domingo, 17 de octubre de 2010

Fuentes documentales para el estudio de la MINERÍA en Andalucía II. Instituciones de la Junta de Andalucía. Minas, Obras, Transporte y Medio Ambiente.





Una Apuesta por el Desarrollo Local Sostenible.
Emilio Romero Macías (Cord.) 2010 © Servicio de Publicaciones Universidad de Huelva © Emilio Romero Macías (Cord.) Tipografía Textos realizados en tipo Perpetua de cuerpo 11,5, notas en Perpetua de cuerpo 8/auto y cabeceras en versalitas de cuerpo 10. Papel Offset Blanco de 80 g/m2 Certificado FSC Encuadernación Rústica, cosido con hilo vegetal Printed in Spain. Impreso en España.
I.S.B.N. 978-84-92944-22-4
Depósito legal H 265-2010
Imprime Artes Gráficas Bonanza, S.L.



Fuentes documentales para el estudio de la MINERÍA en Andalucía II. Instituciones de la Junta de Andalucía. Minas, Obras, Transporte y Medio Ambiente: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Obras Públicas y Transporte, Agencia Pública de Puertos de Andalucía y Medio Ambiente.

María del Carmen Calderón Berrocal. G.I. HUM-340 UHU.


RESUMEN

Intentaremos abordar esta cuestión estudiando qué fondos documentales pueden ofrecer información sobre minas y actividades mineras, no solo archivos de las empresas mineras propiamente dichas, sino los archivos de la autoridad minera; y una vez caducada su vigencia administrativa, los archivos históricos que la contienen; así como los archivos de organismos gubernamentales con los que se relacionan de alguna forma. Procederemos como en la Archivística misma, de lo general a lo particular, y así seguiremos el organigrama de la Junta y del Sistema Andaluz de Archivos, estudiaremos qué pueden ofrecer a la investigación y a la sociedad los archivos de las distintas empresas, al menos las más representativas, para ver qué hay directa o indirectamente relacionado con la temática minera en Andalucía.


PALABRAS CLAVE

Minería, fondos documentales, archivos mineros, patrimonio minero andaluz, instituciones.


ABSTRACT

We will try to address this question by studying how collections of documents can provide information on mines and mining activities, not just mining company files themselves, but the files of the mining authority, and after the expiration of his term administrative, historical archives that contain it; files as well as government agencies that are related in some way. Proceed as in the Archives itself, from general to particular, and so we will follow the plan of the Board and the System File Andaluz, consider what can the society's research and archives of the various companies, at least the most representative, to see what is directly or indirectly related to mining issue in Andalusia.


KEY WORDS

Mining, documentary collections, archives, mining, mining heritage Andalusian, institutions.


CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA

En Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa encontraremos una completísima información, la minería no se estudia solo en campo técnico, o en campo histórico o genealógico o biográfico, siguiendo la pista a algún personaje determinado, la investigación se amplía por campos diversos, como la economía, educación superior, investigación científica e innovación tecnológica; encontraremos en esta Consejería también expedientes de ayuda a las empresas para investigación y desarrollo, sociedad de la información, industria, energía, minas, cooperativas, incentivos regionales y tecnológicos, cooperación económica y desarrollo de mercados…

Al investigador que se aplique a la minería le interesará especialmente la documentación que pueda ofrecerle la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Según sus competencias, la documentación que podemos encontrar en su Archivo serán expedientes de promoción, planificación y reordenación del sector industrial; Estadísticas y registros industriales; expedientes de verificación, metrología y metales preciosos; expedientes sobre propiedad industrial; expedientes sobre seguridad, calidad, diseño y normalización industrial; expedientes sobre vehículos automóviles y su inspección técnica; instalación, ampliación y traslado de industria, expedientes de industrias preferentes; expedientes sobre fomento de la actividad económica, y de cooperación de promoción económica con los Entes Locales y empresas, mediante incentivos económicos orientados hacia la consecución como objetivo del desarrollo regional; expedientes sobre energía, electricidad, hidrocarburos y derivados del petróleo; expedientes sobre planificación, fomento, ordenación y administración minera, aguas minerales y termales; expedientes sobre seguridad minera y prospecciones de aguas subterráneas, etc.


Ante la Delegación Provincial se instruirán los expedientes que deban acogerse a la Ley de Minas, se instruirán ante la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, siendo la propia la que en cuya demarcación esté ubicado o afecte el terreno a explorar, investigar o explotar; o bien ejercitar cualquier otra acción de las comprendidas en el Reglamento General para el Régimen de la Minería (RGM) que requiera solicitud ante la Administración[1].


Incumbe a las Delegaciones Provinciales, según dispone el artículo 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común las funciones de inspección y vigilancia en lo relativo a previsión de accidentes y enfermedades profesionales, el cumplimiento del Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, de Normas Básicas de Seguridad Minera, así como la estricta observancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo en las explotaciones mineras de cualquier orden y en cuantos trabajos regulados por la Ley de Minas exijan la aplicación de la técnica minera.

Por otra parte, conforme al artículo 28 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía y lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el seguimiento y vigilancia del cumplimiento por parte del titular de un proyecto minero del condicionado ambiental le compete a las Delegaciones Provinciales.



Es preciso aclarar que atendiendo a la Ley de Minas, Título I, Artículo 3 los yacimientos minerales y demás recursos geológicos se clasifican, a los efectos de esta Ley, en las siguientes secciones:

Pertenecen a la sección A los de escaso valor económico y comercialización geográficamente restringida, así como aquellos cuyo aprovechamiento único sea el de obtener fragmentos de tamaño y forma apropiados para su utilización directa en obras de infraestructura, construcción y otros usos que no exigen más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado.

La sección B incluye, con arreglo a las definiciones que establece el capítulo primero del Título IV, las aguas minerales, las termales, las estructuras subterráneas y los yacimientos formados como consecuencia de operaciones reguladas por esta Ley[2].

La sección C comprende esta sección cuantos yacimientos minerales y recursos geológicos no estén incluidos en las anteriores y sean objeto de aprovechamiento conforme a esta Ley[3]. “Quedan excluidos de la Sección C) del artículo 3 de la Ley de Minas de 21 de julio de 1973 y pasan a constituir una nueva sección, denominada D), los carbones, los minerales radiactivos, los recursos geotérmicos, las rocas bituminosas y cualesquiera otros yacimientos minerales o recursos geológicos de interés energético que el Gobierno acuerde incluir en esta sección, a propuesta del Ministro de Industria y Energía, previo informe del Instituto Geológico y Minero de España”[4].

Queda fuera del ámbito de esta Ley la extracción ocasional y de escasa importancia de recursos minerales, cualquiera que sea su clasificación siempre que se lleve a cabo por el propietario de un terreno para su uso exclusivo y no exija la aplicación de técnica minera alguna. Y los criterios de valoración precisos para configurar la sección A serán fijados mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros a propuesta del de Industria, previo informe del Ministerio de Planificación del Desarrollo y de la Organización Sindical.

El Título IV regula el aprovechamiento de los recursos de la sección A, definiendo con este objeto las aguas minerales, las termales, las estructuras subterráneas y los yacimientos formados por acumulaciones de residuos de actividades reguladas por esta Ley. Dentro de las aguas minerales se mantiene la distinción entre las minero-medicinales y minero-industriales, clasificando a las aguas termales que sean destinadas a usos terapéuticos o industriales como aguas minerales a todos los efectos de esta Ley.

Para el aprovechamiento de los recursos de la sección B deberá obtenerse la debida autorización de aprovechamiento, estableciéndose las oportunas prioridades en los tres tipos de recursos que en la sección se incluyen y creándose para las estructuras subterráneas, de tanta importancia en la protección del ambiente, perímetros de protección similares a los de las aguas minerales.

Serán competencias de las Delegaciones Provinciales para la Sección A, y estos son los expedientes que encontraremos en su archivo, la autorización de explotación de recursos de la sección A[5]; la determinación de la compatibilidad o incompatibilidad de los trabajos si la explotación se encuentra dentro del perímetro de otro derecho minero previo[6]; la autorización de explotación[7]; dada incompatibilidad, la elevación con informe a la Dirección General[8]; instrucción y elevación con informe del expediente de autorización de explotación de recursos de la sección A, dentro del perímetro de una zona de reserva, a la Dirección General de Política Energética y Minas para que resuelva sobre la compatibilidad o incompatibilidad de los trabajos[9]. Aprobación de los Planes Anuales de Labores de explotación de recursos de la sección A, remisión de un ejemplar a la D.G.I.E.M. y de otro al Consejo Superior del Ministerio de Hacienda[10]. Incoación de expedientes sancionadores por falta de presentación de los Planes de Labores o por cumplimiento de obligaciones del titular[11]; expedientes de paralización e imposición de sanciones a las explotaciones ilegales[12]; y Registro General de explotaciones de recursos de la sección A[13].

En cuanto a la Sección B que engloba las aguas minerales y termales, las competencias y por tanto los expedientes derivados de las mismas serán de Instrucción y elevación con informe del expediente a la D.G. para la propuesta de resolución de declaración de la condición de mineral de unas aguas determinadas[14]. Instrucción y elevación con propuesta del expediente de aprovechamiento de aguas minerales[15]; Registro de aprovechamientos de aguas minerales[16]; expedientes de Autorización para la realización de cualquier clase de trabajos subterráneos dentro del perímetro de protección de aguas minerales[17]; expedientes para la autorización para la modificación o ampliación del aprovechamiento de las aguas minerales[18]; e Instrucción de expedientes de aguas termales[19].

