habían tenido por gran merced la que se les hace en la revocación de la ley, que habla sobre la sucesión de los indios, que no era aquella verdaderamente el remedio general de esa tierra, sino el repartimiento perpetuo para que quedasen todos contentos y quietos, para lo cual nos dieron muchas razones que fueron justas, por tanto os mandamos que luego entendáis en hacer la memoria de los pueblos e indios de esa Nueva España y de las calidades de ellos, y asimismo la memoria de los conquistadores que están vivos, y de las mujeres e hijos de los muertos y la de los pobladores casados y otros, y de las calidades de ellos, y hecho esto haréis el repartimiento de los indios, como os pareciere que conviene, ni más ni menos que lo haríades estando Yo presente, señalando a cada uno lo que les conviene, y está bien teniendo consideración a las calidades de sus personas y servicios que nos han hecho, dejándonos las cabeceras y puertos y otros pueblos principales, y la jurisdicción civil y criminal, y dejando asimismo otros pueblos para que podamos hacer merced a los que de aquí adelante fueren, porque si esto faltase, no habría quien fuese y sería grande inconveniente, y hecho el tal repartimiento enviárnoslo heis cerrado y sellado y vuestro parecer, de manera que lo podamos entender y con qué tributos y pensión, con toda la brevedad, para que no se pierda tiempo, porque nuestra merced y voluntad es, que sean galardonados de sus servicios y queden remunerados y contentos y satisfechos, y si por parte del Serenísimo Príncipe, nuestro muy caro y muy amado hijo, otra cosa se os mandare, cumplirla heis[3].

El repartimiento en encomienda era un elemento básico de la sociedad americana y de la filipina y una institución con antecedentes peninsulares y que habría que buscar en la Reconquista y las Ordenes Militares, dotadas con las rentas procedentes de las fincas, derechos y propiedades que sus miembros adquirieron de los reyes, como premio a los servicios durante la guerra con los musulmanes[4]. La encomienda significaba concesión graciosa de los monarcas, premio a los soldados, recompensa, renta fija; y los indios, brazos para trabajar la tierra, las minas, en transportes y servicios domésticos y varios; justificándose estas actuaciones con el argumento, según se esgrimía, de que sacan a los indios de la ociosidad y la holgazanería que los caracteriza. Es el rey quién hace la concesión de las encomiendas, pero en Indias se mueve por su alter ego, es decir el virrey; el rey delega en las autoridades indianas: virreyes, adelantados, gobernadores… Fundamentalmente la institución de la encomiendas funcionaba en base a dos versiones. Primeramente la encomienda significó la percepción de beneficios procedentes de los servicios personales o del trabajo de los indígenas. En cuanto a esta modalidad se legisla y predica con profusión, recordemos los textos de Fray Bartolomé de Las Casas en orden al buen tratamiento de los indios.

En segundo lugar, la encomienda en forma de percepción de tributo, donde el beneficio del encomendero está en la recepción de los tributos que los indios pagan al rey por razón de su vasallaje, pero el encomendero es la persona en quien el rey ha delegado esta atribución, y éstos serán los que perciban el producto del rendimiento del trabajo indígena en forma de tributo. El tributo se tasaba con garantías legales y humanas, y si variaban las circunstancias se procedía a la retasa o acomodación del tributo a la actualidad del momento.

Los indios se reparten en nombre del rey, señores naturales, indios y caciques o curacas, el jefe de una comunidad que ejercía el cacicazgo, el mando sobre su territorio, este término pasó a ser un concepto aplicado por los españoles a ciertas personalidades de las culturas originarias, las personas que tenían poder, significaba una forma de gobierno sustentado en clanes, pero el uso de este concepto se extendió equívocamente para denominar así –por parte de los españoles-, a los hombres que tenían mayor poder económico. El papel del cacique en la encomienda era de mediador entre el encomendero y los indios en el pago de tributo y por lo tanto comienza a desarrollar cierto poder procedente de su hegemonía social en la comunidad. El término se empleó también figurativa y peyorativamente para aludir a quienes ostentan el poder de una “clientela” aunque nada tengan que ver con los pueblos originarios de América.

En virtud de esa delegación regia de poderes los indios eran encomendados a algún señor, en el acta de repartimiento se hace constar el número de hombres y el número de mujeres que se entregan, el número de ancianos que se consideran inútiles para el servicio y las naborías de casa, llamándose así a los indios destinados al servicio personal y doméstico, quedando sobre el papel los nombres de los individuos encomendados para servicio de haciendas, minas y granjerías, por la vida del señor a quien se entregan, incluso por la de su hijo o hija, si los tuviese, siempre que guardasen las ordenanzas pues en caso negativos les serían retirados. Todo ello dependiendo de la evolución de la encomienda, que inicialmente fueron temporales; en 1509, se convirtió en vitalicia; en 1512, el por dos vidas, la del titular y su heredero; en 1550, en Nueva España se amplió a la tercera vida; en 1607, a la cuarta; y por fin, a la quinta en 1629. El número de indios solía depender de la condición social del receptor fuese civil o eclesiásticos seculares, regulares, monasterios, arzobispos, obispos, cabildos catedrales, prelados de religiosos, iglesias y hospitales.







Fig.2 Herman Moll: ''Map of South America'', London c.1715 detail: Inset view of Potosi by Bernard Lens.



La institución opera de forma similar al sistema feudal y en Las Leyes Nuevas (1542-43) se exponen las obligaciones de los encomenderos con respecto al rey y a los indios. Tendrá por ejemplo obligación de defender la tierra con armas y caballo; deberá encargarse de la cristianización de los indios, a los que occidentalizará y protegerá en su persona y bienes; deberá residir permanentemente en la población donde tiene la encomienda, pero no en los pueblos de indios para evitar abusos, estando representado por un calpisque o mayordomo; deberá construir casa de piedra y deberá contraer matrimonio, esto significa estabilidad en la residencia y permanencia; y su ausencia de la propiedad deberá ser además de temporalmente, con licencia, sujeto a la pérdida de esta concesión.

En la sucesión en la encomienda se impone la regulación y se aplica un sistema similar al de los mayorazgos. Se regula por la Ley de sucesión de Carlos I (Malinas, 1545) concediendo la herencia de los indios en primer lugar, a los hijos varones de mayor a menor edad; en segundo, las hijas por el mismo orden; en tercero, la viuda, siempre que el matrimonio sea anterior en seis meses al fallecimiento del causante; en cuarto, los hermanos del encomendero también por orden de edad; y en quinto, los hijos ilegítimos, siguiendo la misma antigüedad. No habiendo sucesores, la encomienda se considera vacante, y el rey puede concederla graciosamente a quien la merezca. Pero sobre 1520 la concesión de libertad a los indígenas supuso el primer paso para la desaparición de esta institución; los reyes pasarían a prohibirla en los nuevos territorios incorporados, pero sucesivamente serían de nuevo autorizadas; y según las Leyes Nuevas (1542-43) deberían incorporarse a la Corona a medida que fuesen vacando; aunque de nuevo la Ley de Malinas (1545) autorizó la sucesión de las encomiendas y, por tanto, su vigencia. Los Decretos de 1718-20 y 1721 suprimen, finalmente, las encomiendas cuando vayan muriendo sus tenedores[5].

SOBRE LA MITA

En América solo se conocían ciertos metales pero no se utilizaban de igual forma a como lo hacían los europeos, en el Nuevo mundo no existía el comercio tal y como se entendía en el mundo conocido hasta 1492. La mita más conocida es la que se aplica en la explotación de las minas de Potosí, en el virreinato del Perú, el lugar que ocupa geográficamente es territorio de Bolivia. La plata de Potosí fue descubierta casualmente en 1545 por un indio llamado Huallpa, ese mismo año Juan de Villarroel registró la primera mina y la llamó Descubierta, empezándose a rentabilizar sobre 1570. A finales del siglo XVIII contaba con 5.000 bocaminas, produciendo cada año entre 250.000 y 300.000 marcos de plata.









Fig. 3 Grabado de William Blake, 1796 Representación metafórica de Europa sostenida por Africa y América.



Serán pues los españoles los que aporten la tecnología necesaria para la explotación minero metalúrgica a nivel, -digamos-, industrial, pero una industria basada sobre todo en la fuerza del trabajo personal indígena. Será la institución de la mita la que agilice la producción, pues los indios mitayos, los indios cuyo trabajo se aplicaba a la minería, significaban el valor fundamental de la explotación, mano de obra abundante y barata que vivía una especie de esclavitud, aunque tenían salario, con el que tenían que costearse alimentación y alojamiento durante su prestación de servicios en la mita; el salario dependía de la especialización dentro del trabajo minero, -el tiempo les concedería beneficios y prerrogativas por este servicio-, pudiendo pasar los mitayos dentro de las minas y sin salir de las mismas una o dos semanas cada mes o mes y medio; en Potosí se estableció turno de dos semanas descansando una, y con una jornada laboral que empezaba el Lunes con la distribución del trabajo, seguía la jornada de Martes a Sábado y se descansaba el Domingo. Etimológicamente “mita” viene de la lengua quechua y significaba “por turnos”. La mita durante el periodo colonial fue un trabajo obligatorio de los indios varones entre 18 y 50 años a favor del imperio español, que repartía la mano de obra indígena mitaya dependiendo de las necesidades de las distintas explotaciones. La Mita exigía prestación de servicios por un periodo determinado, que en el caso de Potosí y Huancavelica, o sea, la mita minera, el tiempo era un año.

Pero la mita no fue una invención española, sino adopción española de una práctica indígena; durante la época incaica se practicaba en beneficio del inca y de su Estado, realizándose todas las grandes obras públicas con este sistema, bajo el cual también se realizó Machu Pichu. El inca tenía derecho a tomar mano de obra de los ayllus y disponer de ella para lo que considerara, a cambio de fiestas y bienes que repartía en ocasiones determinadas; los mitayos no percibían salario, pero eran mantenidos por el Estado mientras trabajaban. Durante el periodo colonial se practica en beneficio del virreinato del Perú y el gran organizador de la mita colonial fue Francisco de Toledo, Conde de Oropesa (1516-1582) y virrey del Perú (1569-1581), que justificó la explotación de los indios en nombre de la Iglesia y la gloria de la Corona de España; y para administrar y rentabilizar mejor la mano de obra indígena, concentró a la población en reducciones. Toledo obligó a la permanente movilización de miles de mitayos, acompañados en muchos casos por sus familias, con el consiguiente abandono de los trabajos agrícolas y la despoblación de grandes zonas. La autoridad colonial encargada de la organización directa de la mita era el corregidor, que contaba con el apoyo de caciques y curas doctrineros[6]. Pero estas lamentables condiciones hicieron rechazar al indígena el sistema español de mita y el siglo XVII se caracterizó por la lucha contra el absentismo laboral mitayo y legislación proteccionista al respecto que no resolvían el problema indígena. La Corona estableció, entre otras medidas, un periodo de siete años para cada prestación, pero las medidas fueron incumplidas de forma sistemática por los indios y la producción cae vertiginosamente a mitad del XVII.


SOBRE CUMPLIMIENTO DE LAS ORDENANZAS

La Corona exige el respeto hacia las ordenanzas y leyes particulares sobre minería, exigía cumplir y hacer cumplir a los que sirven a algún señor de minas, se impone la obligación de registrar las minas que descubriesen para sus dueños “y no en su cabeza”, es decir, que lo que descubran no lo pongan a su nombre sino al de su legítimo dueño[7]. La Corona procura que se guarden las ordenanzas de denunciaciones de minas y no se prorrogue su término. La disminución de asientos de minas resulta de la falta de respeto hacia las ordenanzas, lo que se hace endémico para el caso de las minas desiertas o abandonadas. Ante tal circunstancia la Corona resolverá dando un margen de cuatro meses para ponerlas en explotación y si el propietario de la tierra no resuelve su inscripción en el registro y comienza a trabajar en ellas, entonces cualquier persona estará facultada para denunciarla como despobladas e inscribirla ante la justicia ordinaria, y trabajar en ella para obtener los beneficios aconsejados, quedando así adjudicadas al denunciador para que las trabaje con la condición de que las minas queden en explotación para poder descubrir nuevas vetas.

Las audiencias aconsejaban el respeto a las ordenanzas, pero los mineros e interesados en las minas desiertas acudían a las audiencias a pedir a los virreyes o presidentes mandamientos de amparo para que no se pudiesen denunciar por desamparadas estas minas por algún tiempo más, con esto las minas seguían en el abandono y este procedimiento suponía la cesión en el cumplimiento de las ordenanzas. Es por esto que la Corona se pronuncia ordenando a virreyes, presidentes y oidores de las distintas audiencias de Indias que guarden y cumplan pacíficamente y puntualmente las referidas ordenanzas, sin que tenga sentido prorrogar el término de tiempo estatuido, con lo que no se perjudicará el beneficio en la explotación minera[8].


SOBRE RENTABILIDAD MÁXIMA DE LAS EXPLOTACIONES

Se rentabilizarán al máximo las explotaciones. Los desmontes, escoriales que se saquen de los ensayes y fundiciones, lamas, laves y relaves, después de haberlos aprovechado sus dueños con los ingenios que utilizan y trabajando como lo hacen usualmente, se deben guardar y recoger, para que queden de manifiesto que están para el beneficio público, utilidad de sus dueños y aumento de la Real Hacienda[9].

Si nos movemos entre el Diccionario de la Real Academia de la Lengua y el Diccionario de Autoridades veremos cómo se considera escoria al subproducto de la fundición de la mena para purificar los metales, una mezcla de ácidos metálicos, que pueden contener sulfuros de metal y átomos de metal en forma de elemento. Suele utilizarse como un mecanismo de eliminación de residuos en la fundición del metal, además de tener otras aplicaciones, como ayudar en el control de la temperatura durante la fundición y minimizar la reoxidación del metal líquido final antes de pasar al molde. Los minerales de metales como el hierro, el cobre…, se encuentran en la naturaleza en estados impuros, oxidados o mezclados con silicatos de otros metales; y es en la fundición, cuando la mena está expuesta a altas temperaturas, cuando estas impurezas se separan del metal fundido y se pueden retirar. Los elementos que se retiran es a lo que se llama escoria. Por su parte el concepto de mena responde al mineral del que se puede extraer un elemento, generalmente un metal que se haya en cantidad suficiente para ser aprovechado. Un mineral es mena de un metal cuando mediante minería es posible extraer ese mineral de un yacimiento y luego mediante metalurgia obtener el metal de ese mineral.




Fig 4 Diccionario de la Lengua Castellana en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases y modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la Lengua. Dedicado al rey nuestro señor don Phelipe V, (que dios guarde) a cuyas reales expensas se hace esta obra. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo Primero. Que contiene las letras A. A. con privilegio. En Madrid, en la Imprenta de Francisco del Hierro, Impresor de la Real Academia Española. Año de 1726.



Las menas suelen ser óxidos, sulfuros o silicatos. El conjunto de minerales que, en un yacimiento, se encuentra en la roca explotada junto a la mena es lo que se conoce como ganga, y es lo que hace que la ley del metal disminuya, por lo que es necesario separarla de la mena, como primera etapa en la concentración. Se llama lama en una mina al lodo de mineral muy molido que se deposita en el fondo de los canales por donde corren las aguas que salen de los aparatos de trituración de las menas.

La fundición es la acción y efecto de fundir; y también la fábrica en que se funden los metales; aleación de hierro y carbono que contiene más del 2 por 100 de este. Se usa principalmente para obtener piezas por moldeo del material fundido; también se denomina así al surtido o conjunto de todos los moldes o letras de una clase para imprimir. Es la introducción de un material fundido (hierro, acero, aluminio, bronce, cobre, latón, magnesio, zinc, etc.) en una cavidad previamente preparada o molde, donde solidifica. Para la fundición debe fabricarse un molde con cavidad con la forma y tolerancias de la pieza ya que esta contrae cuando enfría. El material del molde debe ser refractario y los equipos con temperatura adecuada, con un ventero adecuado para evacuar aire y gases de fundición; y además el molde debe permitir el retiro de la colada y para luego hacer operaciones de eliminación de sobrantes. Existen distintos tipos de procesos de colado: la fundición en arena, la fundición en molde permanente, fundición en matriz, fundición por centrifugado, fundición por revestimiento, fundición por casquete o vaina. Las técnicas para la extracción de plata mejoraron con celeridad. En un inicio la plata era separada de los demás metales a través de los hornos o huairas -en los Andes-, solo para la plata de alta ley, generalmente casi a ras del suelo; para la plata de las vetas más profundas no servía este tipo de fundición.







Fig. 5 Mena de oro Servicio Geológico de los Estados Unidos de América, una agencia del Departamento del Interior.


En 1555 el español Bartolomé de Medina creó en México la separación de la plata a través del azogue, método económico pues el mercurio se podía reutilizar tras el proceso, en el cual el mercurio actúa absorbiendo la plata siempre que se encuentre en estado de polvo o harina; el resultado era una amalgamación llamada pella, después se separaba el azogue y quedaba la plata pura y de alta ley. Pero no todo el proceso de producción se realizaba gracias a las explotaciones americanas, de las minas de Almadén procedía el azogue que desde la Península se “exportaba” hacia Nueva España. Sin embargo en el virreinato del Perú contaba con las minas de Huancavelica, y donde a partir de 1572 se triplicó la producción de plata utilizando el método de amalgamación; y se disparó en Zacatecas, donde se procedió a la instalación de hornos de fundición, molinos para trituración de metales y otros ingenios. Las principales minas serán alrededor de 1545 Potosí, 1567 Pasco, 1590 Castrovirreina, 1608 Oruro, 1608 Cailloma, 1619 Laicacota; y 1619 Lucanas y Parinacochas. Las minas se convierten en centros mineros, y éstos en ciudades y centros comerciales centralizados en México para Zacatecas y Guanajuato; y en Los Reyes, para Potosí, cerro de Pasco y Huancavelica.

Los virreyes y demás justicias quedaban obligados a proveer de los bastimentos necesarios, con abundancia, a las poblaciones y asientos de minas; y que se den y sean transportados por los indios de sus comarcas a moderados y justos; se deberá apremiar a los arrieros a que los lleven pagándoles su porte sin que se consientan estancos de bastimentos[10]. Y así, se encarga a los virreyes, presidentes, gobernadores y alcaldes mayores que puesto que el descubrimiento, beneficio y labor de minas es tan conveniente para los reinos de España como de Indias, pongan particular cuidado en cumplir y hacer cumplir las órdenes dadas sobre servicio personal de los indios en los casos que en las leyes que se contienen en la Recopilación de las leyes de Indias, están determinados[11].






Fig. 6 Mina de Santa Barbara, Huanacavélica (Perú). Foto: Gabriel Bernat.



LOS VIRREYES, LA JUSTICIA Y EL COBRO DE INGENIOS MINEROS

Debido a las deudas que los mineros causaban a la Real Hacienda en cuanto a arriendo de ingenios de moler metales, se encarga a los oficiales reales procurar y cobrar estos pagos; el método de explotación de los ingenios será a partir de ahora mediante arrendamiento, medio más seguro para cobrar; y las deudas que llegado el plazo no se hayan subsanado se cobrarán sobre los ingenios de los mineros que se entienden propiedad del Gobierno y Administración de Hacienda. Los embargos y arrendamientos que los oficiales reales efectúen deberán serlo previo comunicado al virrey presidente de la Audiencia del distrito en cuestión; y éste se pronunciarán sobre cómo actuar sobre el particular; una vez dictada la resolución, se deberá ejecutar la misma, el embargo y pago de los ingenios. La petición y la respuesta se consideran autos judiciales: “si hubiere pedimentos y respuestas, que derechamente son autos judiciales de las sentencias pronunciadas”, no debe haber recurso ni apelación al virrey o presidente, porque siendo materia de justicia, la competencia la tendrá la Audiencia[12].

Por lo que respecta a las minas de Cuba, Felipe III en 1608 ordena que los comisionados por la Corona que tuviesen a su cargo la administración, asiento o cualquier otra responsabilidad sobre las minas cobre de la Isla de Cuba, procuren con esmero su explotación de tal forma que: “las minas de cobre de la Isla de Cuba procuren que se beneficie con mucho cuidado, de forma, que venga adulçado, y correoso con las cochuras, y refinos necesarios, y no tan duro y seco como hasta ahora lo han enviado para que en las fundiciones de la artillería sea más a propósito; y que lo avíen por la Habana, consignado a nuestros oficiales reales, para que lo remitan a estos Reinos en galeones de armada capitanas y almirantas de flotas, registrado y dirigido a la Casa de la Contratación, y de todo nos den cuenta por la Junta de Guerra de Indias[13].


BENEFICIO Y TRABAJO EN LAS MINAS

Ningún español, ni mestizo que no fuere dueño de minas las podrá vender, ni tampoco ningún género de metales, so pena la primera vez que incurra de la pérdida de los mismos y 100 pesos para la Real Cámara; la segunda, habrán de pagar 200 pesos; y la tercera, el individuo será desterrado perpetuamente de las minas y diez leguas en contorno; corriendo la misma suerte el comprador[14].

La Corona ordena y manda que para el beneficio y labor de las minas que sean inducidos a que trabajen y se alquilen los españoles ociosos y aptos para el trabajo, así como los mestizos, negros y mulatos libres, y sobre este particular las autoridades -las Audiencias y corregidores- tendrán particular cuidado, para no permitir gente ociosa en la tierra[15]. Al mismo tiempo que se lucha contra la mendicidad y la picaresca. A los indios no se les deberá poner impedimento en descubrir, tener y ocupar minas de oro, plata y otros metales¸ pudiéndolas labrar como lo hacen los españoles, conforme a las ordenanzas de cada provincia; podrán sacar los metales para su aprovechamiento y para pagar los tributos. Ningún español ni cacique tendrá parte i mano en la mina que trabaje el indígena, es decir no tendrá derecho ni a poseer ni a mandar en la mina que el indígena haya descubierto, explote y trabaje[16]. Y los virreyes, presidentes y gobernadores tienen orden de poner particular cuidado y diligencia en averiguar si en sus distritos hay minas de oro, plata y otros metales de que los indios tengan o puedan tener noticia. Deberán llamar a los más instruidos en las artes mineras y que sean a su criterio más competentes, “para que por sus personas, y otras, que tuvieren más pericia e inteligencia, les den noticias de las partes, sitios y lugares donde se ha entendido que las tienen ocultas, porque no los apliquen al trabajo, que resulta en su beneficio, por ser naturalmente inclinados a la ociosidad”. En nombre de la Corona se les asegurará que por su cuidado y trabajo, teniendo efecto el mismo, se les concederán, “y desde luego concedan muchos premios y exempciones” , es decir, la resolución no debe quedar solo en promesa, sino que debe efectivamente verificarse. Estos sujetos no deberán incluiré en repartimiento alguno: “… y particularmente que no sean repartidos para ningunas minas, ni deberán pagar tributos, ni ellos, ni sus descendientes a perpetuidad. Siendo españoles o mestizos, se les deberán hacer las mercedes que sean correspondientes con sus personas, con su estatus[17].

Por lo que se refiere a señalamientos, en algunas provincias de las Indias se adoptó la solución de que si muchos indios descubren una veta, de entre ellos es elegido uno solo, para que pueda pedir estacas y ejercer como dueño. La Corona se pronuncia para que no existan diferencias entre españoles e indígenas, parece que se cuidaba limar diferencias bastante más de lo que hoy se piensa y mucho más de lo que la leyenda negra ha dado por determinar; y así, “ Y porque Nos deseamos que los indios tengan y gocen del beneficio y aprovechamiento que deben tener por su diligencia e industria. Mandamos que en cuanto al estacarse en las minas que descubrieren, se guarde con ellos lo que con los españoles, sin ninguna diferencia[18]. Los virreyes deberán hacer guardar en las Indias las leyes de los Reinos de Castilla, tocantes a minas, siendo convenientes, y deberán enviar relación de las que son necesarias. Los negros y mulatos libres trabajen en las minas y sean condenados a ellas por los delitos que cometieren.