Por lo que respecta al aprovechamiento de residuos mineros, es decir, yacimientos de origen no natural, encontraremos documentación referente a Instrucción y elevación, con propuesta que proceda, del expediente de calificación como sección B de un yacimiento de origen no natural para el aprovechamiento de residuos mineros[20]; expedientes de autorización para ejercer el derecho de prioridad al aprovechamiento de residuos mineros que se encuentren en terrenos caducados[21]; expedientes de autorización del aprovechamiento racional de residuos mineros que se encuentren en terrenos caducados[22]; autorizaciones de suspensión provisional de los trabajos de aprovechamiento de residuos mineros por tiempo inferior a seis meses[23]; Instrucción del expediente de aprobación de las modificaciones o ampliaciones de las instalaciones inicialmente aprobadas para el aprovechamiento de los residuos mineros[24]; y Registro de aprovechamientos de residuos mineros[25].

Por lo que se refiere a estructuras subterráneas, la documentación que encontraremos reflejo de las competencias de la entidad serán expedientes de calificación como sección B de una estructura subterránea, con determinación del perímetro de protección y comprobación de la conveniencia de la utilización solicitada; expediente de autorización de utilización de una estructura subterránea; expediente de concesión de prorroga o anulación de la autorización en caso de variación de las condiciones que definían la estructura en el momento de su otorgamiento; expediente anulando autorización al agotarse su capacidad[26]; autorizaciones para realizar trabajos o desarrollar actividades dentro del perímetro de protección y para la modificación o ampliación del aprovechamiento[27]; expedientes elevados en caso de incompatibilidad a Dirección General[28].

Relativo a Permisos de exploración[29]. Encontraremos expedientes sobre concesión de Permisos de Exploración que afecten a una sola provincia y prorroga; y expedientes de concesión de Permiso

s de Exploración que afecten a dos o más provincias y de prórroga[30]; expedientes sobre suspensión provisional de los trabajos en casos de urgencia en que peligre la seguridad de las personas, la integridad de la superficie, la conservación del recurso o de las instalaciones, o la protección del medio ambiente y en los de intrusión de labores fuera de los perímetros otorgados; y encontraremos también Libros Registro de solicitudes de permisos de exploración[31].


Sobre Cotos mineros[40], encontraremos expedientes de constitución de estos cotos mineros[41]. Sobre Establecimientos de beneficio[42] encontraremos expedientes de autorización de establecimientos de beneficio de escaso valor económico e instrucciones de expediente de autorización de establecimientos de beneficio[43]; además elevados al Consejero, expediente de declaración de utilidad pública de plantas de beneficio para acogerse a los beneficios de la Ley de Expropiación Forzosa[44].


Sobre Sanciones encontraremos expedientes de Multas hasta 50.000 pesetas[45]. Encontraremos además expedientes sobre Intrusión de labores[46]; expedientes sobre suspensión provisionalmente los trabajos de exploración o investigación y de explotación, debidamente autorizados[47]; expedientes de suspensiones por Incompatibilidad de trabajos[48]; así como expedientes de deslindes por superposiciones o rectificaciones de perímetros de demarcación o de protección e intrusión de labores[49].

La documentación que refleja las competencias de la Dirección General con respecto a la Sección A serán los expedientes de Declaración de cuál de las explotaciones o trabajos es de mayor interés o utilidad, en casos de incompatibilidad con otros trabajos[50].

En cuanto a Sección B, expedientes sobre aguas minerales y termales, propuesta de resolución de declaración de la condición de mineral de unas aguas determinadas; autorizaciones de aprovechamiento de aguas minerales; Registro centralizado de inscripciones de aprovechamientos de aguas minerales; expedientes de autorización de aprovechamiento de aguas termales[1]. Por lo que se refiere a yacimientos de origen no natural y aprovechamiento de residuos mineros, la documentación que encontraremos serán expedientes de calificación como sección B de un yacimiento de origen no natural para el aprovechamiento de residuos mineros; autorización del aprovechamiento de residuos mineros; autorización de suspensión provisional de los trabajos de aprovechamiento de residuos mineros y nuevas prorrogas de suspensión; expedientes de aprobación de las modificaciones o ampliaciones de las instalaciones inicialmente aprobadas para el aprovechamiento de los residuos mineros; expedientes sobre estructuras subterráneas; expedientes de calificación como sección B de una estructura subterránea; expedientes de autorización de utilización; expedientes sobre concesión de prórroga o anulación de la autorización en caso de variación de las condiciones que definían la estructura en el momento de su otorgamiento; expedientes de anulación de autorizaciones por agotamiento de capacidad imponiendo las condiciones que habrá de cumplir el titular; y expedientes por incompatibilidades que se elevan al Consejero[2].



[1] Art. 39.2, Art. 41.4, Art. 42.4 y Art. 45.2 del RGM.

[2] Art. 46.3, 48.4, 50.1 y 2, 51.2 y 3, 52.1-3 del RGM.

En Sección C, referente a Permisos de exploración, encontraremos expedientes sobre Concesión de Permisos de Exploración que afecten a dos o más provincias y prorroga; Análisis de la suspensión provisional de los trabajos y propuesta de suspensión de los trabajos de exploración debidamente autorizados[53].

En cuanto a Permisos de investigación encontraremos expedientes sobre Concesión de permisos de investigación que afecten a dos o más provincias y prorrogas y Prorrogas excepcionales de permisos de investigación, así como Análisis de la suspensión provisional de los trabajos y propuesta de suspensión de los trabajos de exploración debidamente autorizados[54]. Las Concesiones de explotación contendrán expedientes sobre Otorgamiento de concesión de explotación; Otorgamiento de demasías mineras; Prorroga de concesión de explotación; Modificación de los Planes Anuales de Labores; Suspensión temporal, más de seis meses, de las labores por causa de fuerza mayor o recurso prioritario o paralización en más de una provincia; expedientes de Análisis de la suspensión provisional de los trabajos y propuesta de suspensión de los trabajos de e

xploración debidamente autorizados; expedientes sobre Aprobación de concentración de trabajos[55].

Por lo que se refiere a Cotos mineros, los expedientes que encontremos serán de Elevación de propuestas de constitución de cotos mineros al Consejero; Establecimientos de beneficio; Autorización de establecimientos de beneficio; Elevación de propuesta de declaración de utilidad pública de plantas de beneficio para acogerse a los beneficios de la Ley de Expropiación Forzosa al Consejero[56]. Y en cuanto a Sanciones, encontraremos expedientes de Multas hasta la cuantía de 250.000 pesetas[57].

La documentación que nos revela las competencias del Consejero en temas de aguas minerales y termales, son los expedientes de declaración de la condición mineral de unas aguas determinadas[58]; expedientes que

reflejan el sometimiento del Consejo de Gobierno la prevalencia de los trabajos de la sección B sobre otros derechos mineros[59]; declaración de caducidad de derechos mineros[60]; Suspensión de los trabajos de exploración o investigación y de aprovechamiento de recursos debidamente autorizados; expedientes de sometimiento a la aprobación del Consejo de Gobierno la declaración de utilidad pública de plantas de beneficio para acogerse a los beneficios de la Ley de Expropiación Forzosa; Constitución de cotos mineros; Suspensión de labores en las que peligre la seguridad de las personas, la integridad de la superficie, la conservación del recurso o de las instalaciones, o la protección del medio ambiente; Multas hasta la cuantí

a de 500.000 pesetas; Propuestas al Consejo de Gobierno de multas de[61].

Con respecto a las competencias de otras consejerías[62], éstas pueden incoar de oficio un expediente de declaración, por razones de interés público, de no registrables de zonas determinadas del territorio andaluz[63].

La documentación que nos revela las competencias del Consejo de Gobierno serán los expedientes de declaración de no utilizables determinadas estructuras subterráneas por razones de interés público; los expedientes de declaración, por razones de mayor interés o utilidad pública, de prevalencia de los trabajos de la sección B sobre otros derechos mineros; los expedientes de declaración, por razones de interés público, como no registrables de zonas determinadas del territorio andaluz; los expedientes de Caducidad de los derechos mineros; los expedientes de declaración de utilidad pública de plantas de beneficio para acogerse a los beneficios de la Ley de Expropiación Forzosa; y las Multas de cuantía mayor de 500.000 pesetas[64].


LA APLICACIÓN SIGMA (Sistema de Información Geológico-Minero de Andalucía) Y LA ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO MINERO

Tenemos necesariamente que hablar del Sistema de Información Geológico-Minero (SIGMA). El Sistema de Información Geológico-Minero del Servicio de Minas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (DGIEM) y se configura como un sistema de información que gestiona información minera. Está estructurado como un Sistema de Información Geográfica y Territorial (SIG/SIT) que ha ido conformándose en una serie de bases de datos informatizadas, alfanuméricas y gráficas, con un considerable volumen de información en el campo de la geología y de la minería andaluzas. El sistema gestiona conocimientos agrupados en áreas fundamentales como son Infraestructura geológico-minera, I+D, Registro Minero de Andalucía, Ra

cionalización Administrativa y Estadística Minera, vinculadas a las distintas fases del ciclo minero como son la exploración, investigación, explotación y el beneficio[65].