CONCLUSIÓN

Desde Carlos I se permite descubrir y beneficiar las minas a todos los españoles e indios vasallos del Rey, entendiendo por estos tanto a españoles, indios, mulatos o mestizos; la condición será declarar la producción y ciertos impuestos que el proteccionismo paternalista monárquico compensa y promociona con mercedes y recompensas. El bien de España, y la minería tiene mucho que ver en ello, era el objetivo fundamental; por tanto temas como las clases, las razas, y otras historias quedan relegados al fin primigenio. Se permite la propiedad y la explotación de las minas por parte de los indios que serán tan señores en su demarcación como lo son los españoles en cualesquiera de las suyas, así que vemos crecer y evolucionar a España, con unos valores que parecen verse ensombrecidos hoy día. Vemos igualdad en la voluntad de la autoridad, la evolución tiene un precio, y mientras se evoluciona se tropieza y se cae von frecuencia, pero para llegar a donde estamos hemos tenido que pasar primero por todo lo anterior y si acudimos a la realidad de los hechos, a los documentos, a la legislación, si estudiamos voluntades, la leyenda negra que pudo en algún momento abrumar la imagen de España, queda claramente disipada.


BIBLIOGRAFÍA

.-Diccionario de la Real Academia de la Lengua

.-Diccionario de Autoridades.

.-Novísima Recopilación de las Leyes de España

.-Escriche, J. Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia, voz Reconquista.

.-Eugenio Martínez, M. A.: Tributo y Trabajo del Indio en Nueva Granada, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, Sevilla, 1977.

.-Muro Orejón, Antonio: Apuntes de Historia del Derecho indiano (lección: La encomienda en Indias) México: Escuela Libre de Derecho-Miguel Ángel Porrúa, 1989.-Recopilación de las Leyes de Indias.

.-Konetzke , R. Colección de documentos para la historia de la formación social de Hispanoamérica, 1493-1810. Volumen I (1493-1592). Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Madrid, 1953, pp. 240-241

.-Recopilación de las Leyes de Indias.

.-Ruiz Rivera, Julian B.: Encomienda y Mita en Nueva Granada Escuela de Estudios Hispanoamericanos, Sevilla, 1975 .


[1] Recopilación de las Leyes de Indias, en adelante RLI. Libro IV, Título XIX: Del Descubrimiento y labor de las minas, Ley I, Carlos V 1568-12-9, Granada.

[2] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley II. Carlos I 1525-11-14, Toledo: Que los descubridores de minas juren de manifestar el oro y para descubrirlas, y hostiales de perlas, preceda licencia; y Felipe IV 1629-6-19, Madrid. Ley IV Felipe III 1609-01-19, Madrid: “Que se procuren descubrir minas de azogue”, que manda a los virreyes, audiencias y gobernadores, pongan esmero en que las minas de azogue de las que hubiese noticia, se descubran y exploten, y “hagan a los que las descubrieren y labraren las conveniencias que les parecieren y fueren justas”, advirtiéndose que no se darán repartimientos de indios para su explotación minera.

[3] Konetzke, R. Colección de documentos para la historia de la formación social de Hispanoamérica, 1493-1810. Volumen I (1493-1592). Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Madrid, 1953, pp. 240-241

[4] Escriche, J.: Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia, voz Reconquista.

[5] Muro Orejón, A.: Apuntes de Historia del Derecho indiano (lección: La encomienda en Indias) México: Escuela Libre de Derecho-Miguel Ángel Porrúa, 1989

[6] Eugenio Martínez, M.A.: Tributo y Trabajo del Indio en Nueva Granada, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, Sevilla, 1977; Ruiz Rivera, J.B.: Encomienda y Mita en Nueva Granada Escuela de Estudios Hispanoamericanos de Sevilla, Sevilla, 1975.

[7] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley V. Felipe IV 1630-07-07, Madrid sobre Que se guarden las ordenanzas y lo que dispone que los que sirven registren las que descubrieren para sus dueños.

[8] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley VI. Felipe IV 1629-06-18, Madrid Que se guarden las ordenanzas de denunciaciones de minas y no se prorrogue su término.

[9] RLI, Libro IV, Tomo XIX, Ley VII Felipe III en 1603-11-14, San Lorenzo sobre Que no se desperdicien en las minas los escoriales y desmontes, lamas y relaves.

[10] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley VIII Felipe II 1571-03-05, Madrid: Que los asientos de minas estén proveídos de bastimentos y no se consientan estancar.

[11] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley IX Felipe III 1610-08-14, Aranda Que se tenga cuidado con las minas y su beneficio.

[12] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley X Felipe III 1609-11-22, El Pardo Que los Virreyes y Presidentes conozcan en gobierno si conviene hazer execución en los ingenios de moler metales; y los Oficiales Reales del pleito en justicia, con apelación a las Audiencias.

[13] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley XI Felipe III 1608-12-22, Madrid: Que el cobro de las minas de Cuba se beneficie y remita conforme a esta ley.

[14] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley XII Felipe III 1617-10-17, Ventosilla: Que el que no fuere dueño de minas no pueda vender metales.

[15] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley XIII Felipe III Orden 14 del servicio personal de 1601. Que los españoles, mestizos, negros y mulatos libres sean inducidos a trabajar en las minas.

[16] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley XIV El Emperador D. Carlos y la Princesa 1551-12-17, Madrid y Felipe II 1563-04-05, Madrid. Que los indios puedan tener y labrar minas de oro y plata como los españoles.

[17] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley XV Felipe IV 1633-03-18, Madrid y Carlos II y la reyna: Que a los Indios que descubrieren minas se les guarden las preeminencias que se declaran, y haga merced a los Españoles y Mestizos.

[18] RLI. Libro IV, Título XIX, Ley XVI Felipe II y la princesa 1553-05-23, Valladolid: Que en quanto al estacarse en las minas se guarde con los indios lo que con los españoles.

miércoles, 29 de septiembre de 2010

XI Congreso de Patrimonio Geológico y Minero






http://www.sedpgym.es/index.php?option=com_content&view=article&id=144:el-congreso-de-huelva-por-videoconferencia&catid=46:congresos&Itemid=77




Publicación de Actas: "Patrimonio Geológico y Minero. Una apuesta por el desarrollo local sostenible" / Emilio Romero Macías (coord.).-- Huelva: Universidad de Huelva, 2010

1000 p; 30 cm..- (Collectanea (Universidad de Huelva ; 152)

"Se recogen las actas del XI Congreso Internacional sobre Patrimonio Geológico y Minero, XV Sesión Científica de la SEDPGYM".

ISBN 978-84-92944-22-4

1. Desarrollo sostenible - Congresos 2. Conservación de los reursos naturales - Congresos. 3 Geología - Congresos. I Romero Macías, Emilio (coord.) II Universidad de Huelva. III Título IV. Serie.

55(063)
553-04(063)


Mis ponencias:

1.-LA MINERÍA DE LA CORONA ESPAÑOLA EN INDIAS DESDE CARLOS I A FELIPE IV. DESCUBRIMIENTO Y LABOR DE MINAS. M.C. Calderón Berrocal.

2.-FUENTES PARA EL ESTUDIO DE LA MINERÍA EN LA HISTORIA. DE LAS MINAS DE CARBÓN DE PIEDRA EN LOS REINADOS DE CARLOS III Y CARLOS IV. M.C. Calderón Berrocal.

3.-ARCHIVOS MINEROS HISTÓRICOS ADHERIDOS AL SISTEMA ANDALUZ DE ARCHIVOS. EL ARCHIVO MINERO DE LA FUNDACIÓN RÍO TINTO: ARCHIVO HISTÓRICO MINERO DE LA FUNDACIÓN RÍO TINTO AHFRT Y SOCIEDAD FRANCESA DE PIRITAS DE HUELVA SFPH. M. C. Calderón Berrocal

4.-LOS ARCHIVOS HISTÓRICOS PROVINCIALES COMO FUENTES PARA EL ESTUDIO DE LA MINERÍA. M. C. Calderón Berrocal

5.-FUENTES DOCUMENTALES PARA EL ESTUDIO DE LA MINERÍA EN ANDALUCÍA I. M. C. Calderón Berrocal

6.-FUENTES DOCUMENTALES PARA EL ESTUDIO DE LA MINERÍA EN ANDALUCÍA II M. C. Calderón Berrocal

7.-FUENTES DOCUMENTALES PARA EL ESTUDIO DE LA MINERÍA EN ANDALUCÍA III. PATRIMONIO MINERO E INSTITUCIONES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA: CONSEJERÍA DE CULTURA. M. C. Calderón Berrocal

8.-FUENTES DOCUMENTALES PARA EL ESTUDIO DE LA MINERÍA EN ANDALUCÍA IV. LA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y LOS CENTROS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. M. C. Calderón Berrocal; J. Carvajal Orduña

9.-FUENTES DOCUMENTALES PARA EL ESTUDIO DE LA MINERÍA EN ANDALUCÍA V. LOS ARCHIVOS DE LAS ANTIGUAS EMPRESAS MINERAS. LA SOCIEDAD FRANCESA DE PIRITAS DE HUELVA Y SU REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR. M. C. Calderón Berrocal


Día 22, Valverde del Camino, Casa Dirección:


Muestras del Museo Minero de Río Tínto:





La Corta:


El Tren Minero y el paisaje del Río Tinto


Sesiones:




Visita a Tharsis, minas y Museo-Archivo




















Todos pendientes de la concentración motera:



La Zarza:








En el Cementerio Británico:







viernes, 23 de julio de 2010

Acoso Laboral: Desde la Prevención de Riesgos Laborales se puede hacer una gran labor en el mundo de la Archivística

.-Tema: Seguridad e Higiene y Medicina Laboral


Publicado: 15/7/2010 Lecturas: 306 Calif.: 10.00 (1 votos) Apariciones RSS: 8561 Impresiones: 52

Comentarios de Usuarios: 1 (ver comentarios)
http://estrucplan.com.ar/Articulos/verarticulo.asp?IDArticulo=2485

.-mundoarchivistico.com, Santa Fe, 19/09/2010, publicado el Domingo, 18 de Julio de 2010.:

http://www.mundoarchivistico.com/index.php?menu=articulos&accion=ver&id=196
Leído 1090 veces

http://www.mundoarchivistico.com/index.php?menu=articulos


Acoso Laboral: Desde la Prevención de Riesgos Laborales se puede hacer una gran labor en el mundo de la Archivística




Todo lo que se refleja en este artículo he tenido la oportunidad de verlo, observarlo, percibirlo y estudiarlo en el mundo del Patrimonio Documental. El compromiso y la labor a realizar son grandes y en gran medida quedan por hacer. Tomemos la Prevención de Riesgos Laborales como arma abordando dos líneas de acoso, una desde dentro y otra desde fuera, una en la que el trabajador sufre desde dentro del mundo laboral, la otra lo que sufre precisamente es la exclusión de ese mundo laboral.

“Pensamientos malos vienen muchas veces a los corazones de los hombres, de manera que se afirman en aquello que piensan para cumplirlo por hecho, y después de eso, estimar que si lo cumpliesen, que harían mal y arrepiéntense. Y por eso decimos que cualquier hombre que se arrepintiese del mal pensamiento antes que comenzase a obrar por él, que no merece por ello pena ninguna, porque los primeros movimientos de las voluntades no están en poder de los hombres. Mas si después que lo hubiesen pensado, hiciesen por cumplirlo, comenzándolo a meter en obra, aunque no lo cumpliesen del todo, entonces caerían en culpa y merecerían pena de escarnio según el yerro que hiciesen, porque erraron en aquello que era en su poder de guardarse si quisiesen”. Ley de las Siete Partidas, Partida Séptima, Título: “De las penas y de las naturalezas de ellas”, Ley 2.

Breve aproximación al concepto de acoso.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, INSHT, define el acoso laboral como “el ejercicio de violencia psicológica externa que se realiza por una o más personas sobre otra en el ámbito laboral, respecto de la que existe una relación asimétrica de poder, de forma sistemática y prolongada en el tiempo”.

El acoso moral constituye una violación de derechos fundamentales de esencial importancia, consustanciales al ser humano y al ciudadano por ello debe ser sancionado. La dignidad humana es fundamento de todos los restantes derechos constitucionales, y el acoso moral es la violación del artículo 10 de nuestro Texto Constitucional, del derecho al respeto de la dignidad. El concepto de la dignidad humana como fundamento de todos los restantes derechos fundamentales, se comparte por otros textos internacionales y comunitarios de derechos humanos. Con la misma fuerza el artículo 15 de la CE reconoce el derecho a la integridad física y moral y prohíbe los tratos degradantes. El hecho de que se considere eminentemente como violación del derecho a la dignidad, no excluye la consideración del acoso como actuación violadora de otros derechos. Además y de forma simultánea, en algunos casos el acoso moral también puede constituir una violación del derecho a la intimidad, ya que algunas de las actuaciones susceptibles de constituir acoso moral afectan directamente a la esfera privada de la víctima, por ejemplo, la realización de críticas sobre su vida privada, la puesta en circulación de rumores sobre ésta, la fabulación o invención de supuestas enfermedades de la víctima, un excesivo e inequitativo control de su trabajo o incluso intromisiones ilegales en su correo escrito o electrónico.

Se entienden como conductas constitutivas de acoso moral toda conducta abusiva o de violencia psicológica que se realice de forma sistemática sobre una persona en el ámbito laboral, manifestada especialmente a través de reiterados comportamientos, palabras o actitudes que lesionen la dignidad o integridad psíquica del trabajador y que pongan en peligro o degraden sus condiciones de trabajo.

Acoso en el trabajo. El efecto en las víctimas

Las víctimas de acoso psicológico en el trabajo quedan muy afectadas. Las injurias o los bulos, las agresiones verbales, humillaciones, críticas, acusaciones gratuitas o “ningunear” al trabajador, es decir, dejar sin hacer nada al trabajador, dejar su puesto de trabajo vacío de contenido son conductas típicas de los acosadores laborales. Los expertos suelen clasificarlos siguiendo un patrón doble. Por una parte los psicópatas en la organización, gente normal que puede resultar encantadora pero que no tiene ni conciencia moral ni ética; por otra parte los narcisistas, que eliminan de su alrededor a todos quienes puedan hacerles sombra e intentan rodearse de personas mediocres y sumisas.

Tiene efectos múltiples este tipo de maltrato psicológico en el ámbito laboral, de forma continua y reiterada, con premeditación y con consciencia de lo que se está efectuando, pues un maltratador, un acosador, no lo es casualmente, ni sin darse cuenta, la premeditación es inherente a este delito también conocido como «mobbing»; entre sus efectos primarios tiene dolores de cabeza, musculares y articulares, irritabilidad, ansiedad, ataques de pánico, sensación de muerte inminente o cardiopatías, pérdida de memoria, capacidad de concentración y autoestima, pérdida de la confianza en sí mismas ….; ocasionando otros daños psicológicos, no visibles, pero que, -muchas veces-, somatizan en daños físicos y que pueden ser desde dermatitis hasta insomnios o estrés pasando por depresiones, enfermedades gastrointestinales; unos daños que, en muchas ocasiones, pueden ser irreversibles, y cuanto más avanza el acoso, más difícil es su recuperación. No estamos hablando de mal ambiente de trabajo, estamos ante un delito, y muy grave por las consecuencias que del mismo se desprenden.

El acoso psicológico en el trabajo, suele entenderse como las situaciones de maltrato producidas, al menos, dos veces por semana y de forma reiterada durante seis meses; pero sin embargo, afortunadamente hay sentencias que se fijan más en la gravedad del daño que en la periodicidad de las agresiones, y si se demuestra la intencionalidad delictiva del acosador, si se demuestra que el acosador pretendía causar daño a propio intento, a veces, ni siquiera es necesario llegar a los seis meses de rigor, ya que en un tiempo considerablemente inferior se pueden estar produciendo graves daños. Hay que precisar que el acosador huye del maltrato físico y extrema su cuidado porque sabe perfectamente que ser descubierto y poderlo probar mediante testimonios o testigos, lo lleva a los tribunales con total seguridad donde se decidirá el monto de su pena.

Por otra parte existen tantos casos de acoso vertical, el que ejerce el jefe hacia sus inferiores jerárquicos, como horizontal, el que se establece entre compañeros; del mismo modo puede existir acoso laboral vertical en sentido inverso, el que se produce desde niveles jerárquicos inferiores hacia superiores, caso típico del acoso a un profesor por parte de parte del alumnado. En este último caso, igualmente se establece el tipo de rivalidad y lucha de poder unilateralmente (de parte solamente del lado del acosador) hacia el docente; en el “mejor” de los casos el docente podrá padecer un caso de burnout, que es el llamado síndrome del quemado. Si la jerarquía no soluciona los problemas, el acosado tendrá dos salidas, la enfermedad o la renuncia a su puesto.

Según la intencionalidad existe un tipo de maltrato que surge de la propia empresa buscando un despido barato y decide hacer enfermar a una persona a través de este tipo de prácticas conductuales, la víctima caerá en una depresión con una sintomatología de síndrome postraumático y entrará en una fase de incapacidad temporal o permanente según sea la gravedad de los daños.

También existe la modalidad del acoso basado en un disfrute psicopatológico donde una víctima, que en principio presenta una personalidad fuerte, termina convirtiéndose en alguien débil, o vulnerable, por su afectación, tales son los extremos a los que se deviene por medio del acoso laboral.

Es por esto que es importante que quede constancia por escrito de que la persona se reconoce como tal, de que se siente víctima y que, desde ese mismo momento, se esfuerce por superar las circunstancias que la hacen sentirse así. Llevar un diario laboral es algo fundamental para después no dudar de lo que ha pasado, las habilidades psicológicas del acosador no son pocas, suelen tener infinitos recursos para llevar a cabo un elaboradísimo plan de actuación, son escrupulosos estrategas que basan su fuerza en infundir miedo a su víctima y cuya defensa será decir e intentar probar por todos los medios que a su víctima le falla la cabeza.

El diario de trabajo, partes y notas informativas datadas y rubricadas, con testimonio de recepción, serán un arma inigualable en el futuro proceso judicial, de donde la víctima va a poder recabar tanto fechas como circunstancias y testigos; el acosador evitará de todo punto evitar la concurrencia de testigos y sus tropelías tendrán lugar la mayor parte de las veces cuando no haya nadie que pueda dar fe de sus actos. Aunque normalmente, es muy difícil encontrar apoyos de compañeros incluso si estos son considerados como amigos de la víctima, la gente no quiere problemas; sin embargo de vez en cuando podremos sorprendernos gratamente ver concurrir a personas absolutamente desinteresadas y que en virtud de la justicia presentan su declaración y testimonio.

Es conveniente que la víctima antes de que empiece a ver resquebrajarse su fuerza psicológica, ponga el caso en conocimiento de la empresa o/y de la Administración, de los sindicatos, inspección de trabajo y departamentos de prevención. Nunca callar, porque hablar es una de las formas de cortar el acoso. Aunque en ocasiones, nada de esto vale, las circunstancias parecen confabularse contra la víctima gratuitamente tal como si fuera el objeto directo de un complot lamentable.

Hay que decir que el hecho de ser acosado no implica una debilidad previa de la víctima. Y no hay que confundir la realidad personal con la imagen que tenemos de la víctima, cuando ya ejerce de tal, la víctima como la persona que queda después del acoso, personas que cuando pasan a ser blanco del acoso se convierten en débiles; pero porque están afectadas, pero en realidad no lo son, si lo fueran realmente, habrían cedido antes o después a las pretensiones del acosador, que establece una lucha de poder con ella, aunque una lucha unilateral; porque la víctima, en principio, ni repara en la persona del acosador, que podrá actuar solo o en grupo; no por manifestarse solo deja de poder considerarse como acoso porque no existe concurso de otros, el concurso de otros puede o no existir, el acoso se establece independientemente del grupo anexo, aunque indudablemente, si existe, contará con él para manipularlo a su antojo y en su beneficio; por lo que es una verdadera vergüenza que el grupo, -que adopta la personalidad de un rebaño de ovejas-, se deje manipular, por cobardía, por conveniencia o por complicidad activa o pasiva, pues recordemos que la omisión y la inhibición en determinadas ocasiones, puede ser sinónima de delito, porque estamos ante hechos delictivos. No lo olvidemos, un delito, luego el acosador es un delincuente, y su cómplice otro.

Los acosadores suelen ser personas cobardes que, cuando la víctima les planta cara con seguridad y les demuestra que se les va a hacer frente, cortan con los malos tratos, porque quieren obtener placer pero sin asumir muchos riesgos. De todas formas existe otro tipo de acosador que para nada es cobarde, es osado y atrevido y carece de principios morales y éticos, lo que le emborracha inhibiéndole y le obnubila porque pierde la perspectiva de toda referencia moral y/o ética frente a su víctima, en un afán de reafirmarse y reconocerse como “persona” o “personalidad” válida pues entiende que es superior porque “puede” con la víctima. Todo un trastorno psicológico. Esto pasa en la sociedad competitiva en la que vivimos, individualista, insolidaria, inhumana y sin conciencia social real.

El Efecto del Acoso en las Víctimas es de todas todas muy negativo, se deja sentir en sus relaciones sociales que se resienten con conflictos y en la desgana de la víctima para atender encuentros sociales donde el acosador podría aparecer, y en general desgana por atender a las relaciones sociales, la víctima está cansada por dentro, no tiene ganas de nada, pero que de nada.

Como resultado del acoso, las víctimas pierden tiempo tanto en trabajo como en estudios porque la cabeza no les deja de dar vueltas, buscando una explicación a tantos desmanes o por una definitiva pérdida de concentración y de confianza en sí mismas; buscan alejarse del problema y pueden decidirse por un cambio de trabajo o de centro.

Generalmente la víctima además de no encontrarle solución al problema advierte que sus acciones, sean cuales sean, no logran sino empeorar la situación; y esto, fundamentalmente, porque el acosador de ninguna manera quiere una solución, el problema lo ha creado él con un fin, deshacerse de la víctima, por supuesto no va a dialogar ni a pactar nada con ella, a menos que sea en términos de dominación, ese sí es su objetivo: reducir a la víctima, que no es sino un objeto pasivo de su admiración, pero la envidia enturbia su visión y en vez de admirar lo que hace es atacar lo que no puede alcanzar.

Ya Alfonso X El Sabio en Las Siete Partidas, Partida 3ª, Ley 59, definía el concepto de arrepentimiento diciendo así: “tanto es como tener hombre por mal la cosa que ha hecho sin gusto, y tener voluntad para partirse de ella, Y por esto en latín dice el que se arrepiente: poeniteo, que es "yo me arrepiento y duélome desta cosa y quiérome partir de ella y estoy preparado para sufrir la pena que por ello me dieren. De donde del arrepentimiento que se hace con dolor del mal que hizo, y de la pena que toma para enmendarlo, nace el nombre penitencia”.

Hay intencionalidad, no se actúa sin querer, existe voluntad en los actos, estos son delictivos, no existe arrepentimiento, no existe un dolor por el daño que se ha cometido, sino más bien actitud de triunfo, por tanto no hay voluntad de enmendar nada, y aunque el acosador@ fuera castigado, esto es algo patológico en su carácter y por tanto la actitud sería reincidente.