El Registro Minero de Andalucía, en el que se engloba toda la información administrativa acerca de las distintas autorizaciones y permisos de la Ley de Minas, permite consultar y localizar geográficamente, aquellos registros mineros situados en Andalucía[66]. La base de datos RMA del Sigma es resultado de un ambicioso proyecto cuyo resultado hoy permite realizar búsquedas y consultas de los Derechos Mineros almacenados en la base de datos del Registro Minero de Andalucía. Así como imprimir listados y realizar consultas gráficas. Para realizar esta obra se trabajó con toda la documentación que contienen los departamentos de minas de las distintas delegaciones provinciales de Andalucía y se trabajó con la documentación histórica, intermedia y de gestión del Archivo del Departamento de Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

, y del Archivo Central; al Archivo Histórico Provincial había pasado en su día la documentación histórica, aunque alguna queda en las distintas delegaciones por carácter años incluso siglos; y los datos introducidos reflejan las distintas secciones A,B,C y D, identificando los expedientes en trámite, los otorgados, los caducados y los cancelados. La que suscribe tuvo el honor de participar trabajando en este proyecto reconociendo junto con mis compañeras que la colaboración del Departamento de Minas fue o excelente, desde aquí nuestro agradecimiento. Trabajamos en dura lid con la legislación, la informática, una base de datos

nueva que estrenábamos, barajando conocimientos archivísticos y de gestión documental, geográficos, planimetría… El resultado es el ofrecimiento a la administración al profesional y al particular interesado en alguna cuestión de una serie de abundantísimos, fidedignos y científicos datos que nos van a informar acerca del derecho minero del que obtendremos el nombre, nombre mismo de la explotación. Este dato se puede recoger en la Instancia de solicitud del derecho, Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título. Paraje: Donde se ubica el derecho consolidado, esta información se puede recoger en la Instancia de solicitud del derecho, Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título. Superficie: Extensión que ocupa el derecho solicitado, ya sea en hectáreas (Sección A y B) ó cuadrículas (Sección C y

D). Se encuentran estos datos en la Instancia de solicitud del derecho, Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título. Sección: A, B, C, D (este dato se obtendrá del Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título). Observaciones: Sirve para introducir cualquier aclaración que esté relacionado con el derecho. Tipo de derecho minero, provincia, número de Registro, fracción, superficie y croquis. Por lo que se refiere a información administrativa obtendremos información sobre el titular del derecho, el arrendatario, fecha de solicitud Fecha de Solicitud del derecho, perceptible por ejemplo en la

Instancia de solicitud del derecho ó Título de Otorgamiento del derecho); Fecha de Otorgamiento o Autorización, es decir, la fecha en la que se otorga el Derecho, dato que podrá verse en el Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título; Fecha de Consolidación, que es la fecha en la que el derecho queda consolidado.

Cuando se trata de Derechos anteriores a la Ley 22/1973, de 21 de julio de 1.973, de Minas, Fec

ha de Notificación al Interesado (que se considera realmente como Otorgamiento), encontrándose en el Acuse de recibo del Título de Otorgamiento; Fecha de Declaración de Impacto Ambiental, que se puede encontrar tanto en el Título de Otorgamiento como en el documento expreso de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Periodo de Vigencia: Es el tiempo concedido para el derecho y viene reflejado en la Autorización del Derecho, Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título. Fecha de caducidad, fecha de otorgamiento y número de prórrogas. Obtendremos información sobre los recursos explotados, cuántos son y a qué sección pertenecen. En cuanto a coordenadas, sabremos el número de secuencia y de vértice en versión geográficas (longitud y latitud) o UTM ( X,Y, huso), con la posibilidad de conversión de Geográficas a UTM y viceversa, así como de cambios de huso.

El desarrollo del proyecto tuvo como finalidad la actualización de la información requerida por la aplicación del RMA, en los Departamentos de Minas de los Servicios de Industria, Energía y Minas de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa; actualización del Registro Minero e informatización del mismo. Se incorporó la información existente en los expedientes de minas de las secciones A, B, C y D a la aplicación del Registro Minero de Andalucía, insertando la información administrativa, cartográfica y verificando posteriormente mediante control de calidad de la inf

ormación. Como uno de los requisitos que se exigían a los técnicos de la empresa conesionaria Baratz en este caso, el personal de Baratz no modificó el orden de la documentación de cada expediente que se procesó, es decir, no se le dio tratamiento archivístico a la documentación, respetando el que ya exista, en la mayoría de los casos ningún orden archivístico. Se trabajo con la legislación de Minas, legislación sobre fomento de la minería, legislación sobre aguas, legislación sobre Medioambiente, legislación sobre Cartografía, Catastro, y de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para los casos de secciones B: Aguas minerales, termales, estructuras subterráneas..., los datos a extraer serán el Nombre, que será el mismo de la explotación, La Instancia de solicitud del derecho, Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título facilitarán este dato; paraje, que es el lugar donde se ubica el derecho consolidado; ofrecen esta información la Instancia de solicitud del derecho, Título de Otorgamiento del derecho ó Informe de Otorgamiento del título; superficie, que es la extensión que ocupada el derecho solicitado, esta información se encuentra en el Plano de demarcación; observaciones, para cualquier aclaración que se relacione con el derecho; unidad Hidrogeológica, en la que se encuentra la autorización de aprovechamiento de aguas minerales, información que obtendremos, por ejemplo, en la Solicitud d

e autorización para obras de captación de aguas subterráneas o en el Proyecto de estudio hidrogeológico; cuenca hidrográfica, información que se obtendrá de la Solicitud de autorización para obras de captación de aguas subterráneas o en el Proyecto de estudio hidrogeológico; tipo de agua: Bicarbonatadas, hiposódicas diuréticas, de mineralización débil, ferruginosas, sódicas, etc. Esta información deberá constar en el Informe del análisis para declarar Agua Mineral que se hace con anterioridad a la Declaración previa; titular/es, es decir, las personas y entidades relacionadas con el derecho, datos que se pueden extraer de las Escrituras de Poder del Concesionario y/o Explotador.. Estos datos serán titular/es del derecho minero, NIF/DNI del t

itular, pudiendo ser éste para una o varias personas física o una persona jurídica, nombre/apellidos, objeto social de la empresa, en caso de ser persona jurídica, nacionalidad, país, provincia, municipio, dirección, código postal, teléfono fijo y móvil, fax, correo electrónico, porcentaje de participación de cada titular.

Encontraremos información sobre arrendamientos en los contratos de este tipo, donde encontraremos información sobre nombre del arrendamiento, superficies arrendadas, fecha inicial y final del contrato, titulares del arrendamiento, sustancias, director/es Facultativo/s del arrendamiento. Con respecto a éste último además de lo anterior se consigna la fecha de aceptación del cargo, Colegio al que pertenece, número de colegiado, número de Colegiado Nacional, titulación; con respecto al representante del derecho en cuestión, se expresa el cargo que ocupa el representante: Técnico, etc. Esta información se debería de encontrar en el Título de Otorgamiento del derecho. En el caso de la sección B, el representante del titular será el de la autorización de aprovechamiento. Con respecto al explotador del derecho, se indicará la familia a la que pertenece la sustancia y la sustancia en cuestión. Se cuenta también con la localización del derecho por medio de las coordenadas referidas al Elipsoide Internacional de Hayford, Datum Europeo (Postdam, 1950) y Meridiano de Greenwich como origen de longitudes, según especifica la ley de minas. También las coordenadas en sistema UTM (Universal Transversa Mercator).Todas las coordenadas de los puntos de los polígonos del mismo derecho deben de estar dadas para el mismo huso.

Sobre información Geográfica encontraremos el listado de coordenadas del perímetro, expresadas en coordenadas UTM (X, Y), o bien en coordenadas Geográficas (Grados, Minutos y Segundos). Los datos se localizarán en el Título de Otorgamiento del derecho, Informe de Otorgamiento del título o Plano de Demarcación. Listado de coordenadas de huecos internos, de existir éstos, expresadas en coordenadas UTM (X, Y), o en coordenadas Geográficas (Grados, Minutos y Segundos). Esta información podrá localizarse en el Título de Otorgamiento del derecho o en el Informe de Otorgamiento del título. Puede ocurrir que el derecho minero no se encuentre delimitado por coordenadas, geográficas o UTM, y no sea posible su transformación. En este caso habrá que describir la situación del derecho mediante los rumbos que aparecen en los documentos. Con la “Delimitación sin Coordenadas” no se podrá visualizar la localización del derecho en el mapa.

La Aplicación contempla también las gestiones temporales: Procedimiento de Prorrogas, incluyendo este concepto la fecha de inicio, periodo de prórroga y observaciones; Paradas temporales, de lo que se refleja el Tipo, Motivo, fecha inicial y final; y observaciones.

En cuanto a Cancelaciones y Caducidades, el procedimiento tiene como resultado lo que se denominaexpedientes muertos”. Quedan aquí reflejadas las fechas inicial y final de los trámites de cancelación o caducidad, la resolución del expediente y observaciones.

Cuando se trate de Concursos, las publicaciones se consignan si ha existido una Cancelación o una Caducidad y posteriormente se ha producido una convocatoria pública; aparece la fecha de Publicación del Concurso en el BOJA, la fecha de Publicación del Concurso en el BOE, la fecha de Publicación de la Resolución en el BOE.

En cuanto a información catastral en Sección A, el sistema ofrece información de las parcelas autorizadas para la explotación del derecho y los datos se recogerán de la información catastral aportada al expediente procedente del Catastro. Provincia, municipio, número de polígono, número de la parcela donde se encuentra ubicada la parcela; letra de la subparcela; y la Referencia Catastral, un número de referencia único para cada parcela.