Esto se da en cualquier tipo de trabajo, y en la docencia se puede establecer una relación de admiración-rivalidad por parte de determinados miembros del alumnado con respecto al propio profesor, que puede con suerte, reconducir la situación, acudir a la dirección, o decidirse por la renuncia. La mayoría de las víctimas de acoso no sabrán por qué actuaciones determinarse para terminar su victimización, para solucionar el problema. Pero dos no pelean si uno no quiere, y lo mismo, dos no se avienen si uno no quiere, y en el caso del acosador inherentemente a su condición está la negativa al acuerdo. Y así la víctima vivirá el conflicto con temor a que el próximo ataque sea peor que el anterior, porque si no se ataja, el acosador se crece, y puede llegar hasta límites insospechados. Pero por otra parte el acosado es un ser social, pacífico, educado, civilizado; el acosador aunque pueda aparentar educación e incluso sutileza, cree que vive en plena selva, a las leyes que se ajusta no son las consensuadas socialmente, sino las suyas propias, las que él mismo impone, y a las que el acosado no se permite rendirse, y esto es precisamente el motivo de su calvario.

Si volvemos a Las Siete Partidas y a Alfonso X en el TÍTULO 5: “De los prelados de la Santa Iglesia que han de mostrar la fe y dar los sacramentos”, en la Ley 33, esgrimía y conceptuaba según jerarquía una serie de delitos que confluyen en este tema del acoso laboral y que aparecen destacados en cursiva, tipifica como “Pecados muy grandes y muy desmedidos son según disposición de la Iglesia: matar hombre a sabiendas o de grado, o hacer simonía en orden o ser hereje. Y los medianos pecados dicen que son estos, así como adulterio, fornicación, falso testimonio, robo, hurto, soberbia, avaricia, que se entiende por escasez, saña de mucho tiempo, sacrilegio, perjurio, embriaguez continuadamente, engaño en dicho o en hecho, del que viene mal a otro”. En la Ley 34 conceptúa como pecador menor, -entendiendo el pecado como cosa punible, sujeto a pena, sujeto a la justicia-, al que habla o calla más que no conviene”, asimilable con los conceptos de acosador y cómplice, acosador que habla en demasía pretendiendo ocultar la verdad / cómplices., que callan por temor al acosador”.

Especialmente ilustrativo es como comienza la Partida Séptima, “que habla de todas las acusaciones y malfetrías que los hombres hacen, por las que merecen recibir pena”. En su introducción dice así: “Olvido y atrevimiento son dos cosas que hacen a los hombres errar mucho, pues el olvido los conduce a que no se acuerden del mal que les puede venir por el yerro que hicieron y el atrevimiento les da osadía para cometer lo que no deben; y de esta manera usan el mal de manera que se les torna como en naturaleza, recibiendo en ello placer. Y porque tales hechos como estos se hacen con soberbia, deben ser escarmentados crudamente, porque los que los hacen reciban la pena que merecen, y los que lo oyeren se espante y tomen de ello escarmiento por el que se guarden de hacer cosa que reciban otro tal”.

Estamos viendo que este delito es tan antiguo como el hombre mismo. Estamos viendo que el mobbing es el acoso psicológico en el trabajo y que tiene el objetivo de destruir la estabilidad psicológica de una persona gratuitamente, a través del descrédito y se manifiesta cercando, acosando grupalmente, de tal manera que la víctima se vea señalada, acorralada y no pueda defenderse, porque los testigos de repente se convierten en mudos, testigos pasivos que permiten el descrédito, tortura y destrucción de una persona empezando por su moral, por su espíritu, para llegar a somatizar y crear en el objeto pasivo verdaderos padecimientos físicos; ni tampoco explicarse, ya que el descrédito en el que la han sumido ha desvalorado sus palabras y su criterio, aunque sea el correcto, y llegue a carecer de valor alguno.

El aislamiento al que la víctima quedó sometida traerá sus consecuencias, no solo laborales como por ejemplo la posible claudicación de sus sistemas de afrontamiento o posibles despidos, jubilaciones anticipadas, invalidez, la exclusión del mundo laboral, alteración del equilibrio socio-emotivo y psicofísico de la víctima, problemas psicológicos varios que pueden llegar hasta el suicidio o accidentes laborales cuando menos, con resultado de muerte o no. Si el principal objetivo del acosador es que la víctima desaparezca del ámbito laboral, vemos con lo anteriormente dicho que realmente en muchas ocasiones lo consigue hasta literalmente; y esto como “castigo” a su no sometimiento.

Y la empresa también queda castigada, el no afrontar positivamente el problema también traerá consecuencias para ella, para la organización, pues tendrá que afrontar la pérdida de los trabajadores más brillantes y con ello se expone a un descenso de la eficacia por el mal clima laboral reinante, un contexto tóxico y expansivo, también la desaparición de la eficiencia por la extensión de la mediocridad técnica y humana.

Para afrontar la recuperación ha de lograrse la desactivación emocional, desconectar emocionalmente, dejar de captar tantas emociones, difícil sin duda; y haber superado el conflicto haciéndose fuerte ante él y volver a experimentar ilusión por vivir, saber que existe una vida, que puede ser hasta feliz, después de un caso de acoso. A veces la vida nos depara sorpresas muy gratas, pero hay que pasar página y vivir, sentir, seguir creciendo personalmente, sin que ningún indeseable se interponga en nuestro camino, por eso es fundamental cambiar de ambiente; un cambio de tercio, que aparentemente puede ser considerado por algunos como una derrota, lo que puede significar es una inmensa victoria, con la seguridad de que una vez superado el caso, la víctima se habrá fortalecido y madurado y se puede proyectar hacia el exterior, si quiere exponiendo incluso su experiencia, con el objetivo de abrir los ojos de otras personas a la realidad candente de un pobre, miserable, mundo y ambiente laboral general. La mediocridad laboral es promovida por la envidia del acosador; esto se combate creando un clima laboral sano, educando a la gente, concienciando y aplicando políticas de RSC o Responsabilidad Social Corporativa.

Para las víctimas de acoso este hecho supone un impacto negativo significativo en sus relaciones sociales. El acosador crea conflicto en las relaciones socio-laborales de la víctima, y en la mayoría de los casos el motivo son los celos profesionales o personales. Las víctimas suelen presentar o sufrir conflicto en sus amistades como resultado de ser acosadas; de este modo el conflicto suele sustentarse en la desgana de la víctima para atender las relaciones sociales que el acosador podría frecuentar, y la frustración del amigo surge al creer que la víctima no estaba desalentando suficientemente a su acosador.

El acosador se sitúa fuera del tiempo, no es acosador sobre un objetivo determinado en un momento determinado, si esto fuera así el acoso tendría la posibilidad de expirar algún día; por el contrario el acosador lo es en el tiempo, va más allá del aquí y ahora, lo será por años, y si la víctima desaparece de la cercanía del acosador, si vuelven a coincidir por circunstancias de la vida en el mismo puesto de trabajo, con muchísima probabilidad la víctima volverá a ser acosada por la misma persona. Y como en el caso de la violencia de género, muchas de las víctimas vivirán con miedo perpetuo a volver a verse acosadas o asaltadas físicamente, psicológicamente, sexualmente o temer incluso por su vida, en el caso de la violencia de género, muy desgraciadamente esta última aseveración llega a consumarse con penosa frecuencia.

Hay que decir que así como no hay una típica víctima, si existe una personalidad definida de acosador, que siguiendo a Marie-France Hirigoyen, en su obra “El acoso moral”, sería un conjunto de características que confluyen de forma determinante tales como aquel sujeto que tiene una idea grandiosa de su propia importancia, que le absorben fantasías ilimitadas de éxito y de poder; que se considera especial y único; que tiene una necesidad excesiva de ser admirado; que piensa que se le debe todo; explota al otro en sus relaciones interpersonales; carece de empatía aunque pueden ser muy brillantes socialmente; puede fingir que entiende los sentimientos de los demás; y tiene actitudes y comportamientos arrogantes. Añadimos que suelen ser personalidades muy agresivas y competitivas. Maltratadores sistemáticos, más psicológicos que físicos.

El maltrato psicológico se basa en comportamientos intencionados, ejecutados desde una posición de poder, legal o autoatribuido, y encaminados a desvalorizar, producir daño psíquico, destruir la autoestima y reducir la confianza personal. Su padecimiento lleva a la despersonalización, al mismo tiempo que genera dependencia de la persona que los inflige. El maltratador se vale para ello de insultos, acusaciones, amenazas, críticas destructivas, gritos, manipulaciones, silencios, indiferencias y desprecios.

Su incidencia es grande, así como la gravedad de las secuelas que produce, que genera un alto coste social y económico, y supone una degradación de la persona por la violación del derecho de las personas a ser tratadas dignamente y por el respeto que merece la vida los convierten en una cuestión de gran relevancia pública.

No son tan visibles ni manifiestos como los físicos y en muchas ocasiones la propia víctima no es consciente de ellos, pero sus consecuencias pueden ser más graves y duraderas en el tiempo.

Las agresiones continuadas, tanto verbales como no verbales expresadas por medio del silencio, la indiferencia, los gestos..., crean una relación oscura de dependencia entre el maltratador y la víctima; e inexplicablemente ambos roles beben el uno del otro; la víctima siente que no es nadie y el miedo y la angustia la paralizan, un proceso destructivo en el que va perdiendo la confianza en sí misma y la capacidad de respuesta, se va anulando; y el maltratador se siente que es alguien a través de la dominación que ejerce sobre la víctima. La situación de dependencia es tal que la víctima termina protegiendo y disculpando al maltratador en ocasiones, es como una asunción del Síndrome de Estocolmo.

Defiende Hirigoyen que los narcisistas tienen algunas características propias de los paranoicos aunque no lo son, pudiendo presentarse como moralizadores dando incluso lecciones de rectitud a los demás; los caracterizaría una gran rigidez psicológica, obstinación, intolerancia, racionalidad fría, dificultad para mostrar emociones positivas y desprecio al otro; se muestran desconfiados y temor exagerado de la agresividad ajena, sensación de ser la víctima de la crueldad del otro, celos, suspicacia; y suelen hacer juicios equivocados, interpretando acontecimientos neutros como si fueran adversos.

Muy importante es como detectar al agresor ya que la imagen que proyecta hacia el exterior es bastante positiva, y aunque su intención es causar daño, generalmente no es consciente de todo el daño laboral, físico y psicológico que puede llegar a causar. Pero una clave importante es que estos agresor@s no se centran en sujetos serviciales y disciplinados, siendo la envidia por los éxitos y los méritos de los demás, el miedo a perder determinados privilegios lo que desencadena su agresividad y todo un rosario conductual de acoso procedente de la codicia, irritación rencorosa, que se desencadena a través de la visión sui generis de felicidad y de las ventajas del otro; y todo ello le empuja a eliminar de raíz cualquier posible obstáculo que entienda se cruza en su camino.

Las víctimas del mobbing no tienen por qué ser personas débiles o con una deteriorada salud psicológica, ni personas con rasgos diferenciales marcados o que presenten dificultades a la hora de relacionarse socialmente; por el contrario, y generalmente, las víctimas se destacan involuntariamente, inconscientemente, siendo blancos perfectos a los ojos del agresor, y el enfrentarse directamente al acoso las hace especialmente atractivas para el acosador@ porque para él suponen un reto.

Cualquier persona en cualquier momento puede convertirse en una víctima, basta únicamente con ser percibida como una amenaza por un agresor potencial y encontrarse en un entorno favorable para la aparición de este tipo de fenómeno. Iñaki Piñuel en su libro “Mobbing” explica que las víctimas suelen ser profesionales brillantes que despiertan admiración entre sus compañeros, bien considerados dentro de la organización. Por eso despiertan celos en los mediocres.

Como la posible víctima se significa laboral y socialmente el acosador necesita buscarse recursos para aplastarla, por eso mentirá, desacreditará y la enfrentarla al resto del grupo; intentando granjearse el concurso y apoyo de los demás, aunque participen con su omisión, que también es una forma de participar, y nada pasiva, la omisión es una práctica muy violenta, de sus consecuencias deduciremos su gravedad. Por eso la imagen que pretende proyectar el acosador de su víctima tiene muy poco que ver con la realidad, pretenderá descargarla de valores y presentarla como poco inteligente, mediocre, holgazana, siendo en realidad todo lo contrario, inteligentes o muy inteligentes y/o muy trabajadores, se sitúan por encima del resto de alguna forma; su inteligencia o/y su preparación pueden llegar a cuestionar sistemáticamente los métodos y formulas de organización del trabajo que les vienen impuestos o los que pretende imponer el acosador@; por ende, envidiables a los ojos del maltratador@, que llegará a envidiar incluso las condiciones favorables de carácter extralaboral de la víctimas como vida social y familiar, consideradas como satisfactorias desde la óptica del acosador, aunque puede incluso que esto no corresponda a la realidad, todo lo tamiza y proyecta el acosador desde su prisma particular.

En la Partida Séptima, Título 6 “De los infamados”, tenemos que: “Infamados son algunos hombres por otros yerros que hacen que no son tan grandes como los de las traiciones y de las alevosías”. Según la Ley 1: “Fama es buen estado del hombre que vive derechamente según ley y buenas costumbres, no teniendo en sí mancilla ni maldad. E infamamiento tanto quiere decir como porfazamiento que es hecho contra la fama del hombre, y que dicen en latín infamia. Y hay dos maneras de infamamiento: la una es la que nace del hecho tan solamente; la otra nace de ley que los da por infamados por los hechos que hacen”. Título 7: “De las falsedades”. Ley 1: “Falsedad es mudamiento de la verdad. Y puédese hacer la falsedad en muchas maneras…todo juez que da juicio a sabiendas contra derecho, hace falsedad; y aun la hace el que es llamado por testigo en algún pleito, si dijese falso testimonio o negare la verdad del hecho sabiéndola. Y eso mismo hace el que da precio a otro porque no diga su testimonio en algún pleito de lo que sabe”.

Todo este conjunto de agresiones va minando a la víctima que quedará afectada en el tiempo, su padecimiento personal no va a terminar con el alejamiento de ese tóxico ambiente laboral; presentará manifestaciones diversas que pueden responder a diversas patologías interconectadas, patologías psicosomáticas como dolores y trastornos funcionales, estrés, dificultades de atención, concentración y memoria, miedo acentuado y continuo, que no termina saliendo del puesto de trabajo; irritabilidad, sentimientos de amenaza y ansiedad; desarrollará inseguridad, torpeza, indecisión, conflictos con otras personas e incluso familiares; será presa de la depresión, disminución de autoestima, miedo al fracaso, reacciones paranoicas, agravamiento de problemas previos trastornos y enfermedades, y somatizaciones múltiples y trastornos orgánicos como palpitaciones, temblores, desmayos, dificultades respiratorias, gastritis y trastornos digestivos, pesadillas, trastornos del sueño; se disparan los mecanismos de alerta de la víctima, que estará vigilante y en tensión constante; sufrirá frecuentes dolores de cabeza, espalda…; como trastornos emocionales como el sentimiento de fracaso, impotencia, apatía, frustración, infravaloración, desgana o apatía y baja autoestima; trastornos en la alimentación; adoptará comportamientos sustitutorios como adicciones o conductas de evitación, la víctima tenderá a evitar aquello a lo que en cierto modo teme, adopta así una conducta de evitación, de no afrontamiento y con ello la persona cada vez devendrá a peor, cada vez tendrá más fobias y temores, siendo presa de la indefensión y llegando en casos extremos al suicidio.

Los daños fisiológicos han sido valorados por la Técnico de Prevención de Riesgos Laborales Elisa Boberg, estimando que la tensión emocional aumenta el riesgo de infarto de miocardio; se producen subidas bruscas de tensión, con riesgo de accidente vascular; agravamiento de la diabetes; se reduce la producción de andrógenos y estrógenos así como el interés sexual; se inhibe el sistema inmune, lo que puede propiciar el desarrollo de enfermedades como el cáncer; estimula comportamientos poco saludables: tabaco, alcohol, anorexia...

Con respecto al entorno social las víctimas se tornarán muy susceptibles, hipersensibles a la crítica, desarrollarán desconfianza y aislamiento, evitación, retraimiento, o agresividad y hostilidad como manifestaciones antisociales.

La vertiente laboral se afectará de malestar en las relaciones laborales, pérdida de ilusión e interés por los proyectos comunes, accidentabilidad por negligencias o descuidos; se produce un lento deterioro de la confianza en sí misma y en sus capacidades profesionales por parte de la víctima; la víctima deberá cargar también con la estigmatización social en los sectores de actividad laboral próximos. Y también la empresa se verá afectada en su reputación por no atender y gestionar debidamente un problema de magnitud tal. En muchos casos, el mobbing persiste incluso después de la salida de la víctima de la empresa, con informes negativos o calumniosos a futuros empleadores, eliminando así la futura empleabilidad de la víctima, esto supone en realidad un mobbing doble.

La vertiente familiar se verá afectada de agresividad e irritabilidad, desplazamiento de las responsabilidades y compromisos familiares, trastornos médicos y psicológicos en otros miembros de la familia, y afectación de la afectividad y sexualidad que puede devenir incluso en separación matrimonial. Desarrollo de la culpabilidad en la víctima, la propia familia suele cuestionar su comportamiento, y así la víctima llega a verse en la creencia de haber cometido verdaderamente errores, fallos o incumplimientos.

El acoso es un daño general, que empieza no se sabe bien cuando y en qué momento y que llega a envolver el mundo de una persona en todas sus facetas, laboral, social, familiar, personal... Volviendo de nuevo la vista hacia la Edad Media, y acudiendo de nuevo a la documentación y a la fuente básica de Las Siete Partidas, donde vemos como hay circunstancias que ya se daban en plena Edad Media y donde encontramos perfectamente descritos algunos de los conceptos fundamentales que se barajan en este tema. De este modo encontramos la definición de daño en la Partida Séptima, Título: “De los daños que los hombres o las bestias hacen en las cosas de otro, de cualquier naturaleza que sean”. Y así, en su Ley 1 encontramos que: “Daño es empeoramiento o menoscabo o destrucción que el hombre recibe en sí mismo o en sus cosas por culpa de otro. Y hay tres maneras de él: la primera es cuando se empeora la cosa por alguna otra que mezclan con ella o por otro mal que le hacen; la segunda es cuando se mengua por razón del daño que hacen en ella; la tercera es cuando por el daño se pierde o se destruye la cosa del todo”.

Y en el Título 16: “De los engaños malos y buenos, y de los baratadores”, Ley 1, se nos advierte que: “Dolus en latín tanto quiere decir en romance como engaño; y engaño es enartamiento que los hombres hacen unos a otros por palabras mentirosas o encubiertas o coloradas que se dicen con intención de engañar o defraudar; y a este engaño dicen en latín dolus malus, que quiere tanto decir como mal engaño. Y como quiera que los engaños se hagan de muchas maneras, las principales de ellas son dos: la primera es cuando se hace por palabras mentirosas o arteras; la segunda es cuando preguntan a algún hombre sobre alguna cosa; y él calla engañosamente no queriendo responder, y si responde dice palabras encubiertas, de manera que por ellas no se puede hombre guardar del engaño“.Ley 7: Por ejemplos no podría hombre contar en cuantas maneras hacen los hombres engaños los unos a los otros, por esto hablaremos de algunos de ellos, según mostraron los sabios antiguos, por los que los hombres puedan tomar apercibimiento para guardarse, y los jueces sean otrosí sabedores para conocerlos y escarmentarlos”.

Para romper el círculo del "mobbing" Iñaki Piñuel sugiere que lo primero que hay que hacer es que la persona se convenza de su propia inocencia. No ha hecho nada para merecer eso. Tiene que hacer frente a la situación utilizando una estrategia inteligente y asertiva; deberá buscar apadrinamiento entre las personas del entorno, algo difícil porque los compañeros son testigos mudos de lo que pasa; y actúan como si no fuera con ellos, como si en realidad no les afectara. La víctima tiene que lograr el apoyo de la familia, de la pareja. La relación de pareja puede entrar en crisis porque la irritabilidad que provoca el acoso se proyecta sobre el cónyuge y sus hijos y porque el desconocimiento del tema por parte de la pareja produce una segunda victimización en casa: "Algo habrás hecho". Es muy importante la asistencia psicológica especializada, y es muy difícil para la persona salir por sí misma adelante. La recuperación definitiva de la víctima suele durar años y, en casos extremos, no se recupera nunca la capacidad de trabajo.

Fundamentalmente lo que la víctima va a necesitar, dado lo vulnerable de su posición, es ayuda y justicia, comprensión, afecto, consejo; su salud se verá tanto más afectada cuanto menos apoyos reales tenga en el ámbito laboral, social y familiar. De todo esto se infiere que un caso de acoso laboral no afecta solo a una persona sino que tiene trascendencia social, pues igualmente se ven afectados la empresa, los compañeros, amigos y familiares. Pero de todas formas las consecuencias son devastadoras para la víctima, quien se pregunte que por qué no abandona su puesto de trabajo, que se responda si él mismo lo haría, es su trabajo, su realización personal, la víctima disfruta con su trabajo lo que se le hace irrespirable es la energía negativa que proviene de parte del@ acosador@. Los tentáculos del acosador@ llegan igualmente a afectar a la víctima de forma profesional, quienes no conozcan el caso pueden llegar a dudar de la víctima, incluso si conocen a la víctima dudarán, por lo que esta se ve afectada profesionalmente, no solo en su crédito personal sino también profesional. A raíz de aquí posiblemente la víctima empeore profesionalmente o se estanque cuando menos confirman los estudios de Knorz y Zapf; y no hay que olvidar que la víctima por fuerte que sea se ve disminuida en su proyección social y por ende laboral, le falta realmente confianza en sí misma y el mercado laboral marca tendencias muy agresivas; todo esto se traduce en una exclusión del mundo laboral. Un profesional cualificado o no, con una amplia experiencia en su sector se encuentra que tiene que empezar de cero pero, por lo general, en los cuarenta de su vida, lo que se empeora a medida que avanza en edad.

También hay que tener en cuenta que generalmente las víctimas de acoso laboral superan los cuarenta con lo que eso conlleva, dificultad para una reubicación por los problemas de empleo que España tiene pre, crisis, y los tendrá post-crisis con mucha probabilidad, la víctima tiene lo que vulgarmente se dice “plomo en las alas”, su padecimiento ha disminuido sus fuerzas, pese a que es joven, no tiene ya la fuerza -más psicológica que física- con la que contaría de no haber estado sujeta a este padecimiento; además se hace más vulnerable, no débil, pero sí es cierto que sí más vulnerable, le afectan más las cosas y se enfrenta a ellas con disminución en sus fuerzas. Estamos pues ante lo que Leymann y Gustafsson en 1996 definieron como Síndrome de Estrés Postraumático SSPT que es padecido por la víctima a causa del acoso, siendo estás generalmente mayores de cuarenta años, infrecuentemente menores a esta edad.


Acoso y derribo al trabajador en torno a los cuarenta. El acoso versus exclusión laboral.

Nos encontramos ahora con otra forma de acoso laboral, esta vez a priori y desde las empresas, tanto públicas como privadas, es el acoso y derribo al trabajador a partir de los cuarenta, todo un golpe decisivo al concepto de Salud y Seguridad Ocupacional y Ambiental.

No hay más que asomarse a la ventana para ver el panorama que tenemos, panorama del que soy testigo en España pero que me consta se hace extensivo a otras partes del mundo.

Quien se sitúa en la otra parte de la mesa, el contratante o el entrevistador, han decidido con soltura convocar procesos de selección en los que, si entra una persona en la cuarentena de su vida, lo más probable, lo más seguro, es que se dé el paseo desde su casa al lugar de la convocatoria en balde. Al parecer el mundo es de los que están en el lustro primero de los treinta, -¡…qué fugaz es la vida…!-, cuando tengas treinta y seis no es que no seas joven, es que directamente van a ir prescindiendo de ti alegremente y no le encontrarás una lógica explicación, simplemente, porque no la tiene.