Procedimientos específicos de la sección B son las Declaraciones, que presentan información referente a la declaración de los recursos de la Sección B, Calificación Previa; datos generales de la declaración como temperatura, sólo en caso de aguas termales, en grados centígrados; la fecha de Solicitud, es la solicitud de Calificación previa del agua mineral; fecha de notificación al Interesado, la fecha que pesa es la del Acuse de recibo de la Calificación previa, que es cuando el individuo se da por enterado; fecha de Resolución de Calificación previa; fecha de Cancelación; fecha de Publicación en BOJA, la publicación en BOJA se acompaña en fotocopias al expediente; fecha de Publicación en BOE, de lo que igualmente se aportan fotocopias que acompañan al expediente; fecha de Informe de Sanidad; Promotor de la Declaración, es decir, del trámite de la declaración; Representante de la Declaración, que representa al promo

tor del trámite de la declaración; Autorizaciones (Secciones B) para poder hacer la extracción del agua. Siempre con sujeción a los Condicionados, Condiciones que la Consejería de Medio Ambiente puede poner para la extracción. Caudal autorizado en la resolución que se puede expresar en metros cúbicos / año o litros por segundo, solo obligatorio para las aguas. Fecha de Solicitud de la petición del sondeo; fecha de Resolución: Se encuentra en el Informe de declaración de la autorización de explotación. Fecha de Publicación en BOJA de la autorización de la extracción. Fecha de Publicación en BOE de la autorización de la extracción. Fecha de Notificación del Interesado, es decir, la Notificación de la resolución; Periodo de Vigencia de la autorización del aprovechamiento. Fecha de Perímetro Protección; fech

a Informe Consejería de Agricultura; fecha Informe Confederación Hidrográfica; fecha de Declaración Impacto Ambiental, aunque sólo es necesario cuando el caudal es superior a 50 l/seg.; y fecha de Informe de Sanidad.

En cuanto a Manantiales (Secciones B, Aguas), la aplicación facilita el nombre, el caudal, el listado de captaciones, bien en coordenadas UTM o en coordenadas Geográficas, pudiéndose localizar la información en el Plano de Demarcación.

En cuanto a Sondeos (Secciones B, Estructuras subterráneas) la aplicación facilita el Nombre; listado de captaciones, en coordenadas UTM o Geográficas, pudiendo localizar la información en el Plano de Demarcación.

En todos los casos, una vez codificada la información localizada en cada expediente, la aplicación daba la posibilidad de proceder a realizar control de calidad. El informe obtenido permitía comprobar la corrección de los datos integrados en la aplicación, o en su defecto, la revisión del trabajo realizado, para que apareciera posteriormente al usuario libre de errores[67].

Con el Visor de Cartografía interactivo y on-line, se pretende dar a los usuarios la posibilidad de consultar on-line información relacionada con la minería y la geología de Andalucía, entre la que cabe destacar la información de los Derechos Mineros de la Comunidad Autónoma Andaluza y la información del Mapa Geológico-Minero de Andalucía a escala 1:400.000; el investigador podrá navegar por el mapa, seleccionar zonas, interactuar con zoom, calcular áreas de influencia, imprimir mapas… Del mismo modo existe posibilidad de consultar las principales leyes, reglamentos y normativas en el ámbito de la minería. Y El Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía, se constituye como un instrumento planificador de la orientación estratégica de las actividades de investigación y explotación de los recursos minerales en el territorio de Andalucía, de acuerdo con la planificación económica general y con los intereses sociales y económicos, tanto sectoriales como generales, de forma coordinada y compatible con la planificación existente en la Co

munidad Autónoma de Andalucía, en sus aspectos culturales, territoriales, urbanísticos y medioambientales y en el marco de la normativa europea, nacional y autonómica. Presenta marcos de referencia del PORMIAN a escala europea, nacional, regional; y socioeconómico, ambiental y de ordenación del territorio; bases metodológicas, objetivo y contenido; diagnosis de la minería en Andalucía, potencialidad minera, geografía de recursos, diagnóstico por subsectores y sustancias mineras; análisis específico del subsector de los áridos; afecciones a la actividad minera desde perspectiva medioambiental, territoriales, compatibilidades minero ambiental, derechos mineros, explotaciones activas; análisis de procedimientos administrativos, etc[68].

La documentación que ofrece el archivo de la delegación de Innovación, Ciencia y Empresa, necesariamente tendrá identificado su cuadro de clasificación con la funcionalidad de la entidad. Por ejemplo encontraremos en Minas un apartado de competencia Administrativa y el Sistema de Información Geológico Minero (SIGMA); en Planificación y Ordenación Energética, encontraremos información sobre energías Renovables, Plan Andaluz de Sostenibilidad Energética 2007-2013, Liberalización del Sector Eléctrico, Ahorro y eficiencia energética, Energía Eléctrica. En cuanto a Ordenación y Promoción Industrial encontraremos Incentivos al Desarrollo Industrial, Guía de Servicios Industriales, Plan Andaluz de Desarrollo Industrial (PADI 2008-2013), Control Metrológico. Por lo que a Seguridad Industrial se refiere tendremos documentación sobre Vehículos, Normativa, Instalaciones, Guía de Servicios Industriales. Encontraremos documentación sobre Calidad Industrial, Guía de Servicios Industriales, Observatorio de Calidad Industrial, Servicio de Información en Metrología, Calibración y Ensayo (SIMCE). Sobre Tramitación Telemática de los certificados de instalación, podremos encontrar documentación sobre Tramitación, Ayudas y acceso a trámites on line, Instalaciones incluidas en el ámbito de la aplicación, Expedientes sobre Requisitos Generales y usuarios. Sobre los Incentivos para el desarrollo energético en Andalucía encontraremos expedientes sobre Beneficiarios, sobre solicitud de incentivos, clases y aplicación de incentivos. Por lo que se refiere a Seguridad de los productos, expedientes sobre Marcado CE, Guías Prácticas para la aplicación y verificación del Marcado CE.


DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA

Almería cuenta con 132 concesiones de explotación, un permisos de exploración, 115 permisos de investigación, en el Archivo de la Delegación cuenta en total con 1461 m.l. de documentación; Cádiz cuenta con 69 concesiones de explotación, dos permisos de exploración, 131 permisos de investigación, el Archivo de la Delegación cuenta con un total de 600 m.l. de documentación; Córdoba cuenta con 581 concesiones de explotación, un permiso de exploración, 82 permisos de investigación y una reserva definitiva, en total el Archivo de la Delegación cuenta con cuenta con 18039 cajas, 86 Libros y 8593 cajas cuartilla con data entre 1935 y 2007; Granada cuenta con 154 concesiones de explotación, dos permisos de exploración, 12

8 permisos de investigación, en total el archivo de la Delegación cuenta con 1529,5 m.l. con data extrema 1980 - 2006; Huelva cuenta con 454 concesiones de explotación, 89 permisos de investigación y una reserva definitiva; Jaén cuenta con 339 concesiones de explotación, 87 permisos de investigación, y el Archivo de la Delegación cuenta con 4576 cajas con datación extrema oscilante entre 1931 y 2005 ; Málaga cuenta con 125 concesiones de explotación, un permiso de exploración y 149 permisos de investigación; Sevilla cuenta con 210 concesiones de explotación, 7 permisos de exploración, 144 permisos de investigación, una reserva definitiva; el Estado cuenta con 8 reservas definitivas y 6 reservas provisionales, cuenta con un total de 1201.88 m.l. de estanterías ocupadas en el Archivo de la Delegación.


CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En Consejería de Obras Públicas encontraremos documentación en gran medida complementaria con el fondo de archivo anterior, expedientes de obras públicas, infraestructuras y organización de transporte por carretera, ferroviario, marítimo y aéreo…Entidades adscritas a esta Consejería son la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, Ferrocarriles de la Junta de Andalucía, y Gestión de Infraestructuras de Andalucía S.A. El archivo de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía ofrece documentación que refleja el contenido orgánico funcional de la entidad, es decir, expedientes sobre gestión de puertos y planificación portuaria; expedientes sobre seguridad de operaciones y servicios en los puertos; expedientes sobre organización y asignación de usos según reglamentación urbanística en cada puerto, expedientes sobre gestión económica y financiera del sistema portuario autonómico; expedientes de fomento del tráfico portuario; documentación sobr

e el estudio, la formación y el fomento de la investigación en materias relacionadas con la economía, gestión, actividad y obras portuarias; expedientes sobre coordinación de los transportes marítimos y terrestres en los mismos puertos así como la gestión de las mercancías poniendo énfasis en la iniciativa privada para la gestión de mercancías; y sobre cooperación en todos los ámbitos cuya competencia o actividad tengan incidencia portuaria; de la gestión regional en el Áreas de Transporte de Mercancías, especialmente a nivel autonómico; expedientes para facilitar y potenciar la intermodalidad del transporte de mercancías; y desarrollar la cooperación y coordinación en los ámbitos de las Áreas de Transportes de Mercancías, así como promover la participación de la iniciativa privada en su establecimiento y gestión; expedientes sobre el desarrollo y organización económica y financiera del sistema de Transportes de Mercancías participadas por la Comunidad Autónoma, así como promover la eficiencia y la rentabilización global de los activos asignados; de fomentos de la coordinación de transporte de mercancías a todos los niveles, etc. Recordemos al Puerto de Huelva como puerto de minerales, es uno de los puertos españoles de mayor actividad, competitividad y crecimiento sobre todo por su situación estratégica para el comercio con África. Se divide en dos sectores: el puerto interior, de cara a la ciudad, y el puerto exterior, el principal y de carácter provincial. El puerto interior tiene como principal tráfico la pesca y el movimiento de mercancías limpias, como la pasta de papel, los ánodos y cátodos de cobre y los tripolifosfatos. También son interesantes las cocheras de locomotoras, reducto del paso de las empresas inglesas por la ciudad. En cuanto al Puerto exterior Situado en término municipal de Palos de la Frontera.

Los antiguos muelles ingleses de Tharsis y Río Tinto y el antiguo muelle pesquero perdieron su vieja actividad a favor de este nuevo complejo que experimentó un impulso decisivo. A partir de 1975 obtiene una ampliación de su zona de servicio en el Puerto Exterior. A partir de entonces el puerto es el enlace esencial de las empresas del polo, situación que se confirma en 1981 con la construcción del Dique Juan Carlos I, desarrollo que lo ha llevado paulatinamente hacia el Sur. La documentación de la Empresa Pública Gestión de Infraestructuras de Andalucía, conocida como GIASA nos interesa en cuanto a transporte y comunicaciones, pues se encarga de la ejecución de las políticas decididas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en materia de infraestructuras viarias; gestión de proyectos y obras de infraestructuras del transporte; su documentación versará sobre la planificación, los estudios informativos, el control, la explotación y el mantenimiento de las infraestructuras del transporte corresponde a los diferentes centros directivos de la Consejería, bien centrales o de las delegaciones provinciales, de los que GIASA recibe los encargos de desarrollo de proyectos y obras.