La gente se olvida de la experiencia, habilidades y conocimientos que ha adquirido un profesional con la trayectoria que da el haberse dedicado toda su vida laboral al ejercicio de su profesión. Y cuando estás en el mejor momento de tu vida, personal y profesional, deciden que ya no es tiempo para ti, que es el turno de otros. ¡¿Pero no parece un poco pronto jubilar fácticamente a una persona en los cuarenta de su vida?! .

Los profesionales que obtuvieron su titulación en el siglo XXI, es decir, año 2000 en adelante, tienen la sartén por el mango, son seleccionados con mayor frecuencia o son ellos mismos los seleccionadores, lo que supone que cargos que tradicionalmente han estado ligados a personal con largo historial profesional han sido ocupados por personas con una experiencia inferior a diez años, y eso en el mejor de los casos. Esta situación, aparte del tremendo desconsuelo que produce, se manifiesta en un índice fortísimo de desempleo en el grupo de edad que toca y supera los cuarenta y que es el que ocupa y engrosa progresivamente las listas de desempleados.

Tantos profesionales con largo y denso historial laboral, en paro, no significan sino que el país no va nada bien, y la situación en este grupo de edad se vuelve delicada no ya en tanto a lo económico, el dinero es importante pero no lo es todo, pero a veces es realmente necesario, no hay más que ver la cantidad de “sin techos” que nos encontramos por la calle, y el índice de mortalidad entre éstos parece ascender cada invierno. ¡¿…No es una pena realmente…¡?, le pregunto, desde aquí, a quienes tienen la oportunidad de remediarlo.

El tema no es sólo económico, también es psicológico, por fuerte y entrenada que pueda estar una persona, por en su sitio que tenga su autoestima, su valor y su coraje, este bocado es muy duro de roer.

Este problema tiene por supuesto una dimensión social, qué crudo es el invierno que vemos desde la ventana de la falta de valores en general, donde una vez que se ha llegado a “la cima” entendida como plenitud de facultades físicas y mentales, a uno le toca quedarse fuera, podríamos bautizar a este sentimiento que se experimenta como el “Síndrome de Moisés”, que una vez condujo con criterio a una fuerte multitud hacia la Tierra Prometida, una vez que demostró todas sus capacidades, se quedó a las puertas de la prometida Tierra Prometida.

En lo profesional se está prescindiendo precisamente de quienes más tienen que aportar a la sociedad. A partir de los cuarenta se es joven, ¡quién dice que no!, pero se tiene una perspectiva, una serenidad, una fuerza, una seguridad, de la que carece una persona que está empezando; sobre todo se tiene muchísimo que aportar, porque se han visto muchas cosas y acudiendo al refranero español que es sabio: “la experiencia es la madre de la ciencia”. Es como si todos los ingredientes con los que nos hemos encontrado en nuestra vida personal y profesional, se hubieran agitado y al final pasasen tamizados en una pasta fina formada solo por lo importante, lo fuerte, lo realmente valioso, madurado y listo para degustar, como un buen salmorejo, como los vinos buenos, como el buen café...

No hay que separar excesivamente lo personal, lo profesional y lo social, es incomprensible que se metan en distintos cajones las facetas de una persona, que es una solamente, grande porque somos mucho más que el cuerpo que se ve, y además libre y soberana; como si la persona fuera un sinfonier, una cómoda, una cajonera, ¡…y no…!, es una persona, con toda su grandeza, nada más y nada menos, lo que se interesa no es una parte de la persona, sino toda ella, y toda ella afecta y se ve afectada por su entorno, por sus circunstancias, por la vida.

Para las familias que dependen de los ingresos de estos profesionales es harto delicada esta situación, desprotección para quienes han aportado casi una vida a sus empleos y empresas. Y qué decir de la persona que se encuentra soltera, de la que “no ha tomado estado”, ¡…esta sí que lo tiene crudo…!, se mantiene con su sueldo, pero resulta que éste ahora no existe. No hay otro sueldo en su casa, es el suyo o ninguno. El tema es realmente importante.

Dentro del campo de las mentalidades que nos ha tocado compartir en estos comienzos del XXI, qué explicación más o menos lógica se nos ocurrirá para dar lectura a semejante panorama. Cómo explicar que los mejores profesionales puedan quedarse fuera, no ya de los mejores puestos de trabajo, sino de casi todos los puestos de trabajo, porque la moda, la tendencia social actual, es prescindir de la persona en torno a los 45. ¡No es un horror!, justo cuando más tienes que dar, te jubilan fácticamente, pero sin sueldo, no lo olvidemos...

La edad te da perspectiva y seguridad en ti, porque has visto cosas, has comprobado, has experimentado, por tanto sabes perfectamente lo que ves. Así que una vez que gente muy joven se posiciona muy bien en las empresas, bien públicas o privadas, hay que pensar en otra cuestión: una persona sobre los cuarenta conoce sus derechos, no solo conoce su trabajo, por tanto se posiciona ante alguien joven y posiblemente menos experto como un rival, aunque para nada se lo haya planteado de antemano, un trabajador de cierta edad tiene su mente bien orientada, tiene su sabiduría, en mayor o menor grado, y la experiencia es más que un grado.

Sin embargo ante esta óptica se ha de decir que es la gente más joven la que más fuertemente reivindica derechos, el nivel académico, que la titulación adquirida esté de moda y su denominación sea otra en perjuicio de profesionales con mayor carga curricular universitaria…, los hace sentirse superiores a los profesionales con titulación universitaria de otra denominación aunque incluyan una mayor carga curricular, más curtidos desde la propia Universidad incluso, pero la titulación no está a la moda, no es la línea política que se sigue en contratación; incluso hay veces en que ni siquiera los seleccionadores saben qué están seleccionando. Parece que nadie se detiene a pensar que cuando nace realmente un profesional es cuando sale de la Universidad y empieza su vida laboral. De los 22-23 años con los que se sale de la Facultad hasta que llega a los 40 una persona pasan muchas jornadas laborales, y en cada uno de nuestros días se aprende algo, mucho más de lo que somos capaces de percibir a simple vista, por tanto la diferencia está establecida. Hay mucha problemática aquí. Esto son agresiones en toda regla de parte de la empresa y sus mandos intermedios y superiores, hacia el trabajador, hacia el candidato al puesto de trabajo, es un acoso laboral que aborta una relación laboral, es tan fuerte la agresión que el contrato ni siquiera se atreve a nacer.

Un trabajador con cierta edad suele tener educación, valores aprendidos desde muy abajo, no sujetos a modas, ni ideologías, los verdaderos valores no entienden de colores políticos; valores que parece que hoy tienden a perderse y no encontrarse; contratar a un mayor de cuarenta no es una amenaza, es una bendición. Contratar a un profesional con experiencia para las empresas realmente es un lujo, puesto que la experiencia no existe como asignatura en ningún programa docente, por tanto es un bien que la empresa adquiere gratuitamente, le viene llovido del cielo, no se entiende el rechazo, es ir contra el éxito empresarial sea éste de cualesquiera de los campos de la economía o de la cultura. La experiencia es previsora con los errores porque ve las situaciones de antemano, comprende las situaciones porque ha vivido mucho, todo ello es una garantía de éxito, de productividad, de calidad. Es un seguro en el campo de la Prevención de Riesgos Laborales.

Pero vienen los problemas, porque generalmente se entiende que no se puede enseñar nada a quien puede ser tu maestro, no se puede dominar a quien es más fuerte que tu; cuanta más edad se entiende generalmente que existe mayor resistencia a los cambios y esto puede revertir en el deterioro de la salud. Y nada más lejos de la realidad de un profesional sobre los cuarenta, y en este estado socioeconómico que mueve nuestro mundo bastante incontroladamente, y donde no existe estabilidad laboral, pues hoy no existen puestos fijos, hasta los funcionarios peligran; todo esto quiere decir y nos ilustra de cómo una persona que empieza a trabajar sobre los 25, cuando llega a los 40-45…, ha pasado por muchas empresas, muchos ministerios, varias Juntas autonómicas, muchos puestos de trabajo en definitiva. Lo que debería ser suficiente para deducir que una persona en esa edad, no solo está dispuesta al cambio, sino que está entrenada para ello.

Vemos devenir la temática en una lucha de poderes, de una parte la experiencia, la sabiduría, la cordura…; de otra parte la fuerza de la juventud que se quiere comer el mundo, le haya hecho algo éste o no, y por tanto puede considerar como un posible opositor, rival, contrincante, problema al cabo, a una persona que lo único que pretende es trabajar, honradamente, y dar de sí lo más que pueda; generalmente un mayor de cuarenta rara vez llega tarde a su trabajo, el rendimiento está asegurado, por tanto a nivel de salario esto debería ir acompañado de una digna retribución. En este estado de la cuestión es muy posible que el trabajador se pueda sentir cuestionado, excesivamente observado, coartado, atropellado incluso, simplemente porque no se delimitan bien las posiciones y se adoptan roles confusos. Y realmente esto no tiene razón de ser, no ha lugar el enfrentamiento, cuando hay buena voluntad, realmente el más joven tiene muchísimo que aprender del mayor, pero el mayor se beneficia de la fuerza tremenda que tiene la juventud en todo su apogeo, de su energía, de su vitalidad. En vez de construir, se opta por otra cosa muy distinta: rivalidad, exclusión laboral, que lleva al deterioro familiar, que lleva a la exclusión social, que lleva a la locura; y es que lógicamente, hay que trabajar mucho para no volverse loco cuando uno está en la plenitud de su vida y lo quieren enterrar en vida.

Hay ejecutivos, -y no ejecutivos-, que apenas empiezan su trayectoria laboral y ya imponen su arrogancia, personal, académica …, y con ello crean un corrupto clima laboral contra el que el trabajador tiene poco que hacer, porque no tiene la sartén por el mango, sino que está dentro de la sartén, que es muy distinto. Pero la ignorancia es atrevida, inconsciente, habría que pararse a pensar que si hoy estás en los treinta dentro de diez años vas a estar en los cuarenta, justo donde esa persona ha puesto hoy el blanco de su diana; y por lo que he tenido la oportunidad de ver, la vida es como un libro, con muchas páginas, pero a veces el paso de una página no significa que sigue el discurso, no siempre es así, a veces, lo que significa, es que se cambia de capítulo, o simplemente que se ha terminado la historia. Es para pensar…

Hay que saber y aceptar plenamente que la diversidad es enriquecedora, y la diversidad no es que “convivan” en un mismo país personas de distintos colores, no, por supuesto que no, es mucho más que eso, la persona no es la apariencia, al menos no solamente, la persona es mucho más, sobre todo es lo que hay dentro del cuerpo, un alma, energía, amor e inteligencia, la diversidad en realidad es la vida. Habrá que vivirla. Y bien, en el sentido de bien ordenadamente, con justo criterio, con honestidad, aceptando a la gente, ello no conlleva más que al éxito, y esto no es tan difícil de entender.

Hay que tener en cuenta que las personas tienen capacidades valiosísimas, cuanto más joven, más en potencia están, cuanta más experiencia, más desarrolladas estarán esas capacidades, que al principio todos hemos tenido en potencia. Por tanto es radicalmente falso que la adaptabilidad a los tiempos y al progreso, al cambio en definitiva, sea algo que se pierda con la edad; un buen profesional, en el mundo inestable laboral que tenemos, donde los contratos duraban años antes y ahora escasos meses, no solo ha aprendido a adaptarse sino que se ha entrenado en la práctica en ello, tenemos una persona adaptable y además muy experimentada en diversos campos, en diversos puntos dentro de su profesión.

Pues no. Estamos en tiempos en que la rentabilidad está mal entendida. Se tiende al trabajo precario, contratos de prácticas, becas, etc., donde lógicamente un profesional en los cuarenta está más que excluido, no van a contratarlo de prácticas porque tiene sobrada experiencia, y casi inherente al concepto de beca es el concepto de formación, así que el profesional con años de servicio queda al margen. Esto es una clara agresión al profesional desde las empresas, desde el Estado mismo.

No se busca la rentabilidad a largo plazo, la rentabilidad real, se busca salir del paso, hacer cosas rápidamente, aunque sean de menos nivel, pero el precio de ese trabajo es infinitamente menor, no se crea vinculación laboral, incluso se establecen contratos de escasísimos meses con lo que son inexistentes los derechos a la percepción posterior del subsidio por desempleo; también contratos indirectos o por servicios profesionales muy determinados y con gran apremio de tiempo. La calidad en el trabajo disminuye, el trato al personal poco o escasamente cualificado es distinto también; si es cualificado y el contrato es precario sucede igualmente. Todo ello lleva una carga psicosocial, unas carencias, un estrés, unos abusos de autoridad, etc. que terminan con cualquiera. El profesional competente y cualificado sufre, profesionalmente y personalmente, se lo está degradando, y no ha hecho nada para que le arranquen los galones, al contrario, es su entorno el erróneo. ¡Qué mal todo!.

Pero todo esto pasa porque se consiente, por qué no se controlan todos los procesos de selección, privados o públicos, no se aplica el concepto de calidad y excelencia a estos menesteres; eso en cuanto a los concursos, pero sucede que las oposiciones hoy no son tampoco una garantía de imparcialidad, sino todo lo contrario y esto es de dominio público, pero sigue sucediendo. Una solución sería inspeccionar a las mismas empresas de selección que se responsabilizan de llevar a cabo los procesos. Otra solución cumplir con lo resuelto por el legislador, para qué está la Ley, a veces nos hacen pensar que está para saltársela. Otra solución sería punitiva, si existen irregularidades, infracciones a la legalidad, cómo es que no se persiguen y se condenan. La situación preventiva y socioeconómica de los ciudadanos en realidad no se soluciona porque desde los poderes públicos parece no existir voluntad, porque estas cosas se están permitiendo y continúan produciéndose y me temo que lamentablemente a mayor escala.

Es muy importante saber las competencias con las que contamos, pero también es importante que valoren las competencias que tenemos, el respeto en el más amplio sentido de la palabra es muy importante. Teniendo esto en cuenta podrá ser aplicado exitosamente a un puesto de trabajo, a un cargo, a un empleo.

Se suele decir: “NADIE ES IMPRESCINDIBLE”. PUES ESTO NO ES CIERTO. Todos somos imprescindibles, sobre todo en nuestro campo, en nuestro puesto de trabajo; el trabajo podrá hacerlo otra persona, pero no lo hará nunca como tú. He conocido alguna institución con un buen profesional al que se decidió incluir en una regulación de empleo, un profesional que hizo en pocos años lo que otros no habían hecho en 20, y en más, porque el organismo tiene siglos de vigencia; tras su marcha, tuvieron que cerrar las dependencias que trabajaba y atendía, claro está después de haber dejado todo preparado, mientras los que se quedaron “se pusieron las pilas” y “se hicieron con la situación”, el servicio permaneció cerrado y no por poco tiempo. Eso habla mucho de muchas cosas.

Es verdad, parece que el que paga, manda, pero para mandar hay que saber mandar, no lo puede hacer cualquiera, si no pasan cosas como la recién referida. Son necesarias ciertas cualidades que han de adornar a la persona, no basta la inteligencia, esta puede usarse indebidamente; hace falta experiencia, madurez para afrontar situaciones. Y es necesaria la solidez y la estabilidad para las personas.

Al trabajador en los cuarenta de su vida se lo discrimina, pero esto tiene otras implicaciones. A esto se unen las modas, con lo que el problema se agrava porque la titulación cambia de nombre o de una titulación salen otras ramas nuevas que se hacen fuertes y lo que se demanda es la titulación con su nueva denominación; los que poseen la titulación antigua, al perecer, no tienen ya derecho a la vida.


Desprotección del trabajador. A veces parece que la ley no es que no exista sino que parece estar para saltársela.

NO SE PROTEGE AL TRABAJADOR. Este es un campo vacío en tema preventivo. Estos problemas también son riesgos laborales. No olvidemos que los mayores pecados, las peores faltas, suelen ser las de omisión.

No se cuentan méritos en los concursos, se da preferencia a las nuevas titulaciones, se ningunea la experiencia en favor de la juventud, sin pensar que una persona que está en la mitad de los 40 tiene juventud, a la vez sosiego, experiencia, sensatez y ha visto muchas cosas ya; es capaz de afrontar los problemas y decisiones profesionales con un criterio muy distinto a como lo haría una persona menor, aún con un buen CV, debemos repetir QUE LA EXPERIENCIA ES LA MADRE DE LA CIENCIA. Es más sin experiencia no hay ciencia.

A ESTO HAY QUE DARLE SOLUCIÓN, pero si para más inri eres mujer, peor que peor, surgen rémoras machistas trasnochadas que en realidad se imponen en un mundo que ya no es el suyo. Los seleccionadores y los empresarios piensan que estás casada y que en tu casa entra un sueldo. ..PERO…, ¡¿Y SI ESTO NO ES ASÍ?!. De verdad tienen conciencia quienes están en las mesas de contratación, siguiendo las modas, y eligiendo a la gente joven antes que a los adultos jóvenes, incluso a los mayores, que se lo merecen. El CV debe contar íntegro y en justicia, no en función de la moda política, porque eso ES UN CRIMEN. Es discriminación, es exclusión social, es quitarle el pan de la boca a una persona y dárselo a otra que tiene infinitas posibilidades en oportunidades sucesivas que se le presentarán, es desnudar a un santo y con su ropa vestir a otro. LAMENTABLE. Y lo más lamentable es que esto se hace desde las empresas privadas y desde las públicas, donde se maneja dinero privado y dinero público, o sea, en cualquier caso.

Qué se puede hacer, porque realmente todo esto lleva acarreado un costo gravoso para la sociedad en su conjunto, la inconsciencia de un proceder erróneo trae sus consecuencias, ya que las personas se ven afectadas psicológica y físicamente, todo esto se somatiza y aparecen el estrés, la depresión, dolores en todas partes, migrañas, hipoglucemias… Es muy difícil saberse buen profesional con una larga experiencia y completa trayectoria en la profesión y que decidan sobre el profesional personas que no tienen, a veces, ni idea de lo que están haciendo; en otras ocasiones no tienen suficiente criterio o experiencia; otras están presionados, otras veces guiados por fines políticos; otras condicionados por la situación… Y actúan, así lo hacen, y se consiente.

Lo único que podemos hacer es hacer que se cumpla con lo legislado. Mucho me temo que a nivel particular nos vamos a encontrar con evasivas absurdas que apuntan a que las bases no se publican, los resultados de baremación y entrevista tampoco porque supuestamente se vulneraría el derecho a la intimidad de los concursantes, o cualquier otra incongruencia, éstas que apunto son reales, casos verídicos absolutamente que he presenciado.

Habría que moverse como colectivo, pero en un ambiente laboral tan precario y producto de una crisis que no se soluciona, la gente solo mira para sí, sin darse cuenta de que hoy están, pero mañana, no sabemos.

Es difícil verse al otro lado de la mesa, es difícil ponerse en el lugar del otro, quizás simplemente es que es más fácil no reparar en ello, y si se repara es “mejor” seguir en una posición "cómoda" a implicarse y conseguir justicia, que en realidad no es para uno sino que es un logro social en toda regla. La gente debería estar orgullosa por implicarse en temas así, pero no, es más cómodo y más políticamente correcto no comprometerse con el otro.

De acuerdo con lo expuesto a la hora de reclamar podremos esgrimir algunas cosas, pues tenemos que según el Art. 14 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

En su Art. 23.2 dice: "Asimismo [los ciudadanos] tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalan las leyes".

Por su parte el ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES dice en su Art.4.2 c) En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho: "c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate."

En su Art.4.2 e)En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho: "e) Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales y físicas de naturaleza sexual y frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual."

En su Art. 17.1 dice: "Se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo por circunstancias de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa y lengua dentro del Estado español.

Serán igualmente nulas las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación."

En su Art. 54.2 g) Se considerarán incumplimientos contractuales:

"g) El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual al empresario o a las personas que trabajan en la empresa."

En cuanto a legislación Internacional se debe referir la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, que en su Art.2.1 dice: "Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición" .

En su Art.7 esgrime que "Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación".

En cuanto a derechos civiles y políticos, todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Y esto expresa que hay que ir contra la discriminación por razón de edad. El principio de igualdad se posiciona en frente del concepto de igualdad como uniformidad, igualdad no es uniformidad, también es diferencia, por tanto no ha lugar la discriminación por razón de edad. Estamos en una sociedad que pretende ser igualitaria desde la heterogeneidad de su composición, por tanto habrá que saber que la igualdad como concepto no permite una relación en situación de dominación ni de relación injusta. No se entiende entonces la discriminación por razón de edad que se agrava cuando se asocia a la discriminación unida a la condición sexual. Muy frecuentemente se olvida o desprecia el Art. 10.1 de la Constitución Española según la cual “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los demás derechos son fundamento del orden político y de la paz social” . No olvidemos el Art. 14 “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

También se desprecia el postulado de la CONSTITUCIÓN EUROPEA en cuanto a Valores, según su Art. I-2 “la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres”. Su Art. II-80 habla de la “igualdad ante la ley. Todas las personas son iguales ante la ley”; su Art. II-81 de la no discriminación. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de edad; el Art. II-83 habla de “igualdad entre hombres y mujeres ...”

La Constitución Europea reconoce el principio de igualdad y no discriminación, y para conseguir este objetivo prevé tipos especiales de protección y medidas específicas, que deberán desarrollar los Estados miembros. Así la Directiva 2000/78/CE establece la no discriminación por razón de la edad en el ámbito laboral, considerándola una cuestión controvertida, porque está condicionada por el hecho de que cada Estado puede legislar teniendo en cuenta circunstancias variadas que pueden derivar en un trato desigual.

La Directiva 2000/78/CE, 27-11-2000 (LCEur 2000, 3383) en su Art. 1 se pronuncia así: “La presente directiva tiene por objeto establecer un marco general para luchar contra la discriminación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual en el ámbito del empleo y la ocupación, con el fin de que en los Estados miembros se aplique el principio de igualdad de trato.” Citando solo una parte significativa pues la legislación, la jurisprudencia y la normativa europeas son extensas al respecto.

Teniendo en cuenta todos los puntos tratados y poniéndolos en consideración, ajustando la moral y la profesionalidad, el tesón y la dedicación que caracteriza a los profesionales de la Archivística, podemos decir que se puede luchar contra esto y hacer grandes cosas para erradicar malas prácticas y malos usos. Se puede hacer una gran labor social desde la profesión, sin duda. Se puede educar con la palabra, con los actos, con el ejemplo.


Por: María del Carmen Calderón Berrocal


María del Carmen Calderón Berrocal. Archivera. Lda. Geografía e Historia, Historia General; Drdo. cursado Hª Medieval, Ciencias y Técnicas Historiográficas, VII Curso Archiveros Junta Andalucía, Dpda. Genealogía, Heráldica y Nobiliaria, Máster Dirección, Especialista Universitario, CAP, Formador Ocupacional y TPRL.



Comentarios de los usuarios
Fecha:
16/7/2010 Usuario:

Sergio ormazabal zuñiga ver todos sus comentarios Comentario N°: 13978

Artículo de enorme significancia para los especialistas en este tema y también para los que nos desempeñamos en el ámbito de las Capacitaciones Laborales, presenta una adecuada descripción de cada uno de los cuadros de acoso que se manejan en el entorno laboral, reseña apropiada para ser utilizada como bibliografía de consulta para labores sindicales y tam bién como tema de tratamiento en los Comités Paritarios