DELEGACIONES PROVINCIALES DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

La Consejería de Política Territorial e Infraestructura se había creado por D. 28/1979, asumiendo las competencias en materia de Transporte, Urbanismo y Política Territorial. Las Competencias del Estado a la Junta se transfieren por D. 698/1979, 13 de Julio; por R.D. 4164/1982, de 29 de Diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la comunidad Autónoma en materia de Industria, Energía y Minas; se crean las Delegaciones provinciales de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura mediante D. 153/1983; entre 1983 y 1984 se confieren distintas competencias a las Delegaciones Provinciales; por D. 109/1986 de 18 de Junio, se modifica la estructura orgánica de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Política Territorial, desarrollado por Orden de 3 de Julio de 1986, se cambia la denominación por la de Obras Públicas y Transportes; y la reestructuración de las Delegaciones de Obras Públicas y Transportes se realiza por D. 259/1986, 17 Septiembre; las competencias en materia de agua se traspasan por D. 11/2004, 24 Abril[69].

En estos archivos encontraremos documentación sobre ordenación del territorio, urbanismo, carreteras, transportes y puertos, agua, conservación y explotación, inspecciones y sanciones. La Delegación de Almería cuenta con 10795 cajas entre 1850 y 2002; sabemos que el Archivo de la Delegación de Cádiz cuenta con 600.0 m2 y un total de estanterías ocupadas de 1800 m.l.; Córdoba relativa al fondo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes cuenta con 4400 m.l. entre 1983 y 2006, y correspondiente a la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana de Córdoba 119 cajas entre 1983 y 1996; Granada 1850 entre 1956 y 2007; Huelva 10151 cajas entre 1864 y 2002; Jaén 4246 cajas y 149 libros entre 1954 y 1996; Málaga 1310 m.l., que son 11400 cajas entre 1956 y 2004; y la Central de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Sevilla cuenta con 39805 cajas y 33 planeros, 475 CD y 150000 tarjetas de microfilm entre 1973 y 2001.








AGENCIA PÚBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCÍA

La información que pueder ser útil al respecto de transportes marítimos competencia de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía APPA es que los puertos que gestiona la APPA son de carácter náutico-recreativos y pesqueros, fundamentalmente y sólo en dos casos determinados hay actividad de tráfico comercial, aparte del tráfico de pasajeros, estos son los puertos de Barbate y Garrucha. Se trata de tráficos especializados y con un hinterland muy local. Los demás puertos comerciales de Andalucía los gestiona el Estado. El de Barbate fundamentalmente es utilizado por los buques japoneses que atracan en él a la espera de las capturas de los atunes durante la temporada de almadraba, pero también es utilizado por los buques que transportan materiales de la construcción a la ciudad vecina de Ceuta. El puerto de Garrucha, efectivamente, se utiliza -dentro de su ámbito comercial, que es más amplio-, para la exportación de graneles sólidos provenientes de las canteras del levante almeriense (Sorbas), sobre todo yeso, y es el puerto de titularidad autonómica de la Junta de Andalucía con más tráfico de mercancías.

La actividad de la APPA en estos puertos está asociada a la creación y mantenimiento de las infraestructuras así como a la administración de los servicios portuarios, en orden a facilitar el tráfico marítimo portuario. La documentación del archivo de la APPA está asociada a la minería en Andalucía de manera muy tangencial[70]. Las memorias de los últimos años están en la página web de esta Agencia Pública de Puertos de Andalucía, así como los datos del puerto de Garrucha, por tanto existe la posibilidad por tanto de seguir la investigación on line.


CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

A la Consejería de Medio Ambiente le corresponde la planificación estratégica, el seguimiento y control de la eficacia de la Agencia Andaluza del Agua. El Consejero aprobará el plan de actuación anual de la Agencia, a propuesta de la persona titular de la viceconsejería; el anteproyecto de presupuesto de la Agencia; la evaluación anual del cumplimiento del plan de actuación anual, la presentación al Consejo de Gobierno de los proyectos de Plan Hidrológico de las cuencas intracomunitarias para su elevación al Gobierno de la Nación y el ejercicio de la potestad expropiatoria.


.-AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA

Al hablar de la Consejería de Medio Ambiente necesariamente hemos de hablar de la Agencia Andaluza del AGUA, que se ocupa de la administración del agua en Andalucía y se constituye en Enero de 2005 como organismo autónomo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente para coordinar y ejercer las competencias de la Junta de Andalucía en materia de aguas, al tiempo que se inicia el proceso de transferencias competenciales que culmina el 1 de Enero del 2009 al asumir la Junta de Andalucía la gestión de todos los recursos hídricos que transcurren sobre su territorio exceptuando pequeños enclaves correspondientes a las Confederaciones Hidrográficas del Guadiana y del Segura al norte y este de la región. Todo esto significa la incorporación de la gestión del Guadalquivir a la Junta de Andalucía en cumplimiento de la reforma del Estatuto de Andalucía y significa política propia y modernización en una pretendida economía sostenible de Andalucía en el marco de la Directiva Marco del Agua de la Unión Europea (DMA), que pretende la fija recuperación del buen estado de las masas de agua para el año 2015. El Acuerdo Andaluz por el Agua firmado en Sevilla el 3 de febrero del 2009 supone, garantía de disponibilidad del agua, usos productivos, calidad de vida, calidad del servicio y la creación de empleo y de riqueza. El respeto a la unidad de cuenca y la gestión integral y comprometida del agua, compromisos explícitos y la participación activa de los agentes sociales y económicos; sistema de tarifación adecuado; y el impulso a la I+D+i en materia de aguas coordinando esfuerzos de iniciativa pública y privada. Esta política da cuerpo al proyecto de Ley de Aguas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, actualmente en trámite parlamentario.

El organigrama de la Agencia Andaluza del Agua lo encabeza su Presidencia, al frente del Consejo Andaluz del Agua, el Consejo Interdepartamental, Comisiones del Agua, una Vicepresidencia, una dirección General de Planificación y Participación, Dirección General de Infraestructura y Explotación, Dirección General de Dominio Público Hidráulico, con sus Direcciones Provinciales. Los Distritos Hidrográficos (D.H.) son ámbitos territoriales que corresponden a las cuencas, excepto en el caso del Guadalquivir, en el que el D.H. corresponde únicamente a la parte andaluza de la cuenca del Guadalquivir; y en las Comisiones del Agua de los Distritos Hidrográficos toman parte en las decisiones de gestión y, por tanto, tienen voz y voto representantes no sólo de la Administración (estatal, regional y local) sino también de organizaciones de consumidores, empresariales, de regantes y agricultores, ecologistas, sindicatos y asociaciones de vecinos, sociales y científicas, entre otros grupos ciudadanos implicados.

Las distintas instituciones dependientes de la Agencia Andaluza del Agua son la Dirección Gerencia, dirección General de Dominio Público Hidráulico, Dirección General de Infraestructura y Explotación, Dirección General de Planificación y Participación, Distrito Hidrográfico Mediterráneo, Distrito Hidrográfico Guadalete-Barbate, DH Tinto-Odiel-Piedras, DH Guadalquivir, y las Dirección Provinciales.

La documentación que debemos estudiar estará de acuerdo con las funciones que corresponden a esta Agencia, tales como la elaboración, seguimiento y revisión de la planificación hidrológica y, en relación con la cuenca del Guadalquivir, la participación en la planificación hidrológica de la Demarcación Hidrográfica; la administración, protección y control de todos los aprovechamientos hidráulicos y del dominio público hidráulico; la realización de obras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma y su explotación y mantenimiento; la planificación, ordenación y regulación de los servicios de abastecimiento de agua en alta y saneamiento de las aguas residuales urbanas así como de la prevención de avenidas e inundaciones; el otorgamiento de concesiones y autorizaciones relativas al dominio público hidráulico, así como su censo; el apoyo técnico a la formulación de la política de aguas de la Junta de Andalucía; elaboración y difusión de la información, colaboración en la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en materia de aguas; participación en organismos nacionales e internacionales especializados en la materia; gestión, recaudación y administración de los recursos económicos que correspondan a la Agencia; y cualesquiera funciones que le sean atribuidas legal o reglamentariamente o se deriven de convenios.

Necesariamente su archivo atenderá a una clasificación orgánico funcional donde en Presidencia encontraremos los expedientes que se deriven de la gestión y funciones del titular de la Consejería de Medio Ambiente que además ostenta la representación legal del organismo; expedientes de Pleno de las Comisiones del Agua de los distritos hidrográficos y Consejo Interdepartamental. En Vicepresidencia expedientes relacionados con el ejercicio de la Viceconsejería como las funciones de Vicepresidencia primera del pleno de las Comisiones del Agua y del Consejo Interdepartamental y asesoría al Presidente en el desarrollo de sus funciones. Expedientes sobre las competencias de la Dirección Gerencia, como la dirección de las actividades de la Agencia, bajo las instrucciones de la Presidencia, interposición de recursos administrativos y reclamaciones en vía administrativa en defensa de los derechos e intereses de la Agencia; preparación del anteproyecto de presupuestos y del plan de actuación anual de la Agencia; la jefatura superior del personal de la Agencia; la autorización de gastos y funciones propias de la tesorería, salvo las que se atribuyen a la Dirección General de Servicios y Régimen Económico; la Vicepresidencia segunda del pleno de las Comisiones del Agua y del Consejo Interdepartamental; elaboración de las propuestas de modificación de los Estatutos; ejecución de los acuerdos de las Comisiones del Agua; administración y recaudación de los recursos económicos que correspondan a la Agencia; tramitación de los procedimientos en materia de contratación; propuesta de resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial; la resolución de los recursos de alzada contra acuerdos de Junta de Gobierno y Junta General de las Comunidades de usuarios; competencias en materia de seguridad de presas, embalses y balsas y la coordinación con la Comisión de Protección Civil en esta materia; además de todas aquellas que se le encomienden o que le delegue la Presidencia.

El archivo también deberá custodiar la documentación que refleje las funciones de la Dirección General de Planificación y Participación, expedientes sobre elaboración, seguimiento, evaluación y revisión de la planificación hidrológica de las cuencas competencia de la Comunidad Autónoma, así como las propuestas a incluir en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir; establecimiento de los criterios y líneas de actuación sobre los cauces públicos y sobre las zonas de servidumbre y policía; organización y dirección de los estudios y publicaciones, así como la colaboración en la investigación aplicada en materia de aguas, con instituciones y entidades públicas y privadas; la participación en proyectos de cooperación nacional e internacional en materia de aguas; impulso de las relaciones con los usuarios, los agentes económicos y sociales y el público en general…; expedientes sobre la Dirección General de Infraestructuras y Explotación, programación, proyecto, ejecución, control y seguimiento de las obras de infraestructura hidráulica o que se realicen sobre el patrimonio de la Agencia; coordinación de la explotación y de los programas de mantenimiento y conservación de las obras hidráulicas; asesoramiento a las autoridades competentes en materia de protección civil en las emergencias por inundaciones; autorización del régimen de llenado y vaciado de los embalses y acuíferos, atendidos los derechos concesionales de los distintos usuarios; elaboración, en coordinación con las Direcciones Provinciales, de los documentos relativos a la explotación y seguridad de presas y embalses, etc.

Encontraremos también información sobre la Dirección General de Dominio Público Hidráulico como expedientes sobre administración y control del dominio público hidráulico y la realización de los deslindes de los cauces; expedientes de autorizaciones y concesiones referentes al dominio público hidráulico y a las zonas de servidumbre y policía; expedientes sobre la autorización de las transacciones que impliquen la utilización de infraestructuras públicas de conexión y las cesiones de derechos de uso del agua; expedientes sobre ejercicio del derecho de adquisición preferente; expedientes sobre la conservación de los ecosistemas hídricos, la protección y recuperación, en su caso, de la calidad del medio hídrico; la gestión del Registro de Aguas, del Catálogo de Aguas Privadas y de cuantos otros instrumentos de carácter público puedan existir o crearse; expedientes sobre aprobación de los planes de inspección del dominio público hidráulico y la dirección de los servicios de guardería fluvial; expedientes sobre programación de las actuaciones de restauración hidrológico-forestal en el dominio público hidráulico; aprobación de reglamentos y ordenanzas de las comunidades de usuarios; expedientes sobre la realización de aforos, estudios de hidrología e información sobre crecidas; directrices y propuestas de delimitación de las zonas inundables; iniciación de los procedimientos sancionadores referidos al dominio público hidráulico y la designación de las personas a quien se atribuya la instrucción de los mismos; información a la Dirección Gerencia sobre los proyectos de planes, actos y convenios que afecten al régimen y al aprovechamiento de las aguas o a los usos permitidos en el dominio público hidráulico.

Documentación sobre Distritos Hidrográficos, que para la gestión de las aguas que tiene atribuida la Agencia, contarán cada uno con una dirección técnica y serán Distrito Hidrográfico Mediterráneo, correspondiente a la Cuenca Mediterránea Andaluza; Distrito Hidrográfico Guadalete Barbate, comprendiendo los territorios de la Cuenca Atlántica Andaluza situados en la provincia de Cádiz; Distrito Hidrográfico Tinto-Odiel-Piedras, que comprende los territorios de la Cuenca Atlántica Andaluza situado en la provincia de Huelva; Distrito Hidrográfico Guadalquivir.

Habremos de abordar también la documentación del Consejo Andaluz del Agua, máximo órgano de información, consulta y asesoramiento de la Junta de Andalucía en materia de aguas; y que contendrá anteproyectos de leyes y proyectos de decretos en materia de aguas, iniciativas y propuestas de medidas para mejorar la gestión, uso y aprovechamiento del recurso[71].

Las Comisiones del Agua son órganos de participación y gestión en la administración de la planificación, gestión y administración de los respectivos distritos hidrográficos. Funcionarán en pleno y en comisión permanente y ofrecerán información en estos conceptos; por su parte el Consejo Interdepartamental es el órgano de coordinación de los organismos de la administración autonómica que tienen competencias relacionadas con el agua.

Las Direcciones provinciales atienden a la organización territorial provincial de la Agencia Andaluza del Agua, su titularidad corresponderá a los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente[72]. En su archivo encontraremos expedientes sobre coordinación de actividades de los servicios integrados en la Dirección Provincial; sobre control del cumplimiento de la normativa; sobre asesoramiento de las Corporaciones Locales y otras entidades públicas y privadas en relación a la gestión y uso racional del agua; sobre ciclo integral del agua y prevención de las inundaciones en su territorio; estudio de las necesidades hidráulicas de cada provincia y la dirección de los proyectos de obras en las mismas; vigilancia y control del Dominio Público Hidráulico, incluidos la ejecución de los programas de calidad y otorgamiento de autorizaciones referentes al dominio público hidráulico y a las zonas de servidumbre y policía; incoación de procedimientos sancionadores referidos al dominio público hidráulico por infracciones leves y menos graves, en el ámbito territorial correspondiente; teniendo también competencias de contratación[73]. Además, documentación ofrecerá información sobre los Planes de actuación anuales[74].

También encontraremos documentación ambiental, en cuanto a esto, la Consejería de Medio Ambiente pone a su disposición información general sobre la gestión que realiza en temas de aire, agua, biodiversidad, biodiversidad, espacios protegidos, litoral, montes, residuos, suelo y geodiversidad, vías pecuarias, corredores verdes, vigilancia y prevención ambiental..., el estado de los recursos y las actuaciones encaminadas a conservar y proteger el patrimonio ambiental andaluz, así como normativa, datos, documentos, publicaciones y más información complementaria sobre estos temas. El Canal de la Red de Información Ambiental de Andalucía (REDIAM) ofrece información específica sobre cartografía, estadística, y otros temas que se pueden consultar en el catálogo, descargar en línea o solicitar formalmente mediante el servicio tramitador de solicitudes de información ambiental.

Las empresas mineras y sociedades industriales y de servicios anexos generan gran cantidad de residuos varios, residuos urbanos y asimilables; y también residuos peligrosos, que tendrán que someterse a diferentes procesos de valoración y gestión según su tipo. Al respecto el Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía supone un punto de inflexión en lo que se refiere a la estrategia autonómica en materia de este tipo particular de residuos.

Las funciones de la entidad revelan que podremos estudiar documentación relativa a residuos; interesará la Carta de Servicios de Residuos de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, documentación sobre gestión de envases y residuos de envases; expedientes sobre traslados transfronterizos de residuos entre estados miembros de la UE; expedientes de constitución de fianza para Sistemas de Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos; constitución de fianza para Vertederos de Residuos No Peligrosos e Inertes; y legislación al respecto[75]; expedientes sobre instalaciones de gestión de residuos; Registro de empresas de recogida y transporte de residuos no peligrosos por cuenta ajena en Andalucía; Gestores; Puntos limpios de Andalucía.

Específicamente acerca de residuos peligrosos habremos de tener presente el Plan de prevención y gestión de residuos peligrosos de Andalucía 2004-2010 y la documentación relativa a gestión de envases y residuos de envases de productos fitosanitarios; la Carta de servicios del Servicio de Residuos de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental; Ponencias técnicas para la redacción del Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía; expedientes sobre autorizaciones de gestor, gestor de transportes y expedientes solicitando autorización administrativa para Productores de Residuos Peligrosos; así como estudios de residuos de empresas[76].


.-EMPRESA DE GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL, S.A. EGMASA

La Empresa de Gestión Medioambiental, S.A., EGMASA es una empresa pública de la Junta de Andalucía constituida en 1989 y adscrita a la Consejería de Medio Ambiente. En sus inicios, su misión era cubrir el déficit ambiental existente en nuestra Comunidad en relación con el sector industrial, la gestión y el tratamiento de los residuos, el control ambiental y las actividades relacionadas con los espacios naturales. La amplitud de su oferta, el aval de su experiencia y la garantía de sus soluciones globales, le permiten acometer cualquier tipo de proyecto medioambiental de forma integral; y trabaja en la consolidación de un tejido empresarial andaluz en el sector del medio ambiente.

A partir de 1995 y la creación de la Consejería de Medio Ambiente, amplía su campo de actividad a las labores de Prevención y extinción de incendios forestales (INFOCA), a trabajos relacionados con el medio natural y con la conservación de ecosistemas y labores de uso público en Espacios Naturales Protegidos.

Entre sus valores están el ser una organización socialmente responsable, desde una triple perspectiva ambiental, social y ética; el fomento de la cultura de la prevención de sus riesgos laborales. Y entre sus objetivos, Rentabilizar mediante una gestión integral sostenible, el patrimonio natural de la Comunidad Autónoma de Andalucía; disponer de una organización empresarial, estructurada en torno a unidades flexibles y complementarias, con alto grado de competencia profesional, implantadas por todo el territorio andaluz, que posibiliten la prestación de servicios, de forma descentralizada, con calidad y agilidad, especialmente en situaciones de emergencia; e impulsar mediante el desarrollo tecnológico y la innovación, la búsqueda de soluciones a las necesidades medioambientales de nuestra Comunidad Autónoma.

La documentación que nos ofrezca en relación con el tema que nos ocupa será la derivada de sus funciones, esta empresa pública trabaja con la iniciativa privada para la puesta en marcha de proyectos empresariales que cubran sectores incipientes o que están insuficientemente atendidos. La política de la empresa es la de mantener la presencia en estos sectores hasta que los proyectos se consolidan. Entre sus funciones están las labores de Vigilancia y Control de la Contaminación y el Laboratorio de Inspección, Ensayo y Calibración (LIEC). Apuesta por el empleo de las tecnologías de la información y comunicación (TICs); iniciativas en el marco de la gestión de la innovación y el conocimiento, han sido los proyectos de Gestión Documental y de Planificación y Seguimiento de actividades. En 2005 creación de la Unidad de I+D+i reflejo de la orientación hacia la innovación y la tecnología. Tiene entre sus funciones identificar y analizar oportunidades, planificar y efectuar el seguimiento de la cartera de proyectos y realizar la medición, análisis y mejora de las nuevas tecnologías.

La División de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental reduce, elimina, controla y vigila la contaminación ambiental, en sus numerosas manifestaciones; y tiene el control y vigilancia de la calidad del agua y atmosférica. Las División de Infraestructuras Ambientales y Gestión del agua se orienta hacia el mercado de la ingeniería y la consultoría ambiental, gestiona y pone en marcha proyectos de abastecimiento y depuración de agua y presta apoyo y asesoramiento técnico. La División de Medio Natural se encarga de la conservación, recuperación y aseguramiento de la gestión forestal sostenible en los montes públicos de Andalucía a través de las actividades que le encomienda la Junta de Andalucía; y provee de medios humanos y materiales para la prevención y lucha contra emergencias ambientales de cualquier tipo y de incendios forestales debiendo prestar especial atención a las situaciones de emergencia ambiental. La División de Planificación y Gestión de la Biodiversidad es competente en conservación y mejora de los hábitat de Andalucía con las especies protegidas de flora y fauna, gestiona ayudas a la gestión del medio natural y deslinde de las vías pecuarias y los montes andaluces.

En cuanto a Vertidos Mineros, la documentación que estudiemos en el archivo nos documentará sobre el seguimiento ambiental, el control de los suelos, de las aguas, de estuarios, control del aire y seres vivos; proyectos de investigación sobre técnicas analíticas y procedimientos metodológicos avanzados, niveles, rutas y procesos relacionados con la contaminación de los suelos, de las aguas y de los seres vivos, desde los microorganismos a los vertebrados; expedientes sobre manteniendo de dispositivos de vigilancia; colaboraciones entre las administraciones central y autonómica como el Instituto Geológico y Minero de España y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir centrándose el seguimiento y remedio de la contaminación de las aguas de acuíferos y cauces de ríos, seguimiento y control de posibles filtraciones que contaminen las aguas subterráneas; colaborando a su vez con grupos y centros de investigación nacionales; expedientes sobre control de análisis de la contaminación residual en el suelo; muestreos; expedientes de delimitación de las áreas de mayor contaminación, en las que se debían planificar las enmiendas; documentación sobre toma de muestras a distintas profundidades del suelo, determinación del contenido en metales, la presencia de sulfuros, parámetros de caracterización edafológica, etc. Expedientes sobre control de aguas, determinación de pH, conductividad, oxígeno disuelto, temperatura, sólidos en suspensión y concentración de diferentes elementos o compuestos químicos; expedientes sobre detección de frecuentes episodios de contaminación, por escasez de sistemas de depuración y por vertidos periódicos, etc.

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DELEGACIONES PROVINCIALES DE MEDIO AMBIENTE

Surge la Agencia de Medio Ambiente por Ley 6/1984 12 de Junio cuando son trasferidas a las comunidades autónomas las competencias en materia de Medio Ambiente y conservación de la Naturaleza; y las Delegaciones se crean por D. 236/1984, 11 de Septiembre. Por D. 223 27 de Julio de 1990 la Agencia queda incorporada a la nueva Consejería de Cultura y Medio Ambiente, pero la complejidad de las materias hace que en 1994 se cree la Consejería de Medio Ambiente, D. Presidencial 148/1994, 2 de Agosto sobre reestructuración de Consejerías. Por D. 150/1994, 3 de Agosto, el consejero de Medio Ambiente asume la dirección superior del Plan INFOCA, al asumir la Consejería las competencias de la Dirección General de Desarrollo Forestal de la Consejería de Agricultura y Pesca; y por D. del Presidente 11/2004, 24 de Abril, sobre reestructuración de consejerías, asume también la Consejería de Medio ambiente las ejercidas por la Secretaría General de Aguas.

El interés de la documentación que ofrecen estos archivos para el tema minero que nos ocupa estará en relación con el interés para el estudio del medio natural, la protección del medio ambiente, vías pecuarias, sanciones, mecanización y prevención. Es documentación importantísima para el estudio socioeconómico del uso y cambio de la tierra forestal o agrícola, cambios de titularidad de la misma, protección de flora y fauna, etc. Entre la documentación podemos encontrar expedientes sancionadores, actas de tanteos y retractos, ocupaciones, expedientes de ocupaciones temporales de montes de la Junta; expedientes de usos de dominio público, vías pecuarias, planes técnicos de ordenación, expedientes de aprovechamientos y deslindes, proyectos, expedientes de protección ambiental, de calidad ambiental, laboratorio de vigilancia y control, vertidos industriales, vertidos de industrias mineras, prevención ambiental, declaraciones de impacto ambiental, expedientes de denuncias, expedientes de depuración de aguas residuales, expedientes de residuos, etc.

El Archivo de la Delegación Provincial de Medio Ambiente Almería ofrece unas 1132 cajas; Cádiz ofrece entre1983 – 1999 2975 unidades; Córdoba entre 1946 y 2004 8000 cajas; Granada260 m.l. y un volumen por determinar entre 1945 y 2006; Huelva 7.525 cajas entre 1958 y 2004; Jaén, cuenta con documentación sin especificar volumen entre 1985 – 2001 de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente y también sin especificar volumen documentación entre 1985 – 2000 de la Comisión Provincial de Actividades Molestas; Málaga 382 m.l. entre 1943 y 2004; y Sevilla en la Sede Central de la Consejería de Medio Ambiente cuenta con 88 m.l. de los que 10079 son cajas y 176 libros, documentación datada entre 1984 y 2003.


CONCLUSIONES

A través del estudio de estas instituciones y de los cuadros de clasificación e inventarios de sus archivos, con la experiencia de la toma de contacto con esta documentación y la exposición de estas líneas nos acercamos al conocimiento de la temática minera y sabemos cómo orientar nuestras investigaciones tras conocer qué información directa o indirecta nos ofrecen estos archivos.


BIBLIOGRAFÍA.

.-Legislación que rige el Sistema Andaluz de Archivos.

.-Ley 22/1973, de 21 de julio de 1.973, de Minas.

.-Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

.- RGM

.- R. D. 107/1995, de 27 de enero, por el que se establecen los criterios de valoración para configurar la sección A de la ley de minas.

.- Ley de Minas, información facilitada por el Servicio de Minas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y manual de procedimiento Baratz, e información facilitada por el Departamento de Minas de la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa

.- Rodríguez Díaz, Alberto Tramitación Administrativa de las Actividades Mineras, 2005 y 2008.

.-Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía 2009-2013. Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

.- Guía de los Archivos Históricos Provinciales en Andalucía. Consejería de Cultura, Junta de Andalucía, Sevilla,

.- Estatuto de autonomía para Andalucía, Ley 2/2004, de 28 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2005. Ley de Acompañamiento. (Cap. XI, art. 48), Estatuto de creación de la Agencia Andaluza del Agua (Decreto 55/2005, de 22 de febrero), Modificación de los Estatutos de creación de la Agencia Andaluza del Agua (Decreto 75/2006, de 28 de marzo), Decreto 14/2005, de 18 de enero, de traspaso de funciones y servicios hidráulicos del Estado a la Comunidad Autónoma (Transferencia Confederación Hidrográfica del Sur), Decreto 13/2006, de 10 de enero, de traspaso de funciones y servicios hidráulicos del Estado a la Comunidad Autónoma (Transferencia vertiente atlántica Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Guadiana), RD 1666/2008 de 17 de octubre de traspaso en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma, R. D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas; web Junta Andalucía Consejería Medio Ambiente.

[1] Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos; Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases; Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto 218/1999, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía.

[1] Decreto 134/1998, de 23 de junio, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía; Resolución de 27 de octubre de 2003, de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, por la que se emplaza para información Pública a todos aquellos interesados en el Borrador inicial del Anteproyecto de Revisión del Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía; Normativa europea relacionada con Residuos; Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.


[1] La resolución corresponderá en los casos dispuestos por la Ley y el RGM a la Delegación Provincial y, en última instancia administrativa, a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, al Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico o al Consejo de Gobierno Andaluz.

[2] Art. 3 Ley 22/1973, de 21 de julio de 1.973, de Minas. “Incluye, con arreglo a las definiciones que establece el capítulo primero del Título IV, las aguas minerales, las termales, las estructuras subterráneas y los yacimientos formados como consecuencia de operaciones reguladas por esta Ley”.

[3] Art. 3 Ley 22/1973, de 21 de julio de 1.973, de Minas. “Comprende esta sección cuantos yacimientos minerales y recursos geológicos no estén incluidos en las anteriores y sean objeto de aprovechamiento conforme a esta Ley”.

[4] Art. 1 Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

[5] Art. 28.1 del RGM. Art. 3. Ley 22/1973, de 21 de julio de 1.973, de Minas; Art. 1. R. D. 107/1995, de 27 de enero, por el que se establecen los criterios de valoración para configurar la sección A de la ley de minas. “Pertenecen a la misma los de escaso valor económico y comercialización geográficamente restringida, así como aquellos cuyo aprovechamiento único sea el de obtener fragmentos de tamaño y forma apropiados para su utilización directa en obras de infraestructura, construcción y otros usos que no exigen más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado”.

[6] Art. 29.1 del RGM.

[7] Art. 29.2 del RGM.

[8] Art. 29.3 del RGM.

[9] Art. 29.5 del RGM.

[10] Art. 31.2 del RGM.

[11] Art. 31.2 del RGM.

[12] Art. 28 del RGM.

[13] Art. 32 del RGM

[14] Art. 39.2 del RGM.

[15] Art. 41.2 del RGM.

[16] Art. 42.4 del RGM.

[17] Art. 43.1 del RGM.

[18] Art. 43.2 del RGM.

[19] Art. 45.2 del RGM.

[20] Art. 46.1 y 46.2 RGM.

[21] Art. 47.3 del RGM.

[22] Art. 48 del RGM.

[23] Art. 50.1 del RGM.

[24] Art. 50.2 del RGM.

[25] Art. 50.3 del RGM

[26] Art. 51.1 al 53.2 del RGM.

[27] Art. 54.1 y 2del RGM.

[28] Art. 55 del RGM.

[29] En cuanto a los Permisos de exploración según el Artículo 40, 41, 42 de la Ley de Minas, el Ministerio de Industria podrá otorgar permisos de exploración, para efectuar estudios y reconocimientos en zonas determinadas, mediante la aplicación de técnicas de cualquier tipo que no alteren sustancialmente la configuración del terreno y con las limitaciones que establezca el Reglamento; y reconocer la prioridad en la petición de permisos de investigación o concesiones directas de explotación sobre el terreno que, incluido en su perímetro, fuera franco y registrable en el momento de presentarse la solicitud de exploración. Los permisos de exploración se concederán, sin perjuicio de los derechos adquiridos por otros solicitantes anteriores, por un plazo de un año, prorrogable como máximo por otro en los casos y condiciones que se determinen en el Reglamento de esta Ley. La prioridad para la tramitación de los permisos de exploración se determinará por el orden de presentación de las solicitudes; y el Ministerio de Industria otorgará el permiso de exploración si, por las características de los estudios y reconocimientos proyectados, lo considera necesario o conveniente, fijando, en su caso, las condiciones que estime procedentes. Si se denegase el permiso, el peticionario mantendrá durante un plazo de 30 días, contados desde el siguiente al de la notificación, la prioridad sobre los terrenos que, comprendidos en su solicitud, eran francos y registrables en el momento de presentarla. Durante dicho plazo podrá consolidar su derecho mediante las oportunas solicitudes de permisos de investigación y, en su caso de concesiones directas de explotación.

[30] Art. 60.2 y 3 del RGM.

[31] Art. 100.1 del RGM.

[32] Ley de Minas, Artículo 43-47 El permiso de investigación concede a su titular el derecho a realizar, dentro del perímetro demarcado y durante un plazo determinado, los estudios y trabajos encaminados a poner de manifiesto y definir uno o varios recursos de la Sección C) y a que, una vez definidos, se le otorgue la concesión de explotación de los mismos. Los permisos de investigación se concederán por el plazo que se solicite, que no podrá ser superior a tres años. Dicho plazo podrá ser prorrogado por tres años por las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y, excepcionalmente, para sucesivos períodos por la Dirección General de Minas, teniendo en cuenta la solvencia técnica y económica que acredite el titular peticionario; la amplitud y características de los trabajos programados; el contexto geográfico, geológico y metalogenético del terreno solicitado, así como los trabajos desarrollados, las inversiones realizadas, los resultados obtenidos y las garantías que siga ofreciendo el titular peticionario. El derecho de prioridad en la solicitud de permisos de investigación establecido en el apartado b) del número 1 del art. 40, deberá ser ejercitado en el plazo que determine el Reglamento que no podrá ser inferior a un mes después de la expiración del permiso originario. Los permisos de investigación sobre terrenos registrables se solicitarán del Ministerio de Industria, a través de la Delegación Provincial correspondiente, presentando a tal efecto, además de otros documentos que especifique el Reglamento, el proyecto de investigación, que comprenderá el programa de trabajos, el presupuesto de las inversiones a realizar y el estudio económico de su financiación, con las garantías que se ofrezcan sobre su viabilidad.

[33] Art. 71.1 del RGM.

[34] Art. 72 del RGM.

[35] Art. 75 del RGM.

[36] Art. 76 del RGM.

[37] Art. 78 del RGM.

[38] Art. 142.2 del RGM

[39] Art. 100.1 del RGM.

[40] Ley de Minas, Artículo 108. Con el fin de conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos, el Estado fomentará la constitución de cotos mineros, entendiéndose por tales la agrupación de intereses de titulares de derechos de explotación en diversas zonas de un mismo yacimiento o de varios de éstos, situados de forma tal que permitan la utilización conjunta de todos o parte de los servicios necesarios para su aprovechamiento. El Estado concederá a estos cotos, entre otros estímulos, los beneficios fiscales previstos o que se prevean en las disposiciones pertinentes.

[41] Art. 135.1 a 135.4 RGM.

[42] Ley de Minas, Artículo 112. Para instalar un establecimiento destinado a la preparación, concentración o beneficio de recursos, deberá obtenerse previamente autorización de la Dirección General de Minas, mediante instancia presentada en la Delegación Provincial del Ministerio de Industria, a la que se acompañarán el proyecto de instalación y el estudio básico que haya servido para su elaboración. El Reglamento de esta Ley regulará la tramitación del expediente y la intervención y vigilancia de la Administración, siendo preceptivo el informe del Instituto Geológico y Minero de España, para conseguir unos procesos adecuados de tratamiento que garanticen el aprovechamiento racional de los recursos, así como la utilización de los elementos técnicos adecuados para la protección del medio ambiente. En cuanto a las instalaciones de transformación vinculadas funcionalmente a los establecimientos de beneficio, las autorizaciones pertinentes serán otorgadas por los Organismos de la Administración que tengan atribuida dicha facultad, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

[43] Art. 138.3 y 4 del RGM

[44] Art. 139 del RGM

[45] Art. 147.1 del RGM.

[46] Art. 145 del RGM.

[47] Art. 142.2 del RGM.

[48] Art. 140.3 del RGM.

[49] Art. 70 del RGM.

[50] Art. 29.3 del RGM.

[51] Art. 39.2, Art. 41.4, Art. 42.4 y Art. 45.2 del RGM.

[52] Art. 46.3, 48.4, 50.1 y 2, 51.2 y 3, 52.1-3 del RGM.

[53] Art. 60.1 y 142.2 del RGM.

[54] Art. 71.3, 64.2 y 142.2 del RGM.

[55] Art. 86.1, 57.1 , 81, 92.6, 93.2, 142.2 y 94.2 del RGM.

[56] Art. 135.5, 138.1y3, 139 del RGM.

[57] Art. 147.1 del RGM.

[58] Art. 39.2 del RGM.

[59] Art. 55.3 del RGM.

[60] Art. 111 del RGM.

[61] Art. 139, 142.2 y 147.1 del RGM

[62] Art. 57.3 del RGM.

[63] Se aconseja ver Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas

[64] Art. 55.3, 57.3, 110, 139 y 147.1 del RGM.

[65] Web del Sigma.

[66] El Registro Minero de Sevilla fue realizado por María del Carmen Calderón Berrocal, Celia García Morillo y Belén Rosa Jiménez, como técnicos de Baratz que coordinó todos los trabajos de acuerdo con los responsables del SIGMA en el momento de su realización y con la colaboración inestimable del Departamento de Minas de la Delegación de Innovación, Ciencia y Empresa.

[67] Web Sigma, Ley de Minas, información facilitada por el Servicio de Minas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y manual de procedimiento Baratz, e información facilitada por el Departamento de Minas de la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa; Rodríguez Díaz, Alberto Tramitación Administrativa de las Actividades Mineras, 2005 y 2008.

[68] Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía 2009-2013. Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

[69] Guía de los Archivos Históricos Provinciales en Andalucía. Consejería de Cultura, Junta de Andalucía, Sevilla, 2000

[70] Nuestro agradecimiento a la APPA por la información facilitada.

[71] Decreto 202/1995, modificado por el Decreto 103/2001

[72] Decreto 241/2005

[73] Resolución de 23 de febrero del 2009 y Resolución de 12 de junio del 2009.

[74]Estatuto de autonomía para Andalucía, Ley 2/2004, de 28 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2005. Ley de Acompañamiento. (Cap. XI, art. 48), Estatuto de creación de la Agencia Andaluza del Agua (Decreto 55/2005, de 22 de febrero), Modificación de los Estatutos de creación de la Agencia Andaluza del Agua (Decreto 75/2006, de 28 de marzo), Decreto 14/2005, de 18 de enero, de traspaso de funciones y servicios hidráulicos del Estado a la Comunidad Autónoma (Transferencia Confederación Hidrográfica del Sur), Decreto 13/2006, de 10 de enero, de traspaso de funciones y servicios hidráulicos del Estado a la Comunidad Autónoma (Transferencia vertiente atlántica Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Guadiana), RD 1666/2008 de 17 de octubre de traspaso en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma, R. D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas; web Junta Andalucía Consejería Medio Ambiente.

[75] Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos; Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases; Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto 218/1999, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía.

[76] Decreto 134/1998, de 23 de junio, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía; Resolución de 27 de octubre de 2003, de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, por la que se emplaza para información Pública a todos aquellos interesados en el Borrador inicial del Anteproyecto de Revisión del Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía; Normativa europea relacionada con Residuos; Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.